Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 23 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía la liquidación y baja de la Fundación Condado de Huelva.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de liquidación y baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Condado de Huelva, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 10 de noviembre de 2020 se dicta resolución por esta Dirección General en virtud de la cual se ratifica por el Protectorado el balance de liquidación de la Fundación Condado de Huelva, adoptado por su Patronato en sesiones celebradas los días 30 de junio de 2017 y 2 de septiembre de 2019, y se aprueba la adjudicación de los bienes, derechos y obligaciones resultantes de la liquidación de la Fundación al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Condado de Huelva.

Segundo. Se solicita por la Fundación que, además de la ratificación del balance de liquidación por el Protectorado, se proceda a la inscripción de la liquidación y baja de Fundación en el Registro de Fundaciones de Andalucía, aportándose para ello documento acreditativo de la entrega y recepción por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Condado de Huelva de las aplicaciones informáticas de sistemas avanzados de gestión 7EDATA, por importe de 6.384,54 euros, quien asume igualmente la condonación de la deuda que la Fundación mantenía con dicho Consejo, por importe de 64.896,51 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de febrero, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005, y el 40 del Reglamento aprobado por Decreto 32/2008, así como el artículo 36 del Reglamento aprobado por Decreto 279/2003.

Tercero. Consta en el expediente que la liquidación acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con el artículo 12 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción de la liquidación de la Fundación Condado de Huelva en el Registro de Fundaciones de Andalucía, destinando el remanente de bienes y derechos resultante de la liquidación, consistente en las aplicaciones informáticas de sistemas avanzados de gestión 7EDATA, por importe de 6.384,54 euros, a favor del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Condado de Huelva, quien asume igualmente la condonación de la deuda que la Fundación mantenía con dicho Consejo, por importe de 64.896,51 euros.

Segundo. Cancelar los asientos de la Fundación extinguida en el Registro de Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación Condado de Huelva.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

Sevilla, 23 de noviembre de 2020.- El Director General, Francisco Ontiveros Rodríguez.

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