Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 06/03/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa de la instalación que se cita, en los términos municipales de El Turro-Cacín y Alhama de Granada, en la provincia de Granada. (PP. 787/2023).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 25 de noviembre de 2020 se recibe en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, solicitud de Autorización Administrativa Previa por parte de la empresa Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 26, S.L., con CIF B88171384, para la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica denominada Granada Solar 166, en los términos municipales de El Turro-Cacín y Alhama de Granada, en la provincia de Granada. Posteriormente, en fecha de 6 de agosto de 2021 se ha registrado la ampliación de la solicitud a la autorización administrativa de construcción.

Junto a su solicitud, el peticionario aporta entre otros, acreditación de la capacidad legal, técnica y económica-financiera, proyectos de la instalaciones, permiso de acceso y conexión a red de distribución, y relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por las instalaciones, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOP núm. 243, de 22 de diciembre de 2021, en el BOJA núm. 244, de 22 de diciembre de 2021, así como tablón de edictos del Ayuntamiento afectado (Ayuntamiento de El Turro-Cacín y Alhama de Granada) y publicación en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía para que, en el plazo de treinta días, se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.

Tercero. Durante los plazos de información pública se han recibido alegaciones por parte de la Asociación «Ecologistas en Acción Granada-Costa».

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Entidad Autónoma El Turro-Cacín, Ayuntamientos de Cacín y Alhama de Granada, E-Distribución Redes Digitales S.L.U., Red Eléctrica de España, S.A., Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Excma. Diputación Provincial de Granada-Servicio de Carreteras y Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico-Sv. de Bienes Culturales. Las contestaciones fueron enviadas al peticionario. Trascurridos treinta días, las entidades que no hubieron contestado, se entiende que no tienen objeción o condición que formular.

El promotor ha remitido los respectivos documentos de conformidad en relación ala Entidad Autónoma de El Turro, Red Eléctrica de España, S.A., Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades-Dpto. Minas, y Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico-Sv de Bienes Culturales.

Quinto. En fecha 9 de diciembre de 2021 esta Delegación solicito a la Entidad Autónoma El Turro-Cacín, y los Ayuntamientos de Cacín y Alhama de Granada, para que en el plazo de un mes, emitiera Informe de Compatibilidad Urbanística a los efectos del artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en su redacción dada por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. El 21 de diciembre de 2021 la Entidad Autónoma El Turro-Cacín informa que dicha actuación es compatible urbanísticamente.

Sexto. En fecha 11 de enero de 2023 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo Vinculante, de la Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de fecha 9 de enero de 2023, con núm. expediente AAU/GR/054/20, de autorización ambiental unificada a Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 28, S.L., Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 26, S.L., y Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 27, S.L., para los proyectos de Plantas Solares Fotovoltaicas «Granada Solar 165», «Granada Solar 166» y «Granada Solar 167», incluyendo este último las siguientes infraestructuras de evacuación comunes: una Subestación Elevadora «El Turro-Cacín» y Línea Aérea-soterrada de evacuación en los tt.mm. de Cacín, El Turro-Cacín, Alhama de Granada, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe en la provincia de Granada, y se emite evaluación de impacto ambiental viable a la realización de las actuaciones contempladas en los proyectos de Plantas Solares Fotovoltaicas «Granada Solar 165», «Granada Solar 166» y «Granada Solar 167», incluyendo este último, las siguientes infraestructuras de evacuación comunes: una Subestación Elevadora «El Turro» y Línea Aérea-soterrada de evacuación en los tt.mm. de Cacín, El Turro, Alhama de Granada, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe (Granada), condicionada a la ejecución de las modificaciones señaladas por el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y la Oficina de Ordenación del Territorio de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada es competente para dictar la presente resolución, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de de 11 marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el articulo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía en Granada,

RESUELVE

Primero. Conceder la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita.

La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:

Peticionario: Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 26, S.L., con CIF B88171384, con domicilio a efecto de notificaciones en Calle Velázquez, 4, piso 1, C.P. 28001 Madrid.

Objeto de la Petición: Autorización administrativa previa de la instalación denominada «Planta fotovoltaica Granada Solar 166», en los términos municipales de Cacín-El Turro y Alhama de Granada de la provincia de Granada.

Características: La planta fotovoltaica Granada Solar 166 se localiza en los términos municipales de Cacín-El Turro y Alhama de Granada, con una potencia nominal de 26 MW y 32.5 MWp, formada por 50700 módulos de potencia unitaria 650 Wp, instalados sobre seguidores de un eje monofila, 143 inversores con una potencia unitaria de 200 kVA o similar, que alimentarán a 10 centros de transformación de potencia unitaria 3000 kVA, que elevarán la tensión de 800 V a 30 kV. Los transformadores se agruparán en líneas de 30 kV que conectarán la PSF Granada Solar 166 con la subestación elevadora particular, que posteriormente elevará la tensión a 220 kV.

La potencia nominal de la planta en el punto de acceso es de 26 MW en la Subestación Atarfe 220 kV, por lo que la planta contará con elemento limitador a la potencia con permiso de evacuación.

Según proyectos presentados y condicionados a las determinaciones del informe vinculante emitido por el órgano ambiental de fecha 9.1.2023 y núm. expediente AAU/GR/054/20.

Toda la infraestructura a desarrollar desde la planta de generación fotovoltaica hasta el punto de conexión (subestación elevadora particular 30/220 kV y línea aérea de alta tensión a 220 kV, así como la infraestructura común de línea) queda excluida del ámbito de esta resolución.

Presupuesto: 12.590.460,55 euros.

Finalidad: Producción de energía solar fotovoltaica.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante emitido por el órgano ambiental (Autorización Ambiental Unificada núm. Expte. AAU/GR/054/20) de fecha 9.1.2023, quedan incorporadas a esta Resolución, por la que se otorga la autorización administrativa previa al proyecto de Planta fotovoltaica Granada Solar 166, en los términos municipales de El Turro-Cacín y Alhama de Granada, en la provincia de Granada. El citado informe podrá consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en el siguiente enlace:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Tercero. El promotor de la actuación deberá solicitar en el plazo de tres meses, desde la fecha de otorgamiento de la presente resolución, la aprobación del proyecto de ejecución, presentando un proyecto constructivo adaptado a las determinaciones del informe vinculante emitido por el órgano ambiental de fecha 9.1.2023 y núm. expediente AAU/GR/054/20, resto de documentación reglamentaria y justificante de abono de las tasas correspondientes. Si transcurrido dicho plazo no se ha solicitado la aprobación del proyecto de ejecución se producirá la caducidad de la presente resolución, previa instrucción del correspondiente expediente. El peticionario podrá solicitar, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido.

Cuarto. Esta resolución se notificará al peticionario, interesados y se publicará además en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Política Industrial y Energía, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Granada, 7 de febrero de 2023.- La Directora General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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