Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 05/08/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 31 de julio de 2025, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral en la categoría de Técnico Especialista Grupo III de la Universidad de Almería, mediante el sistema de promoción interna.

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En uso de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 225/2018, de 18 de diciembre, y publicados en el BOJA de 27 de febrero de 2019, conforme a lo establecido en el artículo 89.3 de la citada Ley Orgánica del Sistema Universitario, así como lo dispuesto en la Orden de 31 de julio de 2024 del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Almería para la convocatoria de plazas de Personal de Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2024, este Rectorado ha resuelto convocar proceso selectivo de promoción interna que se regirá por las siguientes bases de convocatoria:

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de promoción interna, 9 plazas de Personal Técnico, de Gestión y Administración y Servicios Laboral de la categoría de Técnico/a Especialista (Grupo III).

Del total de plazas convocadas se reservan 3 plazas para ser cubiertas entre personas con discapacidad o diversidad funcional reservándose una de estas plazas para personas que acrediten discapacidad intelectual y otra para personas que acrediten discapacidad mental, considerando como tales las definidas en artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En el supuesto de no ser cubiertas estas plazas, se acumularán a las restantes plazas convocadas.

El presente proceso selectivo se regirá por las bases de esta convocatoria, las cuales se acogerán a lo establecido en el vigente IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

1.2. El sistema selectivo será el de concurso-oposición, que constará de las pruebas que se especifican en el Anexo I de esta convocatoria.

1.3. El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de la presente convocatoria.

1.4. Las personas que promocionen a la categoría de grupo inmediatamente superior asumirán las funciones de ésta, además de las funciones propias de la categoría desde la que promocionan, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.4 del Estatuto de los Trabajadores, así como las funciones, en su caso, que viniera realizando dicha categoría en virtud de lo previsto en la disposición adicional séptima del vigente Convenio Colectivo.

1.5. El ejercicio de la fase de oposición no se realizará antes del 1 de diciembre de 2025. La fecha, hora y lugar del mismo se fijarán en la resolución del Rectorado de la Universidad de Almería por la que se aprueben las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.

2. Requisitos de las/los candidatos/as.

2.1. Para poder participar en el proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser personal laboral fijo Grupo IV en situación de servicio activo en la Universidad de Almería, siempre que tenga las condiciones requeridas para el grupo al que aspira y no se encuentre en la situación de excedencia voluntaria regulada en el artículo 35 del IV Convenio Colectivo.

b) Las personas candidatas deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la titulación o condiciones requeridas para el acceso al Grupo III, de acuerdo con el vigente Convenio Colectivo y que se especifican a continuación: Título de Bachiller, de Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años o experiencia laboral equivalente en los términos establecidos en el art. 15.3 del IV Convenio Colectivo citado o Categoría Profesional reconocida en Convenio Colectivo.

c) Las personas candidatas con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de éstas.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento «Procesos selectivos Promoción Interna ingreso del Personal de Administración y Servicios», disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Almería en la siguiente dirección:

https://www.ual.es/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/PER0104

3.2. No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo, aquellas personas que no hayan presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo de presentación establecido. Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son correctos.

3.3. Las personas aspirantes con diversidad funcional y grado reconocido igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por los cupos de reserva de personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud de participación y adjuntar certificado en vigor acreditativo de la condición de discapacitado y del grado de discapacidad reconocido, expedido por el órgano competente. Dicha discapacidad ha de estar oficialmente reconocida con efectos anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el supuesto de participar por el cupo reservado a personas con discapacidad intelectual o mental, deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo en el que se catalogue la discapacidad acreditada como intelectual o mental.

3.4. Las personas aspirantes con diversidad funcional o discapacidad, independientemente del cupo por el que participen, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, para lo cual deberán cumplimentar el apartado correspondiente de la solicitud de participación. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

3.5. Las personas aspirantes presentarán justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa para que se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes y por tanto, los méritos no justificados en el mencionado plazo no podrán ser valorados en la fase de concurso.

3.6. Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder a la solicitud presentada en el procedimiento telemático y anexar la documentación adicional.

3.7. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.

3.8. En cualquier caso, el Tribunal Calificador podrá requerir de las personas aspirantes la presentación de los originales de la documentación aportada, siendo excluidos del concurso-oposición si no cumplimentaran el requerimiento.

3.9. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y se dirigirán al Rector de la Universidad de Almería

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En la citada relación se hará pública igualmente la composición del Tribunal Calificador de estas pruebas.

4.2. Las personas excluidas, así como las que no figuren ni en la relación de admitidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión. Las personas que dentro del plazo señalado no los subsanen quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

4.3. Finalizado el plazo de subsanación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería entendiéndose desestimadas las reclamaciones no incluidas en la misma.

4.4. Contra la resolución por la que se apruebe la relación de personas aspirantes admitidas y excluidas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien, demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Almería, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, ambos plazos contados a partir de su publicación en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo se publicará en la resolución por la que se declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, tendrá la composición prevista en el artículo 21 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, en lo que no contradiga al artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y será presidido por la persona nombrada por el Rector. Asimismo, para cada uno de los miembros titulares de los Tribunales se nombrará un suplente. Al Tribunal Calificador, conforme a las bases de la convocatoria, le corresponderá el desarrollo y la calificación de las pruebas selectivas. La pertenencia al Tribunal de Valoración será a título individual, sin que pueda ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La Presidencia podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3. Con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas, la autoridad convocante dictará resolución por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los titulares que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en el apartado anterior. La nueva composición se publicará en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería.

5.4. El Tribunal adoptará las medidas que considere oportunas para la realización de los ejercicios que hayan de celebrarse, aprobando las instrucciones y criterios de valoración que estime pertinentes, así como considerará, verificará y apreciará las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas oportunas.

5.5. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, de la Presidencia y la Secretaría o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva, que se celebrará con una antelación mínima de diez días antes de la realización del ejercicio de la oposición, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

5.6. A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría, indicada en el apartado anterior, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.7. Corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas. Quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como la actuación que proceda en los casos no previstos por las mismas y por la normativa de aplicación, y adoptar las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, le corresponderá adoptar las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad o diversidad funcional, que así lo hubieren indicado en la solicitud, participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

5.8. La Presidencia del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que el ejercicio de la fase de oposición se realice de forma conjunta y coordinada y para garantizar que los mismos sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

5.9. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Almería comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas en su solicitud de admisión, a los efectos procedentes.

5.10. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas que estimen pertinentes. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y actuarán con voz, pero sin voto. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Almería y se publicará en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería, estos asesores se abstendrán y podrán ser recusados en los mismos términos que los miembros del Tribunal. Asimismo, el Tribunal podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia.

5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento, s/n, 04120 La Cañada de San Urbano, Almería, teléfono 950 015 126. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, componente o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.13. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 4.ª de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», de 21 de abril).

6. Desarrollo de las pruebas.

6.1. La fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio de la oposición se fijará en la resolución del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se apruebe la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. Entre esta publicación y la realización del ejercicio, deberán transcurrir al menos diez días hábiles.

6.2. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.

7. Calificaciones y relación de personas aprobadas.

7.1. Finalizado el ejercicio de la fase de oposición el Tribunal hará público, en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería, el acuerdo con la relación de las personas aspirantes que lo hayan superado. No obstante, contra la mencionada relación podrán presentarse alegaciones, ante el Tribunal, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las mismas.

7.2. Culminado el plazo anterior y resueltas las reclamaciones, si las hubiere, el Tribunal hará pública en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería la relación definitiva de aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Junto con esta relación definitiva se publicará la baremación provisional de los méritos de la fase de concurso y con la relación provisional de personas aspirantes que superan el proceso selectivo por orden de puntuación.

7.3 Las personas interesadas podrán reclamar dicha publicación, que tendrá carácter provisional, en el plazo de cinco días hábiles. Revisadas las reclamaciones, en su caso, se publicará la relación definitiva de personas aspirantes que superan el proceso selectivo por orden de puntuación. Contra dicha relación definitiva se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

7.4. El número de personas aprobadas en las pruebas selectivas no podrá ser superior al de plazas convocadas.

7.5. La Presidencia del Tribunal elevará la relación definitiva de personas que han superado el proceso selectivo, por el cupo general y por los cupos de diversidad funcional y discapacidad, al Sr. Rector de la Universidad de Almería a efectos de formalización de cambios de categoría y adjudicación de puestos de trabajo, relación que se remitirá para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8. Presentación de documentos y firma de contratos.

8.1. Las personas que superen el presente proceso selectivo presentarán en el Registro General de la Universidad de Almería una declaración jurada en la indiquen que toda la documentación exigida en la base 2 de la presente convocatoria obra en poder de la Universidad de Almería, dentro de los diez días naturales siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta de adjudicación de la plaza, dirigida al Rector de la Universidad de Almería.

8.2. Al ser el presente proceso selectivo por el sistema de promoción interna por transformación de plazas, las personas aspirantes que lo superen permanecerán en el mismo puesto de trabajo que venían desempeñando. En cualquier caso, los efectos administrativos y económicos e incorporación al puesto de trabajo de la persona que haya superado el concurso-oposición serán a fecha de la Resolución Rectoral por la que se declare concluido el procedimiento.

9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.

9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que la Universidad de Almería, sita en Edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta, Ctra. Sacramento, s/n, La Cañada de San Urbano, C.P. 04120 Almería, es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica: dpo@ual.es

9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Almería no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Almería, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

9.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de responsabilidad proactiva, la Universidad de Almería garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

9.4. En cualquier momento, los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).

10. Norma Final.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Almería, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Almería, 31 de julio de 2025.- El Rector, José Joaquín Céspedes Lorente.

ANEXO I

Proceso Selectivo

Concurso y oposición.

El proceso de selección será el de concurso-oposición, que consistirá en la celebración de una fase de oposición, valorada con un máximo de 65 puntos, en la que los participantes deberán desarrollar los ejercicios que se especifican en este anexo, que serán valorados según los criterios establecidos en el mismo y de una fase de concurso, valorada con un máximo de 35 puntos, en la que se calificarán con carácter general los méritos de los aspirantes, conforme al baremo aquí establecido.

- Se celebrará en primer lugar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio.

- La fase de concurso se aplicará a las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

A) Fase de oposición.

Consistirá en la realización de un examen de 50 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta, basado en el contenido del temario recogido en el Anexo II.

Al final del cuestionario se incluirán además 4 preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, a aquellas correspondientes que pudieran ser objeto de anulación.

La duración de este ejercicio será de 90 minutos. No penalizarán las respuestas erróneas y se valorará con un máximo de 65 puntos. Para superar esta fase habrá que obtener un mínimo de 30 puntos.

B) Fase de concurso.

La fase de concurso se valorará de 0 a 35 puntos distribuidos en los siguientes epígrafes:

1. Experiencia Profesional: Hasta un máximo de 14 puntos.

a) Por servicios prestados en la Universidad de Almería en igual o superior grupo o categoría profesionales al de la plaza convocada en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía: 0,14 puntos por mes o fracción.

b) Por servicios prestados en la Universidad de Almería en inferior grupo o categoría profesionales al de la plaza convocada en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía: 0,08 puntos por mes o fracción.

2. Antigüedad: Hasta un máximo de 12,25 puntos.

Tiempo de servicio prestado en la UAL como PTGAS Laboral en cualquiera de las categorías pertenecientes al Convenio Colectivo vigente del PTGAS Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía: 0,07 puntos por mes o fracción superior a 15 días.

3. Formación: Hasta un máximo de 8,75 puntos.

Se valorarán los cursos organizados, impartidos u homologados por las Universidades y otras Administraciones públicas, INAP e IAAP.

a) Titulación académica oficial distinta y de igual o superior nivel académico a la exigida para acceder al grupo al que se aspira, hasta un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:

- Máster o equivalente: 3 puntos.

- Graduado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 2,5 puntos.

- Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Título equivalente: 2 puntos.

- Formación Profesional (FP) Grado Superior o título equivalente: 1 punto.

En el caso de contar con más de una titulación académica oficial que cumpla con los requisitos de este punto, solo se valorará una de ellas.

b) Cursos y acreditación de Idiomas: Hasta un máximo 5,75 puntos.

- Por cursos recibidos contemplados como específicos del área de la plaza a convocar en el Plan de Formación del PTGAS de la UAL vigente a la fecha de terminación de presentación de solicitudes: 0,760 puntos por cada curso realizado de hasta 10 horas de duración, 1,150 puntos por cada curso realizado de entre 11 y 30 horas de duración, y 2 puntos por cada curso realizado de más de 30 horas de duración.

- Por cursos recibidos no computados en el apartado anterior: 0,50 puntos por cada curso realizado de hasta 10 horas de duración, 0,75 puntos por cada curso realizado de entre 11 y 30 horas de duración, y 1 punto por cada curso realizado de más de 30 horas de duración.

- Por la acreditación de nivel de idioma en inglés / francés a la fecha de terminación de presentación de solicitudes, se puntuará con la siguiente puntuación: C2: 2 puntos; C1:1,75 puntos; B2: 1,50 puntos; B1: 1 punto; A2: 0,50 puntos; A1:0,25 puntos. Podrán sumarse hasta un máximo 2 puntos.

ANEXO II

Programa

Tema 1. Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones generales. De los interesados. Términos y plazos.

Tema 2. Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público: Título Preliminar. Disposiciones generales. De los órganos de las Administraciones Públicas. Funcionamiento Electrónico del sector público.

Tema 3. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Régimen específico de las universidades públicas.

Tema 4. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación. Normativa aplicable al personal laboral. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 5. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación profesional y promoción en el trabajo.

Tema 6. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Tema 7. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones.

Tema 8. Protección de datos: Normas de uso de los sistemas de información de la UAL de 15 de julio de 2024. Normas de información en materia de protección de datos en procesos de concurrencia competitiva de 14 de febrero de 2023.

Tema 9. Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la Ley. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres. El principio de igualdad en el empleo público.

Tema 10. Reglamento de Promoción y Ayuda al Deporte Universitario de la Universidad de Almería.

Tema 11. Reglamento de utilización de las instalaciones deportivas de la Universidad de Almería.

Tema 12. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

Tema 13. Real Decreto 1369/2000, de 19 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 822/1993, de 28 de mayo, por el que se establecen los principios de buenas prácticas de laboratorio y su aplicación en la realización de estudios no clínicos sobre sustancias y productos químicos.

Tema 14. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

Tema 15. Técnicas asertivas de atención al público: habilidades básicas y comunicación interpersonal.

Tema 16. Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Almería.

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