Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 21/05/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución de fecha 3 de octubre de 2017, de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, se aprueba técnicamente el «Proyecto de Optimización, Modernización y Mejora de la Presa de Cueva de la Mora para adaptación al RTSPE», t.m Almonaster la Real (Huelva), clave A4.521.002/2111.

Segundo. El citado proyecto es sometido al preceptivo trámite de información pública mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 232, de 1 de diciembre de 2020, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva número 208, de 3 de diciembre de 2020, y en el Diario Huelva Información, el 21 de diciembre de 2020, quedando expuesto además en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Almonaster la Real, sin que durante el periodo de exposición fuera presentadas alegaciones.

Tercero. Con fecha 23 de febrero de 2021, la Dirección General de Infraestructuras del Agua, aprueba el expediente de información pública y el «Proyecto de Optimización, Modernización y Mejora de la Presa de Cueva de la Mora para adaptación al RTSPE», t.m. Almonaster la Real (Huelva), clave A4.521.002/2111, siendo su presupuesto base de licitación (IVA incluido, de seis millones doscientos noventa y seis mil doscientos ochenta y cuatro euros con ochenta y seis céntimos de euro (6.296.284,86 €) y un plazo de ejecución total de veinticuatro meses.

Cuarto. Con fecha 5 de marzo de 2021, la Dirección General de Infraestructuras del Agua solicita a esta Secretaría General Técnica la convocatoria del levantamiento de actas previas a la urgente ocupación en relación al citado proyecto.

Quinto. Mediante Comunicación Interior de fecha 9 marzo de 2021, el Servicio de Patrimonio solicita a la Dirección General de Infraestructuras del Agua la remisión de diversa documentación necesaria para poder realizar la convocatoria de levantamiento de actas previas.

Sexto. Por Acuerdo de fecha 10 de marzo de 2021, de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Huelva, publicado en BOJA núm. 49, de 15 de marzo de 2021, se rectifica el error material apreciado en la duración del trámite de publicidad activa asociado al trámite de información pública del «Proyecto de Optimización, Modernización y Mejora de la Presa de Cueva de la Mora para adaptación al RTSPE», t.m. Almonaster la Real (Huelva), clave A4.521.002/2111, sin que durante el nuevo periodo de información pública se hayan presentado alegaciones.

Séptimo. Con fecha 5 de mayo de 2021, la Dirección General de Infraestructuras del Agua remite al Servicio de Patrimonio la documentación que le había sido solicitada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Con la aprobación definitiva del proyecto, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, se entiende implícita la declaración de utilidad pública del fin a que hayan de afectarse los bienes y derechos de que se trate, y la necesidad de ocupación y adquisición de los mismos al objeto de la expropiación, ocupación temporal o imposición de servidumbres. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, la aprobación de un proyecto de infraestructura hidráulica declarado de interés de la Comunidad Autónoma, supone implícitamente la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres, y se extenderán a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo definitivo de las obras y en las modificaciones de proyectos y obras complementarias o accesorias no segregables de la principal.

Segundo. Esta actuación es de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía al incluirse en el supuesto recogido en el apartado 1.a) del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, por tratarse de obras necesarias para la regulación y conducción de recursos hídricos, al objeto de garantizar la disponibilidad y aprovechamiento del agua. Se considera por tanto de aplicación el procedimiento expropiatorio de urgente ocupación que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF) y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (en adelante REF). Corresponde a la Junta de Andalucía, en su condición de beneficiaria, asumir los costes derivados de la expropiación.

Tercero. Una vez dictada la presente resolución de convocatoria de levantamiento de actas previas a la urgente ocupación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 16 de la Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería, modificada por la Orden de la Consejera de 20 de abril de 2020, corresponde a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Huelva tramitar el procedimiento expropiatorio en todas sus fases y en concreto, el levantamiento de actas previas, la fijación y pago de los depósitos previos e indemnizaciones por daños de rápida ocupación, suscripción de actas de determinación del justiprecio por mutuo acuerdo y suscripción de actas de ocupación y pago, sin perjuicio de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la citada orden, corresponde a esta Secretaría la determinación del justiprecio tanto en los supuestos en que se alcance el mutuo acuerdo con el expropiado como en los casos en los que se tramite la correspondiente pieza separada, en ambos casos a propuesta de la citada Delegación Territorial.

Cuarto. La presente resolución será expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Almonaster la Real, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.

La Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Huelva tramitará el anuncio de la presente Resolución en uno de los diarios de mayor difusión de Huelva.

Quinto. La Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Huelva dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado segundo del artículo 52 de la LEF. Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante las dependencias de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Huelva, situadas en la Avda. Vicente Ferrer, s/n, Depósitos de la Cola del Sifón del Odiel en Huelva, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.

Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando Nota Simple Informativa o Certificado del Registro de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos documentos y cualquier otro que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa de peritos y Notario. En caso de incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.

Séptimo. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la LEF, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los bienes y derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente Acta de adquisición por mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los bienes y derechos afectados, toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida ocupación, el premio de afección, daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e intereses pudieran corresponderle al titular del bien o derecho objeto de expropiación. En caso de que no se suscriba la mencionada Acta de adquisición por mutuo acuerdo, se hará entrega a los comparecientes de la correspondiente Hoja de Valoración de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la Caja de Depósitos de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, se realizará a cuenta del justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.

A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el expediente, esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de Infraestructuras del Agua y en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado 3 del artículo 15 de la Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería, modificada por la Orden de la Consejera de 20 de abril de 2020,

RESUELVE

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes al «Proyecto de Optimización, Modernización y Mejora de la Presa de Cueva de la Mora para adaptación al RTSPE», t.m. Almonaster la Real (Huelva), clave A4.521.002/2111, que se desarrollarán en el término municipal de Almonaster la Real (Huelva), según el Anejo I de esta resolución, en el que se incluyen la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo beneficiario final de la expropiación la Junta de Andalucía.

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación incluida en el Anejo I de esta resolución, para que comparezcan en las dependencias del Ayuntamiento de Almonaster la Real (Huelva), el día y hora que figuran en la misma, al objeto de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas, todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se puedan trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se trata de ocupar, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 52 de la LEF.

Sevilla, 14 de mayo de 2021.- P.D. Orden de 28.5.2019 (BOJA núm. 106, de 5.6.2019), modificada por Orden de 20.4.2020 (BOJA núm. 79, de 27.4.2020), el Secretario General Técnico, Alberto Sánchez Martínez.

ANEJO I A LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE, REFERENTE AL PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DENOMINADO «PROYECTO DE OPTIMIZACIÓN, MODERNIZACIÓN Y MEJORA DE LA PRESA DE LA CUEVA DE LA MORA PARA ADAPTACIÓN AL RTSPE» CLAVE A4.521.002/2111
TÉRMINO MUNICIPAL DE ALMONASTER LA REAL
Núm. de Finca Polígono Parcela Titular/DNI Tipo de afección Comparecencia
Expropiación Definitiva (m²) Servidumbre de Vuelo (m²) Ocupación Temporal (m²) Dia Hora
1 6 193 JESÚS GONZÁLEZ E HIJOS, S.L 25,00 385,35 409,33 29/06/2021 10:00
2 6 9006 AYUNTAMIENTO DE ALMONASTER LA REAL 0,00 88,29 86,09 29/06/2021 13:00
3 6 168 JESÚS GONZÁLEZ E HIJOS, S.L 0,00 1.235,30 1.247,50 29/06/2021 10:00
4 6 9005 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 0,00 94,42 85,31 29/06/2021 13:00
5 «REFERENCIA CATASTRAL
000400800PB98C0000MX» «SERRANO ACOSTA FRANCISCO/****2020* 
 DE SAMPEDRO RODRIGUEZ DIOLINDA
 DE LOS ÁNGELES/****2472*» 0,00 0,00 118,60 29/06/2021 10:00
6 6 169 ASTURIANA DE ZINC 75,00 3.431,55 3.395,47 29/06/2021 11:00
7 4 9001 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA 0,00 93,05 92,26 29/06/2021 13:00
8 4 912 JESÚS GONZÁLEZ E HIJOS, S.L 0,00 765,77 760,59 29/06/2021 10:00
9 4 9039 AYUNTAMIENTO DE ALMONASTER LA REAL 0,00 88,86 88,59 29/06/2021 13:00
10 4 925 BANCO SANTANDER S.A 135,00 10.271,06 10.492,69 29/06/2021 12:00
11 4 1164 VIEJA ALMUNIA S.L 25,00 2.929,57 3.087,21 29/06/2021 11:00
12 4 9028 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 0,00 113,77 118,02 29/06/2021 13:00
13 4 1163 VIEJA ALMUNIA S.L 25,00 3.980,08 4.009,86 29/06/2021 11:00
14 4 1162 «
CARBAJO MARTÍN JUAN JOSÉ (HEREDEROS DE)/
****5207* CARBAJO RODRÍGUEZ RAFAEL(HEREDEROS DE)/
****6312* CARBAJO RODRÍGUEZ M.ª D CARMEN A. FÁTIMA/****6838*
CARBAJO RODRÍGUEZ JUAN JOSÉ/****8127*»
115,00 7.289,06 7.328,39 29/06/2021 12:00
15 4 1323 «EN INVESTIGACIÓN ARTÍCULO 47 DE LA LEY33/2003
(DESCONOCIDO)» 25,00 682,17 1.958,21 29/062021 13:00
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