Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 17/12/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, de concesión de los Premios para la Economía Social «Premios Andalucía Es» en su Edición I.

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En el procedimiento de concesión de los Premios Andalucía Es en su primera edición se constatan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Orden de 12 de junio de 2021 se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía Es» (BOJA núm. 115, de 17 de junio de 2021).

Segundo. Con fecha 1 de septiembre de 2021 fue publicado en el BOJA núm. 168 la resolución de la convocatoria de la primera edición, así como el extracto de la misma, iniciando el plazo de presentación de las candidaturas.

Tercero. Las candidaturas que conforme a las bases reguladoras cumplían los requisitos para la participación pasaron a la fase de evaluación de los proyectos.

Cuarto. Con fecha 15 de noviembre de 2021 se emite fallo del Jurado a favor de los siguientes proyectos en cada una de las modalidades presentados por las siguientes candidaturas:

Modalidad A) Premios. Premio al mejor proyecto innovador y/o de esfuerzo empresarial:

CREATEC4, S.C.A.

Modalidad B) Premios. Premio al mejor proyecto de nueva creación:

Mechanic Games, S.C.A.

Modalidad C) Premios. Premio al mejor proyecto de economía circular:

Futuralga, S.C.A.

Modalidad D) Premios. Premio al mejor proyecto de difusión:

UNEI Iniciativa Social, S.L.U.

Modalidad E) Premios. Premio al mejor proyecto realizado por y para mujeres:

AMECOOP-A.

Quinto. Con fecha 17 de noviembre de 2021 se dicta propuesta provisional de resolución de concesión de premio a las candidaturas seleccionadas por el Jurado en cada una de sus modalidades, consistentes en una dotación económica de 4.800 euros y una placa de reconocimiento con leyenda a cada una de ellas, con posterior requerimiento a las personas y/o entidades propuestas provisionalmente para que manisfestasen la aceptación o renuncia al premio al que optan.

Sexto. Las personas y/o entidades propuestas han manifestado en plazo su aceptación al premio en la modalidad en la que optan.

Séptimo. Con fecha 18 de noviembre de 2021 se dicta propuesta definitiva de resolución de concesión de premio a las candidaturas seleccionadas por el Jurado en cada una de sus modalidades, consistentes en una dotación económica de 4.800 euros y una placa de reconocimiento con leyenda a cada una de ellas.

A los referidos antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver el expediente corresponde a la persona titular de la Dirección General con competencia en materia de economía social, por delegación de la pesona titular de la Consejería competente en materia de economía social, en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 de la Orden de 12 de junio de 2021, en relación con el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y de conformidad con el artículo 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Dispone el artículo 4 de la Orden de 12 de junio de 2021, los premios consisten en una dotación económica y una placa de reconocimiento con leyenda.

Cada convocatoria anual, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio económico, dotará cada una de las modalidades de premios, sin que pueda superar el crédito total máximo de 24.000 euros.

En la presente convocatoria se ha consignado un crédito de 24.000 euros, distribuyéndose la cantidad de 4.800 euros para cada una de las modalidades de los premios, imputable a la partida presupuestaria 1000018069 G/72C/47103, según se establece en la resolución de la convocatoria.

Tercero. La forma de pago se realizará en firme y con un único libramiento, una vez dictada la resolución de concesión de los premios, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Orden de 12 de junio de 2021.

A tal fin, considerando el fallo del Jurado, y realizada la completa instrucción del procedimiento de concesión de los premios, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Conceder los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía Es» en sus distintas modalidades a las siguientes personas y/o entidades, en una cantidad de 4.800 euros y una placa de reconocimiento con leyenda.

Modalidad A) Premios. Premio al mejor proyecto innovador y/o de esfuerzo empresarial para CREATEC4, S.C.A.

Modalidad B) Premios. Premio al mejor proyecto de nueva creación para Mechanic Games, S.C.A.

Modalidad C) Premios. Premio al mejor proyecto de economía circular para Futuralga, S.C.A.

Modalidad D) Premios. Premio al mejor proyecto de difusión para UNEI Iniciativa Social, S.L.U.

Modalidad E) Premios. Premio al mejor proyecto realizado por y para mujeres para AMECOOP-A.

Segundo. El resto de las candidaturas evaluadas se desestiman.

Tercero. La subvención se realiza con cargo a los créditos del ejercicio 2021, con las dotaciones que la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, destina a las actuaciones en materia de economía social en el ámbito de la Consejería competente en la materia, con cargo a la partida presupuestaria 1000018069 G / 72C / 47103.

Cuarto. El pago del premio se efectuará en firme y con un único libramiento, una vez dictada la correspondiente resolución de concesión.

Quinto. La concesión de los premios no requerirá otra justificación que el previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Sexto. La alteración en cualquiera de las condiciones establecidas en la citada orden podrá lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Séptimo. Procederá el reintegro de la cantidad percibida como premio y el interés de demora correspondiente en los casos del artículo 21 de la citada orden.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente conforme a lo establecido en los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de diciembre de 2021.- La Consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 12 de junio de 2021, BOJA núm. 115, de 17 de junio), la Directora General, Susana Romero Román.

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