Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 18/11/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural, por la que se aprueban las directrices técnicas para la elaboración de los resúmenes de las memorias de actividades arqueológicas en Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00271694.

El Reglamento de Actividades Arqueológicas, aprobado mediante Decreto 168/2003, de 17 de junio, establece en su artículo 34.1 que la Consejería competente en materia de patrimonio histórico publicará los resultados de las actividades arqueológicas que se realicen en Andalucía. Tales resultados consistirán en un resumen de la memoria de la actividad arqueológica, que deberá presentarse en el plazo de un año desde la fecha de finalización de la actividad.

Asimismo, el artículo 34.4 del citado Reglamento de Actividades Arqueológicas dispone que mediante resolución de la Dirección General de Bienes Culturales –parte de cuyas competencias (como es el caso del referido artículo 34.4) ostenta actualmente la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural, según lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte– se establecerán los contenidos mínimos y formatos en que deberá entregarse la memoria y demás documentos complementarios.

Según lo expuesto y en el ámbito de sus competencias, esta Dirección General ha considerado oportuno establecer las directrices de presentación de tales resúmenes, que pretenden servir de guía a la hora de elaborar el resumen con los resultados de la actividad, describiendo el contenido y los apartados que deben incluirse. De este modo se persigue establecer unos criterios homogéneos sobre esta materia, que tengan en cuenta las especiales características y requisitos de estos textos.

Se ha optado por elaborar unas directrices, que no tienen carácter normativo, y que son orientaciones, referencias técnicas, sobre la forma de elaborar y estructurar los resúmenes de las memorias de actividades arqueológicas. Su principal propósito es homogeneizar el formato y contenido de los textos y establecer unos criterios que permitan elaborar estos resúmenes con una sistemática uniforme, respetando y reconociendo, en todo caso, la labor de los profesionales directores de las actividades arqueológicas.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 34.4 del Reglamento de Actividades Arqueológicas de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Aprobar las directrices técnicas para la elaboración de los resúmenes de las memorias de actividades arqueológicas en Andalucía, cuyo texto figura en el anexo a la presente resolución.

Segundo. La presente resolución producirá efectos al mes siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de noviembre de 2022.- El Director General, Mario Martín Pareja.

ANEXO

DIRECTRICES TÉCNICAS PARA LA PRESENTACIÓN DEL RESUMEN DE LA MEMORIA DE LAS ACTIVIDADES ARQUEOLÓGICAS DE ANDALUCÍA

El Reglamento de Actividades Arqueológicas, aprobado mediante Decreto 168/2003, de 17 de junio, establece en su artículo 34.1 que la Consejería competente en Patrimonio Histórico publicará los resultados de las actividades arqueológicas que se realicen en Andalucía. Tales resultados consistirán en un resumen de la memoria de la actividad arqueológica (en adelante artículo), que deberá presentarse en el plazo de un año desde la fecha de la diligencia de finalización de la actividad. Tal y como se establece en el citado Reglamento, el resumen se presentará junto a la memoria de la actividad. En aquellos casos donde se solicite que la memoria preliminar se considere como la memoria, deberá adjuntarse siempre el resumen (artículo) para dar cumplimiento a lo dispuesto reglamentariamente.

El presente documento establece cuáles son las directrices para la presentación de tales resúmenes, describiendo el contenido y los apartados del artículo.

El documento con el texto principal incluirá una selección de la documentación gráfica de la actividad arqueológica desarrollada. Todas las ilustraciones, figuras y tablas se ubicarán en los lugares del texto apropiados, en vez de al final. Las notas y bibliografía irán al final del texto.

La documentación se presentará por el Registro de la Junta de Andalucía en formato PDF (Portable Document Format, formato de documento portable) con un tamaño máximo de 8 MB, dirigido al órgano tramitador del expediente de la actividad arqueológica (en caso de ficheros de mayor tamaño se atenderá a lo indicado en la web de Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía). Este documento deberá estar paginado y será el que se utilizará para su inclusión en el Repositorio de Investigación y Difusión TABULA.

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, no deben incluirse datos personales (DNI, CIF, domicilio, teléfono, mail, etc.) de las personas nombradas en el texto (dirección arqueología, autores, empresas o entidades promotoras…). No deben emplearse marcas de agua ni logos de empresas.

Normas de estilo: Contenido, Estructura y Estilo

Primera página: Título, autores, resumen y palabras claves.

Esta página recoge información fundamental de la actividad arqueológica a través de cuatro secciones:

- Título del trabajo: Se indica de manera clara el título asignado a la actividad arqueológica, que deberá coincidir con el de la resolución de Autorización/Declaración responsable de la actividad. Se deben evitar abreviaturas, acrónimos, símbolos y fórmulas.

- Autoría: Nombre de autores/as del documento (nombre y apellidos). En caso de ser más de un/a autor/a estos se separarán a través de punto y coma (;).

- Resumen:

• Resumen en español: El resumen debe recoger objeto de la actividad arqueológica, tipo de intervención (excavación, prospección, ...), así como los resultados más destacados obtenidos en el estudio. Presentación en un único párrafo, evitando abreviaturas, acrónimos... Su extensión no será superior a 200 palabras.

• Resumen en inglés: Traducción al inglés del resumen.

- Palabras claves:

• Un mínimo de 5 y un máximo de 7, separadas por comas, inicial mayúscula solo en la primera palabra y en nombres propios. Se deben evitar las frases.

• Palabras claves en inglés: Traducción al inglés de las palabras claves.

Segunda página: Datos básicos de la actividad arqueológica.

A modo de ficha técnica, se completará la tabla siguiente completando los datos básicos de la actividad arqueológica:

Título:
1. Dirección de la actividad arqueológica
2. Provincia
3. Municipio
4. Ubicación
5. Clasificación
6. Modalidad
7. Nombre PGI
8. Fecha Resolución / Declaración responsable
9. Fecha de inicio de la actividad
10. Fecha de finalización de la actividad
11. Identificación de Patrimonio Arqueológico

Se describe a continuación la información a incorporar en los distintos epígrafes de la tabla:

Titulo: Se indica de manera clara el título asignado a la actividad arqueológica que deberá coincidir con el de la resolución de Autorización/Declaración responsable de la actividad. Se deben evitar abreviaturas, acrónimos, símbolos y fórmulas.

1. Dirección de la actividad arqueológica: conforme al modelo Apellidos, Nombre. Debe corresponderse con la designación establecida en resolución de autorización y/o en el Libro Diario de la actividad arqueológica.

2. Provincia/s: Provincia o provincias donde se desarrolle la actividad arqueológica.

3. Municipio/s: Municipio o municipios donde se desarrolle la actividad arqueológica.

4. Ubicación: Se recogerá en este campo la localización de la actividad arqueológica: dirección postal según callejero, toponimia, etc.

5. Clasificación: seleccionar el contenido de la lista normalizada que figura al final de este documento.

6. Modalidad: seleccionar el contenido de la lista normalizada que figura al final de este documento.

7. Nombre PGI (en su caso): Incluir el título del Proyecto General de Investigación si la actividad arqueológica está incluido en uno de estos proyectos.

8. Fecha de la resolución de autorización o de la presentación de la Declaración responsable prevista en el art. 52.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía: DD/MM/AAAA.

9. Fecha de inicio de la actividad: DD/MM/AAAA (fecha de inicio de la actividad según el Libro Diario)

10. Fecha de finalización de la actividad: DD/MM/AAAA (fecha de finalización de la actividad según el Libro Diario)

11. Identificación de Patrimonio Arqueológico: SÍ/NO (indicar si como resultado de la actividad se identifica patrimonio arqueológico).

Tercera página y siguientes: Texto.

En estas páginas se incluirá el texto del artículo que no deberá tener una extensión mayor de 15.000 palabras. Se recomienda estructurar el trabajo según los siguientes apartados:

• 1. Introducción y justificación de la actividad.

• 2. Ubicación.

• 3. Objetivos.

• 4. Metodología y técnicas empleadas.

• 5. Resultados.

• 6. Medidas de conservación y protección.

• 7. Discusión.

• 8. Conclusiones.

En el caso de incluir apartados y subapartados, se numerarán siempre con numeración arábiga. El texto tendrá un interlineado sencillo, un tamaño fuente de 12 puntos, se utilizará cursiva en lugar de subrayado (excepto en las direcciones URL).

Es obligatorio referenciar el origen de los datos o ideas de otros autores, por lo que las citas bibliográficas se incluirán dentro del propio texto entre paréntesis, indicándose apellido(s) del autor o autores en minúscula, año de publicación y página. Ejemplos:

Autoría única: (García Robles, 2004).

Autoría doble: (Taylor y Goodman, 1983).

Autoría múltiple: (Rodríguez et al., 2021). La indicación et al., siempre abreviada y en cursiva.

En el caso de incluir la reproducción de otros trabajos del propio autor o de otros, se indicará entre comillas o en cursiva.

Notas.

Las notas aclaratorias figurarán al final del texto antes del apartado Bibliografía, indicándose en el texto con numeración arábiga correlativa. Dichas notas se usarán para hacer aclaraciones o referencias sobre el texto, pero no para las citas bibliográficas.

Bibliografía.

Al final del trabajo se presentará por orden alfabético de apellidos y año de publicación la bibliografía citada siguiendo el estilo Harvard.

Ejemplos:

Almagro, M., (1943). «Tres nuevos hallazgos del Bronce Final en España». Ampurias, V: 270-280.

Pellicer M., (1989). «El Bronce Reciente y los inicios del Hierro en Andalucía Occidental». En Aubet, M.E. (coord.). Tartessos. Arqueología Protohistórica del Bajo Guadalquivir: 147-187.

Ilustraciones y tablas.

En todos los casos se recogerá una mínima información sobre su contenido al pie de la imagen. Debe incluirse numeración arábiga. En el caso de que la documentación gráfica que se adjunte no fuera del propio autor, se deberá citar la fuente de procedencia.

Clasificación y modalidad de la actividad arqueológica. Listado normalizado.

a) Para artículos de actividades arqueológicas autorizadas hasta el 17.12.2021:

Nombre del campo: Clasificación de Actividades Arqueológicas.

• Excavación arqueológica Extensiva.

• Excavación arqueológica: Sondeo arqueológico.

• Excavación arqueológica: Control arqueológico de movimientos de tierras.

• Excavación arqueológica: Análisis arqueológico de estructuras emergentes.

• Prospección arqueológica.

• Reproducción y estudio directo de arte rupestre.

• Labores de consolidación, restauración y restitución arqueológica.

• Actuaciones arqueológicas de cerramiento, vallado y cubrición.

• Estudio de materiales depositados en los museos inscritos en la Red de Museos de Andalucía u otras instituciones o centros de carácter público sitos en la Comunidad Autónoma.

• Estudio y documentación gráfica de los yacimientos arqueológicos.

Nombre del campo: Modalidades de actividades arqueológicas a efectos de autorización.

• Actividad arqueológica prevista en un Proyecto General de Investigación.

• Actividad arqueológica puntual.

• Actividad arqueológica preventiva.

• Actividad arqueológica urgente.

b) Para artículos de actividades arqueológicas autorizadas a partir del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, o mediante la declaración responsable prevista en el art. 52.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Nombre del campo: Clasificación de Actividades Arqueológicas.

• Excavación arqueológica Extensiva.

• Excavación arqueológica: Sondeo arqueológico.

• Prospección arqueológica.

• Control arqueológico de movimientos de tierra.

• Análisis arqueológico de estructuras emergentes

• Reproducción y estudio directo de arte rupestre.

Nombre del campo: Modalidades de actividades arqueológicas a efectos de autorización/declaración responsable:

• Actividad arqueológica prevista en un Proyecto General de Investigación.

• Actividad arqueológica puntual.

• Actividad arqueológica preventiva.

• Actividad arqueológica urgente.

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