Resolución de 2 de diciembre de 2024, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia la constitución del sindicato denominado Sindicato Independiente de Trabajadores del Ayuntamiento de Motril, en siglas SITAMO.
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Ha sido admitido el depósito de la constitución del mencionado sindicato al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por don Alfonso Gómez Palacios mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2024/000528.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don Alfonso Gómez Palacios, don Juan José Martin Lupión y don Francisco Javier González Hidalgo, todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en C/ Penélope, núm. 5, de Carchuna-Motril (Granada) C.P. 18730, su ámbito territorial es regional y el funcional es el establecido en el artículo 8 de sus estatutos.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General acuerda:
1. Admitir el depósito de la constitución del sindicato denominado Sindicato Independiente de Trabajadores del Ayuntamiento de Motril, en siglas SITAMO, con número de depósito 71100275.
2. Ordenar la publicación de esta resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo, del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes, ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (BOE de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 2 de diciembre de 2024.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.
Descargar PDFBOJA nº 237 de 05/12/2024