Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 21/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa a instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 2947/2021).

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Visto el expediente AT-13957/19, incoado en esta Delegación del Gobierno, solicitando autorización administrativa previa para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:

Peticionario: Gazules I Fotovoltaica, S.L.

Domicilio: C/ Madrid, núm. 16, Costabella, Marbella (Málaga).

Emplazamiento de la instalación: Parcelas 19, 20, 27, 28 y 30, polígono 7 y parcelas 12 y 13 polígono 8.

Término municipal afectado: Alcalá de los Gazules.

Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica.

Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el Título VII, Capítulo II, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados, y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Conceder autorización administrativa previa a Gazules I Fotovoltaica, S.L., para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Características fundamentales:

- Planta solar «Gazules I» de 49,99 MWp de potencia (AT-13957/19).

- Generador fotovoltaico

• Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema fijo.

• 151.496 módulos fotovoltaicos de 330 Wp de potencia máxima, distribuidos en series de módulos dirigidos hacia 14 centros de potencia de 2.750 Kva y 3 centros de potencia de 2.500 Kva.

- Centros de Potencia:

• 14 centros de potencia de 2.750 kVA y 3 centros de potencia de 2.500 kVA, formado por inversor, transformador y protecciones.

- Red de Media Tensión.

• 2 circuitos subterráneos de Media Tensión en anillo de conductores AL RHZ1-OL18/30 kV de entre 240 y 630 mm2 que unen los Centros de Potencia.

- Red de Media Tensión desde Centros de Potencia hasta SET La Miranda 30/220 kV.

• Origen: Centros de Potencia 4, 8, 9 y 14.

• Final: SET «La Miranda».

• Subterráneo.

• Tipo de cable: Al Voltalene 18/30 kV 3x1x630 Al.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1.ª Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no obtenga la autorización administrativa de construcción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

2.ª El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el Informe de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Gazules I Fotovoltaica, S.L., para el proyecto de «Parque Solar Fotovoltaico Psfv Gazules I», en el término municipal de Alcalá de los Gazules (Cádiz) (Expediente: AAU/CA/004/19), de fecha 23.4.2021 cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:

http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

3.ª Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

4.ª La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

5.ª En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

6.ª El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 8 de octubre de 2021.- La Delegada del Gobierno, Ana Mestre García.

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