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EDICTO
Don José Francisco Coronado Monge, Alcalde del Ayuntamiento de Carrión de los Céspedes,
Hace saber: Que con fecha 20 de abril de 2021 se ha dictado Resolución de Alcaldía 163/2021, acordando la provisión del puesto de Jefe de Policía Local del Ayuntamiento de Carrión de los Céspedes, mediante el sistema de libre designación, acordando igualmente aprobar para regir aquélla las siguientes
BASES PARA LA PROVISIÓN POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE JEFE DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión del puesto de Jefe de la Policía Local del Ayuntamiento, mediante el sistema de libre designación, conforme a los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, y lo establecido en el artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.
Segunda. Funciones.
El Jefe de la Policía Local, bajo la dependencia directa del Alcalde o Concejal delegado, en su caso, ostenta la máxima responsabilidad de la Policía Local y tiene el mando inmediato sobre todas las unidades y servicios en los que ésta se organice, ejerciendo, entre otras, las funciones que se determinan en el artículo 57 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, en cuanto a la organización, dirección, coordinación y supervisión de las distintas unidades del Cuerpo, adecuándolas a las especificidades de la plantilla, así como las establecidas en la normativa reguladora y en la Relación de Puestos de Trabajo.
Tercera. Requisitos.
1.º De conformidad con el artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, los aspirantes deben ser:
- Funcionarios de Cuerpos de la Policía Local.
- Estar en posesión mínimo de un Título de Experto en Criminología o, en su caso, de la titulación académica de Diplomado en Criminología o equivalente.
- Contar con un mínimo de 10 años de desempeño de funciones de Policía Local.
2.º La libre designación como procedimiento para la provisión de los puestos de trabajo consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos.
No obstante se valorarán los aspectos siguientes, por orden de importancia y para una ponderación interna, para que el órgano competente pueda determinar la idoneidad:
2.1. Formación: Se valorará la realización de de cursos oficiales de formación y perfeccionamiento relacionados con el ejercicio de funciones propias de la Policía Local, siempre que se acredite un mínimo de 50 cursos a lo largo de la carrera profesional, con arreglo a la siguiente escala:
Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
2.2. Otros:
- Por tener como distinción la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
Medalla de Oro: 3 puntos.
Medalla de Plata: 2 puntos.
Cruz con distintivo verde: 1 punto.
Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
- Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.
- Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
- Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento, cada una: 0,25 puntos.
En la fase de valoración de la formación y de las distinciones, condecoraciones y otros méritos, se podrán obtener un máximo de 4,5 puntos.
3.º Una vez examinadas las solicitudes y acreditados los requisitos exigidos en la convocatoria se convocará a los aspirantes para la celebración de una entrevista personal, a los efectos de constatar o averiguar las características de los mismos que mejor se adecuen al contenido y funciones del puesto. Igualmente, se podrán recabar las aclaraciones o, en su caso, aportación de documentación que se considere necesaria, todo ello con objeto de poder realizar la mejor elección.
La fase de entrevista se valorará como máximo en 5,5 puntos.
En caso de igualdad de puntuación o empate al final el procedimiento de selección de los aspirantes, se valorará prioritariamente el conocimiento del pueblo, de su idiosincrasia y de sus características sociales.
Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
4.º Los aspirantes con la presentación de la instancia otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente procedimiento de provisión de puestos de trabajo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia. En relación a las solicitudes de los/las interesados/as:
- Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo habrán de presentar solicitud (Anexo I) donde se determinará su participación en el procedimiento de provisión de puestos de trabajo, con el contenido establecido en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esto es:
• Nombre, apellidos, número del DNI o número del documento equivalente en el caso de personas extranjeras.
• Domicilio en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, podrán aportar su dirección de correo electrónico y teléfono de contacto.
• Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud, esto es, petición de participar en el proceso selectivo.
• Lugar y fecha en que se firma el escrito.
• Firma de la persona solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.
• Unidad administrativa a la que se dirige: Alcaldía del Ayuntamiento de Carrión de los Céspedes.
• Además, las personas con discapacidad o limitaciones psíquicas o físicas compatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, cuya discapacidad o limitación no le permita realizar las pruebas en igualdad de condiciones, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios para su realización.
• En dicha instancia de participación, la persona aspirante deberá formular declaración jurada o bajo promesa de que son ciertos los datos consignados en la misma, y que reúne los requisitos y condiciones para el acceso a la presente convocatoria, comprometiéndose a probarlo documentalmente.
- Certificado negativo de antecedentes penales.
- Fotocopia del DNI, o documento identificativo similar.
- Junto con las solicitudes los aspirantes acompañarán su curriculum vitae, títulos académicos, certificado acreditativo de los años de servicio prestado, certificado acreditativo de los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (Anexo I) para tomar parte en la provisión del puesto de Jefe de Policía Local, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Carrión de los Céspedes y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento que consta en la sede electrónica del Ayuntamiento conforme al artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía o concejal en quien delegue dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento o página web y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación, en su caso.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía Alcaldía o concejal en quien delegue se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento o página web y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión.
En caso de que no existieran deficiencias que subsanar, el listado provisional se entenderá como definitivo.
Sexta. Nombramiento, toma de posesión y cese.
El órgano competente para proceder al nombramiento será la Alcaldía o concejal en quien delegue, y lo llevará a cabo de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad.
El nombramiento recaerá en el candidato que, reuniendo los requisitos exigidos en las presentes bases y convocatoria, sea elegido discrecionalmente para ocupar el puesto requerido, pudiendo quedar desierta la convocatoria si ningún aspirante es elegido.
La resolución de nombramiento indicará el plazo en que deberá efectuarse el cese en el actual puesto de trabajo y la toma de posesión del destino adjudicado, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles, siguientes a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia en la sede electrónica de este Ayuntamiento o página web y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión. Si el nombramiento comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
El aspirante nombrado podrá ser cesado y removido de sus funciones con carácter discrecional por el órgano que lo nombró.
Séptima. Normativa aplicable.
Esta convocatoria se regirá por las presentes bases y, en su defecto supletoriamente, será de aplicación la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales; el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y restantes normas que resulten de aplicación.
Octava. Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrá interponerse por los interesados, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Alcalde o Concejal en quien delegue, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo; o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Novena. Protección de Datos de Carácter Personal.
De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, se informa que:
- El responsable del tratamiento de sus datos personales será el Ayuntamiento de Carrión de los Céspedes. Dirección Postal: Plaza de la Constitución, 4, 41820 (Sevilla), tfno. 954 755 126.
- Que la finalidad en que se tratan sus datos es para poder tramitar el presente expediente administrativo y las actuaciones derivadas de ellos.
- Que se almacenan los datos durante el tiempo necesario para poder cumplir con las obligaciones legales que encomienda la normativa administrativa, y siempre, cumpliendo al menos con el tiempo mínimo de conservación de la información. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
- Que esta Entidad puede tomar decisiones automatizadas basadas en la cobertura legal que le otorga el artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Sería cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa una persona. Deberá de regularse la toma de decisiones automatizadas en una normativa propia, definiendo en la misma las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad. Dicha normativa estará a disposición de los ciudadanos en la sede electrónica de esta Entidad.
- Que la base legal para el tratamiento de sus datos es el cumplimiento de una misión que es realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
- Que los datos se comunicarán a otras Administraciones Públicas siempre que sea necesario para cumplir con los fines enumerados anteriormente y siempre que exista normativa legal que lo ampare.
- Que cualquier persona tiene derecho en relación con sus datos facilitados a saber si en esta Entidad se están tratando sus datos personales o no. Las personas interesadas tienen derecho a obtener información de sus datos personales, del plazo de conservación de sus datos, e incluso a obtener una copia de los datos objeto del tratamiento.
- Asimismo, las personas interesadas tienen derecho en relación a si sus datos son inexactos a la rectificación. (Por ejemplo, puede solicitar una rectificación de su domicilio, un cambio o rectificación de nombre, etc.).
- Las personas interesadas deberán solicitarlo al responsable, el/la cual deberá de suspender el derecho a la limitación del tratamiento de los datos cuando los ciudadanos soliciten la rectificación o supresión de sus datos, hasta que se resuelva su solicitud.
- Las personas interesadas podrán ejercer el derecho de supresión siempre que se den las circunstancias enumeradas en el RGPD.
- El/La afectado/a puede ejercer el derecho al tratamiento, siempre por motivos relacionados con su situación personal, el derecho a obtener información excepcional de la que se acredite un interés legítimo, o sea necesario para el ejercicio o defensa de reclamaciones. Igualmente, cuando el tratamiento tenga por objeto la mercadotécnica directa.
- El/La interesado/a tendrá derecho a obtener los datos en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento cuando el tratamiento esté basado en el consentimiento o se efectúe por medios automatizados.
- Los/Las interesados/as podrán ejercer los derechos enumerados en los párrafos anteriores, a través de los formularios disponibles en la sede electrónica de esta entidad o remitiendo a la misma un escrito por correo postal.
- Los/Las interesados/as podrán presentar reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos competente, especialmente cuando no hayan obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, mediante escrito dirigido a la Agencia Española de Protección de Datos, c/ Jorge Juan, núm. 6, 28001 Madrid, o bien accediendo a su sede electrónica: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/.
Carrión de los Céspedes, 10 de mayo de 2021.- El Alcalde, José Francisco Coronado Monge.
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