Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 27/08/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 22 de agosto de 2024, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se deposita la modificación estatutaria de la asociación empresarial que se cita.

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Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (BOE de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por don Ignacio Loyola de la Rosa Lucas mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2024/000357.

La Asamblea General extraordinaria, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2024, adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 3 y 27; la inclusión de un nuevo artículo 28, y la modificación en la numeración de los artículos desde el 29 al 35 de los estatutos de esta asociación empresarial.

El certificado aparece suscrito por don Ignacio de Loyola de la Rosa Lucas, e su calidad de Secretario, con el visto bueno de la Presidenta doña Esperanza Macarena Algarín Ojeda.

En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General, acuerda:

1. Admitir el depósito de la modificación de los estatutos de la Asociación de Empresas de Acuicultura Marina de Andalucía, en siglas, ASEMA, con número de depósito 71000468.

2. Ordenar la publicación de esta resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre deposito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del RD 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).

Sevilla, 22 de agosto de 2024.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.

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