Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 15/05/2025

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Deporte

Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para residencias artísticas en el ejercicio 2025.

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La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, entidad de derecho público adscrita a la Consejería de Cultura y Deporte, tiene atribuidas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematogra0a, las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

De conformidad con las competencias atribuidas en materia de artes escénicas y música, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales está interesada en llevar a cabo un programa de residencias artísticas en sus espacios y en los de otras entidades colaboradoras dirigidas especialmente a creadores/as que investigan con nuevos lenguajes o procesos artísticos contemporáneos, con la finalidad de poner en valor los procesos de creación, la innovación escénica y contribuir al fortalecimiento del tejido creativo.

Como novedad, en esta convocatoria incorporamos nuevos espacios en los que podrán realizarse las residencias, siendo uno de ellos únicamente destinado a la especialidad de dramaturgia.

Los/as creadores/as seleccionados/as asumirán la obligación de impartir un taller formativo y una representación pública del trabajo que sirvan de punto de encuentro y diálogo entre la creación y la ciudadanía.

Mediante la presente resolución, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales convoca residencias artísticas de danza, teatro, circo y música dirigidas a creadores/as y profesionales que desarrollen su trabajo en el ámbito de las artes escénicas y la música, que se regirán por las siguientes bases:

Primera. Objeto.

El objeto de esta convocatoria es la selección de dieciséis proyectos de creación de artísticas profesionales, entendiéndose por tales lo dispuesto en la cláusula segunda, para que realicen estancias creativas en los diferentes espacios y condiciones que se establecen en esta convocatoria. Los/as adjudicatarios/as asumen la contraprestación de impartir un taller formativo y la exhibición pública del trabajo realizado, en lugar a determinar por la Agencia.

Segunda. Participantes.

La convocatoria se dirige a artistas, compañías o formaciones profesionales, de carácter privado, con personalidad jurídica propia y constituidas en alguna de las figuras previstas por la ley.

Podrán presentar sus ofertas las personas físicas y jurídicas, con domicilio social en Andalucía y con capacidad para contratar.

Tercera. Espacios, recursos y periodo de ejecución.

Cada participante podrá solicitar varios espacios, estableciendo el orden de preferencia e indicándolo en el calendario presentado adjunto a la solicitud, con excepción de las residencias para dramaturgia, que sólo se llevarán a cabo en la sede de La Rábida. A cada participante sólo se le asignará uno de los espacios en esta convocatoria. La duración concreta de cada residencia será determinada por la Agencia una vez consensuada con el/la adjudicatario/a. Se podrá optar a residencias artísticas en los espacios referidos a continuación:

1. El Estadio. Sevilla.

Se ofrecerán un máximo de ocho residencias artísticas con una duración variable, con un máximo de cuatro semanas continuadas. La duración concreta será determinada por la Agencia en función de la valoración de cada proyecto. El periodo en el que se podrán desarrollar estos proyectos estará comprendido entre el 15 de septiembre el 15 de diciembre de 2025. Se pondrán a disposición de los/as adjudicatarios/as las diferentes salas de El Estadio que estuvieran disponibles y que resultaran más adecuadas para el óptimo desarrollo del proyecto.

2. El Rey Chico. Granada.

Se ofrecerán un máximo de tres residencias artísticas con una duración variable con un máximo de cuatro semanas continuadas. La duración concreta será determinada por la Agencia en función de la valoración de cada proyecto. El periodo en el que se podrán desarrollar estos proyectos estará comprendido entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre de 2025. Se pondrán a disposición de los/las adjudicatarios/as las salas de interpretación y Plató de El Rey Chico, distribuyendo a los/as artistas según sus necesidades.

3. Teatro de la Axerquía de Córdoba.

Estas residencias se realizarán en colaboración con el Instituto Municipal de Artes Escénicas del Ayuntamiento de Córdoba.

Se ofrecerán un máximo de tres residencias artísticas con una duración máxima de cuatro semanas continuadas. El periodo en el que se podrán desarrollar estos proyectos será el comprendido entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre de 2025. Se pondrán a disposición de los/las adjudicatarios/as las salas Granero, Antonio y Gades, según necesidades.

4. La Térmica. Málaga.

Estas residencias se realizarán en colaboración con la Diputación de Málaga.

Se ofrecerán un máximo de dos residencias artísticas. El periodo en el que se podrán desarrollar estos proyectos será el comprendido entre el 1 y el 19 de septiembre de 2025. Se pondrán a disposición de los/las adjudicatarios/as las Salas Bonamargosa y Benalmádena, según necesidades.

5. La Rábida. Huelva.

Estas residencias se realizarán en colaboración con la Universidad Internacional de Andalucía, que asume los gastos de alojamiento en habitación individual y manutención, además del uso de aulas y espacios comunes.

Se ofrecerán un máximo de dos residencias artísticas para dramaturgos/as. El periodo en el que se deberán desarrollar estos proyectos será el comprendido entre el 3 y el 16 de noviembre de 2025.

Cuarta. Desarrollo de las residencias.

4.1. Desarrollo de las residencias.

a) El período de residencia es el que se especifica para cada espacio en la cláusula tercera.

b) La Agencia publicará mediante resolución los/las artistas seleccionados/as para cada espacio y coordinará con todos ellos/as los periodos exactos de realización de las residencias, comprometiéndose estos/as a usar el espacio durante las fechas acordadas. La ausencia sin justificación será causa de resolución de la residencia.

c) Los/as artistas residentes podrán recabar el asesoramiento artístico y de gestión de los profesionales de la Agencia.

d) Los/as artistas residentes se obligan a impartir un taller de formación de al menos seis horas de duración, en los que expondrán sus procesos creativos a los/as alumnos/as seleccionados/as por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

4.2. Los/las artistas residentes asumen las siguientes obligaciones.

a) Seguir estrictamente las indicaciones de la dirección del espacio en cuanto a volumen de sonido y horarios de uso, de conformidad con la normativa vigente a la que se remite la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como las normas de seguridad establecidas.

b) Observar las normas de seguridad y salud, y prevención de riesgos laborales.

c) Atender todas las indicaciones del personal de la Agencia respecto al uso de los materiales del espacio escénico.

d) Asumir las normas internas que regulan el uso del espacio facilitado.

e) Declarar que conoce y acepta las condiciones de cada espacio, asumiendo la responsabilidad de cuantas contingencias pudieran producirse durante su estancia.

f) Cumplir con el tiempo de residencia establecido.

g) Dar difusión a las residencias por cualquier medio digital o escrito mencionando la siguiente leyenda «Artista residente del Instituto Andaluz de las Artes Escénicas y de la Música 2025» así como etiquetar en redes sociales a la Agencia y las entidades colaboradoras.

4.3. Durante la residencia, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales asume las siguientes obligaciones:

a) Coordinar la asignación de espacios, así como fechas y horarios.

b) Proporcionar las condiciones técnicas y espaciales adecuadas para el desarrollo de cada una de las residencias.

c) Asumir el mantenimiento y limpieza de los espacios propios y velar por la efectiva prestación de estos servicios en los espacios en colaboración.

d) Asumir los servicios habituales de seguridad y acceso de los espacios propios y de velar por la efectiva presentación de estos servicios en los espacios en colaboración.

e) Asegurar por contingencia de responsabilidad civil de los espacios propios no así al personal de la adjudicataria por su estancia y trabajo en el mismo.

f) Organizar y fomentar el encuentro entre los/as artistas residentes, tanto del mismo espacio como de todos ellos.

g) Hacer un seguimiento continuo de las residencias para evaluar el desarrollo de estas y la evolución posterior de los trabajos realizados.

Quinta. Representación pública.

Tras la finalización de la residencia, y en el año en curso, se realizará una representación pública del trabajo llevado a cabo, en el lugar que determine la AAIICC mediante la formalización de un contrato privado de representación pública, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, por importe de 3.000,00 € más IVA. Para la modalidad de Dramaturgia, la remuneración será de 1.500,00 € más IVA.

Como consecuencia de la contratación, el/la artista asume la obligación de llevar a cabo la realización del espectáculo en todas sus fases, asumiendo los costes y retribuciones de los elementos materiales y personales necesarios para su producción, respondiendo del cumplimiento de sus obligaciones laborales, de Seguridad Social y Fiscal.

El espectáculo resultante de la residencia tendrá acceso directo al catálogo de espectáculos de la Red Andaluza de Teatros Públicos, siempre y cuando se realice la solicitud de entrada al programa en tiempo y forma.

Sexta. Solicitud y plazo de presentación.

a) Presentación de las solicitudes: Se presentarán por vía telemática a través del portal de la Ventanilla Electrónica General de la Junta de Andalucía:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC

o a través del registro electrónico del Portal de Atención a la Ciudadanía (Presentación Electrónica General, PEG).

También podrán presentarse en las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de asistencia en materia de registros, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Para aquellas candidaturas enviadas por correo y en las presentadas en algún registro oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío por correo electrónico, adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos o la fecha de entrega en otro centro dentro del plazo.

En estos casos, se entregarán, dirigidas a la persona titular de la Gerencia de la Agencia, en un sobre cerrado, junto con el Formulario de Solicitud (Anexo I) firmado, mencionando en el asunto «Convocatoria Programa de Residencia AAIICC».

c) Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptima. Documentación a presentar.

a) Anexo I de solicitud.

b) Documento que incluya:

1. Proyecto artístico que el/la creador/a tenga previsto desarrollar en la residencia.

2. Calendario de trabajo que contenga los espacios y fechas de preferencia. Los proyectos de dramaturgia sólo podrán presentarse para el espacio de La Rábida.

3. Currículum vitae o trayectoria profesional del/la artista.

4. Proyecto de taller de formación, de al menos seis horas de duración, sobre el proceso creativo seguido.

Octava. Trámite de subsanación.

Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañará de la documentación preceptiva, se requerirá de manera conjunta a las personas interesadas para que, en el plazo de 5 días hábiles, subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.

El trámite de subsanación se notificará de forma conjunta a todos/as los/as interesados/as  publicándose en la página web de la Agencia. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

Novena. Comisión de Valoración.

La valoración de los proyectos presentados será realizada por una Comisión de Valoración que estará presidida por la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de las Artes Escénicas y la Música, y estará formada por tres vocales, expertos/as en la materia, designados/as mediante resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Las personas designadas para formar parte de la Comisión no podrán estar vinculadas profesional o artísticamente con ninguna empresa productora o distribuidora de artes escénicas que hayan solicitado participar en el programa. Podrán ser invitados/as a participar, con voz y sin votos, expertos/as independientes en la materia.

La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a. La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

La Comisión tendrá facultades para resolver cuantas dudas surjan en la interpretación de esta convocatoria y podrán requerir a los/as solicitantes, en cualquier momento de la fase de valoración, cuantos datos y acreditaciones juzguen precisos para valorar y completar aquellos que se deduzcan de la documentación aportada.

La Comisión actuará con pleno respeto de los criterios de igualdad, transparencia y no discriminación.

La Comisión de Valoración se regirá, en lo no previsto por esta resolución, por lo establecido en la Sección Primera del Capítulo Segundo del Título IV de la mencionada Ley 9/2007, de 22 de octubre, y el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima. Criterios de valoración.

Para la valoración de las solicitudes, la Comisión tomará en consideración los siguientes criterios, con la puntuación que se indica:

a) El currículum y trayectoria de los/las integrantes (20 puntos).

b) La calidad e innovación del proyecto. (35 puntos). Los proyectos que no superen un mínimo de 18 puntos en este apartado quedarán excluidos.

c) Proyección profesional (25 puntos).

d) Viabilidad de realización en la propuesta (20 puntos).

Completada la valoración de la totalidad de las solicitudes presentadas, se elaborará un orden de prelación.

Las propuestas mejor valoradas podrán ser seleccionadas para participar en el programa.

Se podrán seleccionar como suplentes hasta dos solicitantes.

La Comisión propondrá asignar a cada proyecto seleccionado el espacio más adecuado para su desarrollo, así como proponer, en su caso, el lugar de representación.

Decimoprimera. Propiedad intelectual.

Los/as participantes declaran bajo su responsabilidad que el proyecto presentado es de creación intelectual exclusivamente propia y original. En el caso de que el proyecto incorpore obras o prestaciones intelectuales preexistentes, sujetas a algún derecho de propiedad intelectual, declaran y garantizan que cuentan con las correspondientes autorizaciones para su utilización conforme a todos los fines establecidos en la presente convocatoria. Corresponde en exclusiva a los participantes la asunción de todas las responsabilidades que por la infracción de lo dispuesto en los párrafos anteriores pudieran exigirse y se responsabilizarán frente a terceros de cualquier reclamación que pudieran producirse.

La compañía autoriza la grabación del taller formativo, así como la toma de imágenes del proceso de creación y la muestra pública, a efectos exclusivos de documentación y archivos, no pudiendo proceder a la explotación comercial del mismo, así mismo se autoriza a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a tomar imágenes con fines de promoción y difusión del programa.

Decimosegunda. Derechos de imagen.

1. Con el fin de poder cumplir con lo establecido en el apartado anterior, los/as seleccionados/as aceptan y autorizan que su apariencia física, voz y nombre, en su caso, pueda aparecer en todo tipo de soportes físicos y digitales (vídeos, fotografías, carteles, etc.) tomadas en los espacios de las distintas sedes de las residencias para su difusión informativa o promocional, con la salvedad y delimitación de aquellos usos o aplicaciones que pudieran atentar a su derecho al honor en los términos previstos por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil al Derecho al Honor, la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

2. En toda publicidad que realice la compañía o artista del espectáculo resultante del trabajo realizado en el periodo de residencia, sobre cualquier soporte o formato, deberá hacer constar la siguiente leyenda: «Espectáculo realizado gracias al programa Residencias artísticas del Instituto Andaluz de las Artes Escénicas y de la Música».

Decimotercera. Protección de datos.

En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos, se informa a los interesados que los datos personales proporcionados serán tratados por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con domicilio en Estadio La Cartuja, Puerta 13, 41092 Sevilla, y correo electrónico aaiicc@juntadeandalucia, siendo la finalidad de dicho tratamiento la gestión de la presente convocatoria de residencias artísticas. Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones automatizadas, a través de los medios indicados en http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde también encontrarán el formulario recomendado.

Decimocuarta. Aceptación de las bases.

Los/as participantes, por el mero hecho de presentarse a esta convocatoria de residencias, aceptan las condiciones establecidas en la misma. El incumplimiento de lo establecido en estas bases podría suponer la interrupción de la residencia concedida, así como el reintegro de la cantidad correspondiente según la residencia solicitada si la hubiere recibido.

Sevilla, 5 de mayo de 2025.- El Director, José Ángel Vélez González.

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