Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 13/07/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 29 de junio de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para incrementar el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Medida 08: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques; Submedida 8.5; Operación 8.5.1: Ayuda para inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales).

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BDNS (Identif): 573494, 573496, 573497

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2021, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones previstas en la Orden de 30 de julio de 2019, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Medida Submedida Operación Importe total Partida presupuestaria
8 8.5 8.5.1 30.000.000 €
1300110000 G/44E/76000 C15E0851M1
1300110000 G/44E/77100 C15E0851M1
1300110000 G/44E/78000 C15E0851M1

Segundo. Personas beneficiarias.

Las personas titulares de terrenos forestales:

1. De carácter privado: Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, sean titulares de terrenos forestales en régimen privado, excluidas las fundaciones.

2. De carácter público: Solo Ayuntamientos.

Tercero. Objeto.

Incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales, apoyando a las personas titulares de terrenos forestales que pretendan llevar a cabo inversiones en sus fincas, siempre y cuando finalmente las inversiones queden recogidas en un Plan Técnico de Ordenación de Montes o Proyecto de Ordenación de Montes.

Se financiarán las siguientes actuaciones:

GRUPO DE ACTUACIÓN ACTUACIONES
1. REPOBLACIONES Y DENSIFICACIONES 1.1.
Repoblaciones y densificaciones en determinados Hábitats de Interés Comunitario (HIC).
Incluyendo los siguientes costes subvencionables:
a) Costes de plantación, incluidas las labores preparatorias del terreno
b) Compra de plantones de vivero
c) Protección individual contra herbivoría o colectiva
2. REGENERACIÓN NATURAL 2.1.
Regeneración en las formaciones de vegetación mediterránea naturales o subespontáneas. Los costes subvencionables de la operación son:
a) Resalveo
b) Protección individual contra herbivoría o colectiva
3. MEJORA DE LA VEGETACIÓN
3.1. Desbroces
3.2. Clar
as, clareos y cortas sanitarias
3.3. Podas sanitarias
3.5. Aplicación de enmiendas cálcicas en arbolado adulto de quercíneas

4. MEJORAS DE LA BIODIVERSIDAD
Y EL PAISAJE

4.1. Reconstrucción y rehabilitación de muros de piedra
4.2.
Construcción de balsas y charcas de menos de 300 m² en tierra o en obra de fábrica, con uso distinto de riego y prevención de incendios
4.3. Construcción de cerramientos de protección en alcornocal en cotos de caza, financiándose las 30 primeras hectáreas
Igualmente serán subvencionables los gastos asociados a redacciones o revisiones de proyectos de ordenación, planes técnicos de ordenación o planes técnicos de caza que sean necesarios para la materialización de las inversiones anteriormente descritas, así como la redacción de los proyectos de obra que sean necesarios para las actuaciones de construcción de balsas o charcas

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para incrementar el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Medida 08: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques; Submedida 8.5; Operación 8.5.1: Ayuda para inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales).

Quinto. Importe.

La dotación presupuestaria es la que figura en el cuadro del apartado primero. La cuantía máxima de subvención por beneficiario es de 250.000 euros y la mínima de 1.000 euros, quedando moderadas las actuaciones conforme al Anexo VII de la orden de convocatoria.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será desde el 19 de julio de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021.

Séptimo. Otros datos.

1. Las solicitudes, que figuran como Anexos I, II, III, V y VI, deberán presentarse exclusivamente por vía telemática, a través del canal de administración electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

2. El Anexo IV (Acuerdo de solicitud de ayuda y nombramiento de representante) sigue siendo el publicado en el BOJA núm.190, de 2 de octubre de 2019.

3. El Anexo VII, Costes de referencia, figura publicado en el presente BOJA junto con esta convocatoria.

4. Todos los anexos están publicados en el canal de administración electrónica a título informativo en la siguiente dirección:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/site/cae

Ana María Corredera Quintana.- Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera: Orden de 28.5.2019 (BOJA núm. 106, de 5 de junio de 2019).

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