Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 06/08/2025

1. Disposiciones generales

Universidades

Extracto de la Resolución Rectoral 23/2025 de 24 de julio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan ayudas para la acreditación de niveles de competencia lingüística en una lengua extranjera en estudios de Grado. Curso 2024/2025.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/849277)

Primero. Convocatoria.

Con el objetivo de conseguir igualdad de acceso a la formación, independientemente del nivel de renta de las familias, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha considerado adecuado financiar programas de ayudas al alumnado que se halle en situación de dificultad económica para la obtención de niveles de competencia lingüística en una lengua extranjera, de manera que sea en el marco de las propias universidades andaluzas donde se diseñe y establezca el oportuno procedimiento, como una más de las actividades ordinarias de tipo académico y administrativo en la relación entre cada universidad y sus estudiantes.

Por todo ello, y en virtud de sus competencias, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, dicta la Orden de 26 de junio de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se determina la cuantía y las condiciones de la aportación de la Administración de la Junta de Andalucía a los programas de ayudas para el fomento de la adquisición y acreditación de niveles de competencia lingüística en una lengua extranjera para el curso 2024/2025, convocados por las Universidades Públicas de Andalucía.

En desarrollo de la citada orden, la Universidad de Huelva elabora la convocatoria de ayudas para la obtención de niveles de competencias lingüísticas en una lengua extranjera, para estudiantes matriculados en la Universidad de Huelva, en estudios oficiales de Grado, en el curso académico 2024/2025, con cargo a los planes de apoyo de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, en el marco del Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía.

Objeto, condiciones, finalidad y modalidades de ayuda:

1. Se podrán obtener ayudas para:

a) La adquisición y acreditación de la competencia lingüística exigida para la obtención del título de Grado en un primer idioma extranjero de nivel B1 o superior.

b) La adquisición de la competencia lingüística en un primer idioma extranjero de nivel B2 o superior cuando el estudiante ya tuviera acreditada la competencia exigida para la obtención del título de Grado.

c) La adquisición de la competencia lingüística en un segundo idioma extranjero de nivel B1 o superior cuando el estudiante ya tuviera acreditada la competencia exigida para la obtención del título de Grado.

Las acreditaciones financiables deberán constar en el expediente académico dentro del plazo de solicitud de esta ayuda.

2. Las solicitudes relativas a las ayudas de las letras b) y c), se atenderán en función de la disponibilidad presupuestaria, una vez atendidas las ayudas de la letra a).

El importe máximo de cada una de las ayudas descritas en el artículo 1.1 será de 300 euros, sin que por un mismo estudiante y grado puedan obtenerse más de dos ayudas, incluyendo las obtenidas en convocatorias anteriores.

El importe concedido estará destinado a cubrir tanto los gastos de formación como los correspondientes a la acreditación del nivel obtenido. El estudiante declarará en la solicitud si ha percibido la ayuda para la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas convocadas por la Junta de Andalucía o la Universidad de Huelva para los cursos 2014/15, 2015/16, 2016/17, 2017/18, 2018/19 o 2019/20, 2020/21, 2021/22, 2022/23, 2023/24, así como el importe recibido.

Requisitos de los solicitantes y acreditación:

1. Estar matriculado en la Universidad de Huelva, en una titulación oficial de Grado, en el curso 2024/2025, siendo ésta la titulación para la que se solicita la ayuda objeto de esta convocatoria. A los efectos de obtener la ayuda descrita en el apartado a) del artículo 1.1, tendrán la consideración de estudiantes matriculados en estudios de Grado en el curso 2024/2025 aquéllos que, teniendo superadas previamente todas las materias de esta titulación, acrediten en el curso 2024/2025 las competencias lingüísticas exigidas para la expedición del título.

2. Percibirán la aportación los estudiantes que hayan sido beneficiarios de beca de estudios de carácter general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, o de una beca de carácter general del Departamento de Educación del País Vasco, en el momento de participación en la respectiva convocatoria de ayudas de la Universidad o en el curso inmediatamente anterior, siempre que no hubiesen obtenido otra ayuda pública para la misma finalidad.

3. Haber realizado gastos de formación y/o acreditación para la obtención de competencias lingüísticas en una lengua extranjera durante el período de tiempo en que el estudiante ha estado matriculado en la titulación de Grado objeto de esta ayuda.

4. En el caso de solicitar la ayuda del apartado a) del artículo 1.1 de esta convocatoria, tener acreditado en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas de nivel B1 o superior, necesarias para la expedición del correspondiente título de Grado.

5. En el caso de solicitar la ayuda del apartado b) del artículo 1.1 de la presente convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B2 o superior, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.

6. En el caso de solicitar la ayuda del apartado c) del artículo 1.1 de la presente convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B1 o superior en un segundo idioma extranjero, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.

7. Haber superado los requisitos necesarios para obtener el nivel de idiomas para el que se solicita la ayuda con anterioridad al 30 de septiembre de 2025.

Segundo. Bases reguladoras.

Esta convocatoria se rige por la Resolución, de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas al alumnado de grado y máster de la Universidad de Huelva.

Tercero. Financiación.

Las partidas presupuestarias del Servicio de Gestión Académica destinadas al abono de esta ayuda serán:

- Año 2025: Centro de gasto 800004 –programa 321A– clasificación económica 480.99: 35.000 euros.

En aplicación del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se establece la posibilidad de incorporar una cuantía adicional con cargo al importe consignado en la Unidad de Gasto 800004, del Servicio de Gestión Académica.

Cuarto. Personas beneficiarias.

Estudiantes matriculados en la Universidad de Huelva, en una titulación oficial de Grado, en el curso 2024/2025, siendo esta titulación para la que se solicita la ayuda objeto de esta convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día de publicación en el BOJA, y estará abierto hasta el 10 de octubre de 2025.

El Rector, José Rodríguez Quintero. Huelva, 31 de julio de 2025.

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