La Junta
Consejo de Gobierno
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Advertido error en la citada Resolución de 27 de abril de 2021, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su rectificación en los términos que se indican:
Página 121, donde dice: «Tercero. Los efectos, tanto administrativos como económicos, de los nuevos destinos se computarán en todo caso desde el día 5 de abril de 2021.»
Debe decir : «Tercero. Los efectos, tanto administrativos como económicos, de los nuevos destinos se computarán en todo caso desde el día 1 de junio de 2021.»
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