Decreto 205/2025, de 2 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias.
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El Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, dispone en su artículo único que corresponden a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias las competencias en materia de salud y consumo que actualmente estaban atribuidas a la Consejería de Salud y Consumo.
El Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, en su artículo 1, dispone las competencias que corresponden a la mencionada Consejería, entre las que se encuentran la ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, atención temprana, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales en el ámbito sanitario, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.
Así, la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, promovida por la extinta Consejería de Salud y Consumo, tiene por finalidad la adaptación de la estructura de puestos de los servicios centrales a lo establecido en el referido Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, mediante la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo. Esta adecuación persigue, con carácter general, optimizar la dirección y coordinación de los distintos centros directivos, atendiendo a las necesidades organizativas derivadas del nuevo marco competencial.
Así, se procede al refuerzo de la Viceconsejería de Sanidad y Consumo mediante la creación de nuevos puestos que responden a la necesaria adaptación de las estructuras a las competencias atribuidas y a las necesidades detectadas y funciones asumidas. Asimismo, se modifican determinadas características de puestos ya existentes con objeto de adecuarlos a las demandas actuales de gestión y funcionamiento.
En la Secretaría General de Investigación, Innovación y Salud Digital se contempla la creación de un puesto de coordinación orientado a articular de manera eficaz el funcionamiento de las unidades que la integran, así como su interacción con la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica.
Por otro lado, en la Secretaría General de Humanización, Calidad y Planificación Asistencial, debido a la ampliación de su ámbito competencial, se refuerza su estructura con nuevos puestos de trabajo orientados a garantizar una organización asistencial más integrada, multidisciplinar y centrada en la mejora continua de la calidad y los resultados en salud de la población andaluza a lo largo de todas las etapas del ciclo vital.
Asimismo, se refuerza la Secretaría General Técnica de Sanidad y Consumo, dada la magnitud de su estructura y su papel estratégico en la gestión de recursos humanos al servicio de los distintos órganos directivos de la Consejería, tanto en el ámbito central como en el territorial. Esta modificación responde al análisis de necesidades de personal efectivo y a la adaptación de la relación de puestos de trabajo a las competencias y líneas de actuación que faciliten la gestión de procedimientos administrativos, en un marco de homogeneización funcional. Por un lado, se crean puestos de trabajo en las áreas de gestión de los recursos humanos, de asesoramiento jurídico y de gestión administrativa y, por otro lado, se eliminan puestos de trabajo que no se adecúan a las necesidades existentes.
Por último, en la Dirección General de Cuidados, Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, cuya misión esencial es la coordinación y supervisión de las políticas de cuidados en el sistema sanitario, asegurando que se implementen de manera efectiva y eficiente en todos los niveles del sistema de salud, se produce la ampliación de puestos de trabajo en el área de cuidados, con la creación de una unidad administrativa completa y la adecuación de características de otros puestos ya existentes.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en los términos previstos en el artículo 26.6 y 7 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de diciembre de 2025,
DISPONGO
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación.
Sevilla, 2 de diciembre de 2025
| JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
| Presidente de la Junta de Andalucía | |
| JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS | |
| Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública |
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BOJA nº 235 de 05/12/2025