Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 14/11/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Andalucía Exterior

Orden de 27 de septiembre de 2024, por la que se modifican los formularios relacionados con la prestación de servicios turísticos y actividades con incidencia en el ámbito turístico y se ordena su publicación.

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Establece el artículo 7.1 del Decreto 143/2014, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Turismo de Andalucía, que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas titulares de servicios turísticos, desarrollados o no reglamentariamente, y de actividades con incidencia en el ámbito turístico, así como aquellas que pretendan su ejercicio, estarán obligadas a utilizar en todo momento medios electrónicos en sus relaciones con la Consejería competente en materia de turismo en relación con los trámites que afecten al ejercicio de su actividad, obligación que se establece conforme al artículo 14.3 de la citada ley.

Asimismo, recoge en su apartado segundo que los trámites que las personas interesadas pretendan realizar con la Consejería competente en materia de turismo se realizarán de forma electrónica mediante el registro electrónico de la Junta de Andalucía a través de los modelos normalizados y disponibles en la página web de esta Consejería.

En este sentido, tras la reciente aprobación del Decreto 31/2024, de 29 de enero, por el que se modifican diversas disposiciones en materia de viviendas de uso turístico, establecimientos de apartamentos turísticos y hoteleros de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha resultado necesario modificar los formularios ya normalizados para su adaptación a los cambios normativos introducidos.

A este respecto, establece el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, que todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sobre esta base, al revestir el carácter de obligatorios los formularios que deben de utilizar las personas físicas y jurídicas titulares de servicios turísticos y de actividades con incidencia en el ámbito turístico, así como aquellas que pretendan su ejercicio, resulta necesaria su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía aunque, al tratarse en todos los casos de procedimientos que se tramitan exclusivamente por medios electrónicos, esta publicación cumple únicamente efectos informativos.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Turismo, en el ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 8 del Decreto 166/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, y el resto de la legislación vigente y de conformidad con la disposición final quinta del Decreto 143/2014, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Turismo de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Aprobar la modificación y ordenar la publicación de los formularios que deben de utilizar las personas físicas y jurídicas titulares de servicios turísticos y de actividades con incidencia en el ámbito turístico, así como aquellas que pretendan su ejercicio, en relación con los trámites que afecten al ejercicio de su actividad y que se adjuntan como anexos a la presente orden.

Segundo. Los formularios que se anexan (Declaración Responsable; Comunicación) estarán disponibles para su cumplimentación y presentación a través de la sede electrónica del Registro de Turismo de Andalucía.

Tercero. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de septiembre de 2024

ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo y Andalucía Exterior

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