Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 27/05/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social

Orden de 21 de mayo de 2026, por la que se acuerda la reversión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social de los locales sitos en la calle Blanco Soler, núms. 2 y 4, así como del piso en planta 1.ª, puerta 3, del núm. 4 de la misma calle, en Córdoba.

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Expediente núm. CO 06/015 FBB.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante el Real Decreto 400/1984, de 22 de febrero, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, se traspasa el uso de los locales de la calle Blanco Soler, núms. 2  y 4 de Córdoba, así como del piso en planta 1.ª, puerta 3, del núm. 4 de la misma calle, con referencias catastrales 3141802UG4934S0038WF, 3141802UG4934S0039EG, 3141801UG4934S0001AO y 3141801UG4934S0004FS.

Segundo. Dichos inmuebles figuran anotados en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el núm. 2000001962, naturaleza demanial y adscritos al Servicio Andaluz de Salud de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias.

Tercero. Dentro del marco del Plan Estratégico de Sedes Administrativas de la Junta de Andalucía, los citados inmuebles estaban ocupados de facto por el Servicio de Protección de Menores y el Servicio de Acción e Inserción Social de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba. Estos Servicios han sido trasladados a otra sede, quedando aquellos, por tanto, desocupados.

Cuarto. Conocedora de lo anterior, la Dirección Provincial en Córdoba de la Tesorería General de la Seguridad Social ha solicitado, con objeto de tramitar el correspondiente expediente de desadscripción y reversión, la documentación necesaria para ello, entre ella la resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se acuerde la reversión del inmueble transferido, en favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Quinto. La Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias ha propuesto que se proceda, previa desafectación, a su reversión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Sexto. Previo informe favorable de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, AJ-CEHFE 2026/57, de fecha 27 de abril de 2026, la Dirección General de Patrimonio ha emitido, con fecha 4 de mayo de 2026, resolución de desafectación de los citados inmuebles.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 104.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los bienes inmuebles adscritos a otras Administraciones o entidades de derecho público, salvo que otra cosa se establezca en el acuerdo de adscripción o traspaso, revertirán a la Tesorería General de la Seguridad Social en el caso de no uso o cambio de destino, conforme a lo dispuesto en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Segundo. En aplicación de las reglas competenciales y de procedimiento actualmente en vigor, la persona titular de la Consejería con competencias en materia de patrimonio es la competente para la aceptación de las cesiones de inmuebles, tanto del uso como de la titularidad, ya sea de bienes demaniales (artículo 24.1 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía), como de patrimoniales (artículo 77 de la citada Ley 7/2025, de 22 de diciembre), y por lo tanto, por aplicación analógica, también para revertirlos.

En base a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho citados,

DISPONGO

Primero. Acordar la reversión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social de los locales de la calle Blanco Soler, núms. 2 y 4 de Córdoba, así como del piso en planta 1.ª, puerta 3, del núm. 4 de la misma calle, anotados en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el número 2000001962.

Segundo. Elevar la presente orden, junto con la documentación necesaria, al órgano competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, con objeto de proceder a la desadscripción y reversión de los locales de referencia a la misma mediante la suscripción del correspondiente acta de entrega.

Tercero. De la citada reversión se dejará oportuna constancia en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sevilla, 21 de mayo de 2026

CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda,
Fondos Europeos y Diálogo Social, en funciones
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