Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 15/02/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 3 de febrero de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Trece de Sevilla y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento ordinario 302/2020.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00186135.

Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Trece de Sevilla en el procedimiento ordinario 302/2020, originado por recurso contencioso- administrativo interpuesto por el Consorcio de Medio Ambiente Estepa Sierra Sur contra Resolución de la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral del Servicio Andaluz de Empleo de fecha 21.9.2020 recaída en el expediente SC/AEC/0036/2017, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá en conocimiento del órgano jurisdiccional.

Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.

En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA número 31, de 14 de febrero de 2019), y el artículo 15.bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011),

RESUELVE

Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente al Consorcio de Medio Ambiente Estepa Sierra Sur al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Trece de Sevilla.

Segundo. Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento ordinario 302/2020, para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante la referida Sala en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de febrero de 2021.- El Director Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

Descargar PDF