Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 03/05/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Financiación Europea

Resolución de 25 de abril de 2022, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del municipio de Montilla. (PP. 987/2022).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 9.3.e) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Montilla que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS AUTORIZADAS

La cuantía vendrá determinada por el coste total de la aplicación de las tarifas por la prestación de los servicios, cuyo importe queda fijado de la siguiente forma, según lo dispuesto en el Reglamento de Suministro de Agua de Andalucía (Decreto 120/91) y demás normativa vigente:

CUOTA FIJA O DE SERVICIO 2022
Todos los usos IVA NO INCLUIDO
Caudal nominal (m³/h) Calibre Contador en milímetros Euros/abonado*Trimestre
- de 1,5 13 9,9711
1,5 15 9,9711
2,5 20 22,3634
3,5 25 35,5584
6 30 50,6522
10 40 87,2779
15 50 135,7787
25 65 228,9776
40 80 345,8929
60 y + 100 y superiores 542,0140

CUOTA VARIABLE 2022
Uso Doméstico IVA NO INCLUIDO
Bloque m³/Trimestre Euros/m³
Uso Industrial IVA NO INCLUIDO
Bloque m³/Trimestre Euros/m³
Centros Oficiales IVA NO INCLUIDO
Bloque m³/Trimestre Euros/m³
Bloque 1 De 0 a 16 0,6971
Bloque 2 De 17 a 30 1,0307
Bloque 3 De 31 a 60 1,3644
Bloque 4 >60 2,2322
Bloque 1 De 0 a 25 1,0307
Bloque 2 >25 1,2642
Único 1,0307

CUOTA DE CONTRATACIÓN 2022 IVA NO INCLUIDO
Caudal nominal (m³/h) Calibre Contador en milímetros Uso Doméstico Uso Industrial/Otros Usos Centros Oficiales
- de 1,5 13 37,0952 54,7068 63,5142
1,5 15 37,0952 54,7068 63,5142
2,5 20 74,5437 89,1315 96,1318
3,5 25 92,5937 107,1815 119,6014
6 30 110,6437 125,2315 137,6514
10 40 146,7437 161,3315 173,7514
15 50 182,8437 197,4315 209,8514
25 65 236,9937 251,5815 264,0014
40 80 291,1437 305,7315 318,1514
60 y + 100 y superiores 363,3437 377,9315 390,3514

CUOTA DE RECONEXIÓN 2022
Todos los Usos IVA NO INCLUIDO
Caudal nominal (m³/h) Calibre Contador en milímetros Euros
- de 1,5 13 37,0952
1,5 15 37,0952
2,5 20 74,5437
3,5 25 92,5937
6 30 110,6437
10 40 146,7437
15 50 182,8437
25 65 236,9937
40 80 291,1437
60 y + 100 y superiores 363,3437

FIANZAS 2022
Todos los Usos
Caudal nominal (m³/h) Calibre Contador en milímetros Euros
Caudal nominal (m³/h) Calibre Contador en milímetros Euros
- de 1,5 13 41,9898
1,5 15 41,9898
2,5 20 150,8810
3,5 25 296,3135
6 30 506,5307
10 40 1.163,7165
15 y + 50 y superiores 2.262,9735

FIANZAS 2022
Uso Esporádico
Caudal nominal (m³/h) Calibre Contador en milímetros Euros
- de 1,5 13 125,9694
1,5 15 125,9694
2,5 20 452,6429
3,5 25 888,9408
6 30 1.519,5923
10 40 3.491,1496
15 y + 50 y superiores 6.788,9208

DERECHOS DE ACOMETIDA 2022
IVA NO INCLUIDO
Parámetro A 10,5434 Euros/mm
Parámetro B 70,7545 Euros/l/seg

VERIFICACIÓN DEL CONTADOR POR LABORATORIO OFICIAL

A petición del usuario y conforme a lo establecido en el artículo núm. 47 del Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua de la Junta de Andalucía, podrá efectuarse la verificación del contador en un laboratorio oficial de la Junta de Andalucía (VEIASA), previo abono en depósito por parte del solicitante de un importe total en función del diámetro del contador a verificar.

Cuota de Verificación del Contador por Laboratorio Oficial
(IVA NO INCLUIDO)
Calibre (en milímetros) Importe (Euros)
Menor o igual 20 mm 33,17
>20 mm y menor o igual 40 mm 52,13
>40 mm y menor o igual 50 mm 140,44
>50 mm y menor o igual 80 mm 183,92
>80 mm y menor o igual 150 mm 244,05

Si el resultado de la verificación del contador resultase favorable al usuario, el Servicio Municipal de Abastecimiento de Montilla procederá a la devolución al cliente del importe abonado en depósito para la citada verificación, así como a la revisión de los consumos facturados según establece el artículo núm. 47 del Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua de la Junta de Andalucía. En el caso de que el resultado de la verificación fuese desfavorable al usuario, no procedería devolución alguna al cliente del importe abonado en depósito, y los consumos facturados por el contador verificado tendrían la consideración de definitivos.

Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio, por la Entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de abril de 2022.- El Director General, Manuel Vázquez Martín.

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