Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 04/05/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 13 de abril de 2021, por la que se deja sin efectos para el curso 2021/2022 la Orden de 21 de julio de 2020, por la que se determinan puestos específicos para la compatibilidad de las enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional y la práctica deportiva en el IES Hermenegildo Lanz de Granada.

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La Resolución de 2 de junio 2020, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, que regula la compatibilidad de las enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional y la práctica deportiva para los deportistas de alto nivel, alto rendimiento y rendimiento de base en el IES Politécnico Hermenegildo Lanz de Granada para los cursos académicos 2020/21 y 2021/22, establece aspectos de la organización y el funcionamiento de dicho centro docente relativos a las especiales características del alumnado deportista y a la compatibilización del currículo, dictando para ello las pautas necesarias y entre otras, creando y reconociendo la figura de la tutoría deportiva, cuyo perfil debe ser profesorado que cuente con una cualificación específica para atender las necesidades del alumnado Deportista de Rendimiento que curse los diferentes itinerarios académicos postobligatorios que se imparten en el IES Hermenegildo Lanz.

En base a estos requerimientos se publica la Orden de 21 de julio de 2020, por la que se determinan puestos específicos para la compatibilidad de las enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional y la práctica deportiva en el IES Hermenegildo Lanz de Granada, dictada al amparo de lo establecido en el artículo 20.2 de la Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas.

La naturaleza de esta experiencia piloto con horizonte temporal limitado y la evaluación positiva de la misma, ha llevado a la publicación de la Orden de 8 de marzo de 2021 por la se crea y se regula un nuevo programa educativo denominado «Programa Educativo de Excelencia Deportiva en Andalucía».

Dicha orden determina, en su disposición adicional única, los centros que a la entrada en vigor de la misma tienen la consideración de Centros de Excelencia Deportiva de Andalucía, entre los que se encuentra el IES Hermenegildo Lanz de la ciudad de Granada e igualmente determina, en su artículo 5.3, que la selección del personal participante en las convocatorias de puestos específicos se llevará a cabo mediante la aplicación del nuevo baremo de méritos que figura como Anexo II de la orden.

Por todo lo anterior y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero.

Dejar sin efectos la Orden de 21 de julio de 2020, por la que se determinan puestos específicos para la compatibilidad de las enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional y la práctica deportiva en el IES Hermenegildo Lanz de Granada para el curso 2021/2022.

Segundo.

La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero.

La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de abril de 2021

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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