Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/01/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 17 de noviembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, dimanante de autos núm. 1437/2018. (PP. 3021/2020).

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NIG: 4109142120180057339.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1437/2018. Negociado: 5T.

Sobre: Resolución contractual.

De: Don Luis de las Casas Guerrero.

Procuradora: Sra. Rosa Baena Jiménez.

Contra: Artex-Línea Idea Unión Comercial, S.L.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1437/2018, seguido a instancia de Luis de las Casas Guerrero frente a Artex-Línea Idea Unión Comercial, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 214/2020

En Sevilla, a 12 de noviembre de 2020.

Doña Yolanda Sánchez Gucema, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Diez de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario número 1437/2019 promovidos por don Luis de las Casas Guerrero, representado por la Procuradora de los Tribunales, doña Rosa Baena Jiménez, y asistido por el Letrado, don Juan Antonio Quirós Castillo, contra la entidad mercantil «Artex-Línea Idea Unión Comercial, S.L.», en situación de rebeldía procesal,

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que me confiere la Constitución, he decidido estimar la demanda interpuesta por don Luis de las Casas Guerrero, frente a la entidad «Artex-Línea Idea Unión Comercial, S.L.», y en consecuencia:

- Declarar resuelto el contrato con fecha de 1 de julio de 2015.

- Condenar «Artex-Línea Idea Unión Comercial, S.L.» a 7.389,47 euros, más los intereses.

- Condenar en costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 4032.0000.04.1437.18, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Artex-Línea Idea Unión ComerciaL, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a diecisiete de noviembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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