Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 29/04/2021

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 8 de marzo de 2021, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de autos núm. 103/2010. (PP. 927/2021).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00188973.

NIG: 0405342C20100000267.

Núm. procedimiento: Recurso de apelación civil 397/2017. Negociado: C7.

Autos de: Procedimiento Ordinario 103/2010.

Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Tres de Huércal-Overa.

Apelante: Renato Ramírez Nogueira.

Procurador: Isabel María Maldonado López.

Abogado: José Pascual Pozo Gómez.

Apelado: José Miguel Jiménez González, Comunidad de Copropietarios Residencial Pinomar y Miguel Segovia Expósito.

Procurador: Isabel María Maldonado López, José Miguel Gómez Fuentes.

Abogado: Jorge Perals Guirado, Juan López Lidueña.

EDICTO

En RAC 397/2017 de la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de Procedimiento Ordinario 103/2010 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Huércal-Overa, se ha dictado sentencia en la que figura como parte apelante Renato Ramírez Nogueira como apelada Comunidad de Propietarios residencia Pinomar, Miguel Segovia Expósito y José Miguel Jiménez González y como demandado en situación de rebeldía Miguel Ánguel Mata Cruz, dictándose el presente para su notificación en legal forma a este último. Dicha sentencia está a su disposición en la secretaría de esta sección, contra la que cabe interponer recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal, en el plazo de 20 días, desde su notificación.

Y para que sirva de notificación en forma extiendo y firmo el presente.

En Almería, a ocho de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF