Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 08/04/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla, dimanante de autos núm. 284/2020. (PP. 824/2021).

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NIG: 4109142120200007648.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 284/2020. Negociado: 1T.

Sobre: Posesión (arts. 430-466 CC).

De: Coral Homes, S.L.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ignorados ocupantes San Pedro 4, La Rinconada, y Samara Mitchell Camison.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 284/2020 seguido a instancia de Coral Homes, S.L.U., frente a ignorados ocupantes San Pedro 4, La Rinconada, y Samara Mitchell Camison se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 72/2021

En Sevilla, a 16 de febrero de 2021.

Vistos por don José Luque Teruel, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de los de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Verbal sobre desahucio de finca urbana por precario, registrados con el número 284/2020; en el que han sido partes Coral Homes, S.L., con NIF B-88178694, representada por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, y asistida por el Letrado don Manuel Domínguez Platas; y como demandados, doña Samara Mitchell Camison, con DNI 24.482.588-P, y los ignorados ocupantes del inmueble situado en la calle San Pedro, núm. 4, de San José de La Rinconada, Sevilla, Finca Registral núm. 21696 del Registro de la Propiedad de La Rinconada.

F A L L O

Se estima la demanda interpuesta por la representación procesal de Coral Homes, S.L., condenándose a doña Samara Mitchell Camison y los ignorados ocupantes del inmueble situado en la calle San Pedro, núm. 4, de San José de La Rinconada, Sevilla, a dejarla libre, expedita, y a disposición del demandante, con apercibimiento de lanzamiento en caso de que no abandonen dicho inmueble, y con condena en costas.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los términos previstos por la Ley de Enjuiciamiento civil.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes San Pedro, 4, La Rinconada y doña Samara Mitchell Camison, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a nueve de marzo de dos mil veintiuno.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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