Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 19/12/2025

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 15 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se redistribuye el crédito para la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 22 de diciembre de 2023, por la que se convoca, para los años 2024 a 2026, la concesión de subvenciones de la Línea 1 regulada en la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.

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Por Orden de 29 de junio de 2023, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 125, de 3 de julio de 2023.

Mediante Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, se convocaron, para los años 2024 a 2026, la concesión de subvenciones de la Línea 1 regulada en la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 248, de 29 de diciembre de 2023.

El período dentro del cual pueden presentarse las solicitudes se inició el 2 de enero de 2024 y se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2026, debiendo ajustarse su presentación, dentro de dicho periodo, a lo previsto en el resuelve octavo de la convocatoria.

En el resuelve quinto de la citada Resolución de 22 de diciembre de 2023, se indica en su punto 1, que las subvenciones a conceder se financiarán con cargo a los créditos de los ejercicios 2024, 2025 y 2026, con las dotaciones que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía destina a las actuaciones en materia de trabajo autónomo en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, concretamente con fondos propios de la Junta de Andalucía.

Asimismo, en su punto 2 se establece una dotación presupuestaria de cincuenta millones trescientos setenta mil euros (50.370.000 €), con cargo al programa presupuestario 72C, Capítulo 4, con cargo a la siguiente partida presupuestaria 1200 010063G /72C/47104/00 01, y conforme al siguiente detalle:

FINANCIACIÓN CAPÍTULO ANUALIDAD
2024
ANUALIDAD
2025
ANUALIDAD
2026
TOTAL
2024-2025-2026
Fondos propios
(Servicio 01)
4 16.790.000 € 16.790.000 € 16.790.000 € 50.370.000 €

Durante el presente ejercicio se han presentado más solicitudes de las previstas inicialmente; con objeto de poder atender el mayor número de solicitudes que cumplen los requisitos para ser beneficiarias, se lleva a cabo la modificación de la convocatoria, reajustando las cuantías previstas en las anualidades 2025 y 2026, añadiendo fondos de transferencias finalistas del Estado en el ejercicio 2025.

En virtud de lo anterior, esta Dirección General, en uso de las competencias atribuidas, y a fin de continuar con la tramitación y adaptar las disponibilidades presupuestarias existentes a las necesidades efectivas,

RESUELVE

Primero. Redistribuir el crédito disponible para las anualidades 2025 y 2026, prevista en el resuelve quinto de la Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para los años 2024 a 2026, la concesión de subvenciones de la Línea 1 regulada en la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.

El crédito queda distribuido en las siguientes partidas presupuestarias:

FINANCIACIÓN PARTIDA
PRESUPUESTARIA
CAPÍTULO ANUALIDAD
2024
ANUALIDAD
2025
ANUALIDAD
2026
TOTAL
2024-2025-2026
Fondos propios
(Servicio 01)
1400010063 G/72C/47104/00 4 16.790.000 € 16.790.000 € 9.790.000 € 43.370.000 €
Transferencias
finalistas
(Servicio 18)
1400180063 G/72C/47104/00 S0045 4 0 € 7.000.0000 € 0 € 7.000.000 €
TOTAL 50.370.000 €

Segundo. Esta redistribución de crédito no implica la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Tercero. Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Cuarto. La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de diciembre de 2025.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 29.6.2023, BOJA núm. 125, de 3.7.2023), la Directora General, Carmen María Durán Barrantes.

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