Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/01/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de septiembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiocho de Sevilla, dimanante de autos núm. 584/2020. (PP. 56/2021).

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NIG: 4109142120200019573.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 584/2020. Negociado: 1.

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: Doña Carmen Gallego Ortiz.

Procuradora: Sra. Alicia Rubio Gallego.

Contra: Doña Santiaga Felipe Albarrán.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 584/2020, seguido a instancia de Carmen Gallego Ortiz frente a Santiaga Felipe Albarrán, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA núm. 173/2020

En la ciudad de Sevilla, a la fecha de su firma.

Ha sido visto por mí, María de la Concepción Sotorra Campodarve, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiocho de Sevilla, el juicio verbal de referencia seguido en este Juzgado con el numero 584/20-1, sobre reclamación de cantidades adeudadas por impago de las rentas provenientes de contrato de arrendamiento y suministros consumidos, instado por la Procuradora Sra. Rubio Gallego en nombre y representación de Carmen Gallego Ortiz, contra Santiaga Felipe Albarrán, declarada en rebeldía.

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda promovida por la representación de Carmen Gallego Ortiz contra Santiaga Felipe Albarrán, condenando a la misma a que abone a la actora la cantidad de 9.667,91 €, intereses legales y costas procesales causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme, al caber contra ella recurso de apelación. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 5342 0000 22 2039 20, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código “02”, de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

María de la Concepción Sotorra Campodarve, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiocho de Sevilla.»

Y encontrándose dicho demandado, Santiaga Felipe Albarrán, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veinticinco de septiembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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