Extracto de la Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el año 2026 el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la danza y el circo en Andalucía.
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BDNS: 907807 a 907818.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la danza y el circo en Andalucía, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index
en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25969.html
en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/aaic.html
y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En la presente convocatoria se adquieren compromisos por gastos que han de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autorizan cuya realización se subordinará al crédito que para cada ejercicio autorice el presupuesto, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 40 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Primero. Convocatoria y financiación.
Se convoca en el ámbito de la Consejería de Cultura y Deporte (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales) en el ejercicio 2026 el procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la danza y el circo en Andalucía, en las líneas y sublíneas que a continuación se detallan:
a) Línea 1: Ayudas para programas de creación, experimentación e investigación en todos los ámbitos y prácticas de la cultura escénica contemporánea del teatro, la danza y el circo, vinculados a un espacio especializado de gestión privada.
b) Línea 2: Ayudas a la producción de espectáculos de teatro, danza y circo.
En esta línea se distinguen las siguientes sublíneas:
- Sublínea 2.a. Proyectos de producción bienal de espectáculos de teatro, danza y circo dirigidos a público adulto, infantil o juvenil.
- Sublínea 2.b. Proyectos de producción anual de teatro.
- Sublínea 2.c. Proyectos de producción anual de danza.
- Sublínea 2.d. Proyectos de producción anual de circo.
c) Línea 3: Ayudas para la distribución de teatro, danza y circo.
En esta línea se distinguen las siguientes sublíneas:
-Sublínea 3.a. Ayudas para proyectos de gira y asistencia a festivales o a eventos de exhibición de especial interés con espectáculos de teatro, danza o circo, cuyo inicio tenga lugar en el año de la convocatoria y finalicen como máximo el 31 de enero del año siguiente.
-Sublínea 3.b. Ayudas a personas físicas o empresas dedicadas a la distribución de teatro, danza y circo para la asistencia a mercados, ferias y otros eventos de artes escénicas relacionados con la actividad de distribución que se celebren en el año natural de la convocatoria, así como las actividades y gestiones preparatorias para ello.
d) Línea 4: Ayudas para la realización de proyectos y actividades profesionales relacionadas con la difusión o exhibición del teatro, danza y circo.
En esta línea se distinguen las siguientes sublíneas:
- Sublínea 4.a. Proyectos de gestión, mediación y promoción cultural que fomenten el encuentro de profesionales del sector de las artes escénicas y el acercamiento de este a la ciudadanía a través de encuentros, jornadas, seminarios, congresos y actividades similares que se celebren en Andalucía y que tengan inicio en el año de la convocatoria y finalicen antes del 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.
- Sublínea 4.b. Organización de eventos culturales de exhibición de espectáculos de teatro, danza y circo en formato de ferias, ciclos, festivales o muestras que se celebren en Andalucía y que tengan inicio en el año de la convocatoria y finalicen antes del 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.
- Sublínea 4.c. Subvención a salas de exhibición escénica de gestión privada ubicadas en Andalucía para el desarrollo de una programación estable de espectáculos de teatro, danza y circo dirigidos a público adulto, familiar, infantil y juvenil que cuenten con equipamiento y dotación suficiente para el desarrollo de una programación anual estable que deberá constar como mínimo de 50 representaciones anuales de compañías de teatro, danza o circo, todas ellas de carácter profesional de las que al menos 25 corresponderán a empresas con establecimiento o una sucursal, en el momento en el que las ayudas se hagan efectivas, en un mínimo de tres provincias distintas de Andalucía.
En las distintas líneas y sublíneas quedan excluidos los proyectos en los que la programación se base exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco.
El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y su plazo de duración será de 6 meses a contar desde la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
La financiación de estas ayudas se imputará a los créditos del capítulo IV del presupuesto de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y se harán efectivas con cargo a la partida presupuestaria 1951010000 G/45E/47002/00 01, con una dotación de 1.550.000 euros, distribuida en tres anualidades, 775.000,00 euros con efectividad en caja en 2026, 625.000,00 euros en 2027 y 150.000,00 euros en 2028.
La cuantía del crédito presupuestario que se asigna a cada línea de subvención será:
Línea 1: El crédito presupuestario asignado a esta línea 1 suma 75.000,00 euros.
Línea 2: La asignación presupuestaria asignada a esta Línea 2 suma 775.000,00 euros, que se distribuye entre las distintas sublíneas correspondiendo a cada una de ellas:
- Sublínea 2.a.: 300.000,00 euros.
- Sublínea 2.b.: 225.000,00 euros.
- Sublínea 2.c.: 175.000,00 euros.
- Sublínea 2.d.: 75.000,00 euros.
Línea 3: La asignación presupuestaria total de esta Línea 3 suma 275.000,00 euros, correspondiendo:
- Sublínea 3.a.: 175.000,00 euros.
- Sublínea 3.b.: 100.000,00 euros.
Línea 4: El crédito presupuestario asignado a esta Línea 4 asciende a 425.000,00 euros. La distribución del crédito asignado a esta Línea entre sus sublíneas queda tal cual figura a continuación:
- Sublínea 4.a.: 50.000,00 euros.
- Sublínea 4.b.: 125.000,00 euros.
- Sublínea 4.c.: 250.000,00 euros.
Hay que tener en consideración en esta Línea 4 que los gastos correspondientes al Epígrafe 1 no podrán exceder de un porcentaje máximo del 40% sobre el total del presupuesto.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas privadas legalmente constituidas y las entidades de carácter asociativo legalmente constituidas que se encuentren en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria que dispongan de un establecimiento o de una sucursal en Andalucía en el momento en que las ayudas se hagan efectivas, debiendo acreditarse dicho extremo en el trámite de audiencia concedido tras la propuesta provisional de resolución.
No podrán alcanzar la condición de beneficiarios en la presente convocatoria las entidades de derecho público.
Tercero. Objeto.
Las ayudas que se convocan tienen por objeto en sus distintas líneas:
- Línea 1: Estas ayudas tienen por objeto apoyar proyectos de creación, experimentación o investigación llevados a cabo en equipamientos o espacios culturales especializados que presten servicios a profesionales del sector de las artes escénicas del teatro, la danza y el circo.
- Línea 2: Su objeto es apoyar la financiación de proyectos y actividades para promocionar las artes escénicas andaluzas a través del apoyo a la creación, producción y estreno de espectáculos de teatro, danza y circo.
- Línea 3: El objeto de las ayudas contempladas en esta línea es promocionar las artes escénicas andaluzas a través de programas de distribución de espectáculos de teatro, danza o circo.
- Línea 4: Estas ayudas tendrán por objeto el apoyo de proyectos y actividades que tienen por finalidad promocionar las artes escénicas andaluzas a través de programas de exhibición y difusión.
Cuatro. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por la Orden de 23 de abril de 2026 (BOJA núm. 82, de 30 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la danza y el circo en Andalucía.
Las referidas bases reguladoras se integran por el texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, aprobado mediante Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de diciembre de 2019, y por los cuadros resumen que se anexan a la Orden de 23 de abril de 2026 (BOJA núm. 82, de 30 de abril) para cada una de las líneas que regula.
Asimismo, la Orden de 23 de abril de 2026 (BOJA núm. 82, de 30 de abril) se adecúa al ordenamiento europeo, siéndoles aplicables a las subvenciones que al amparo de ella se otorgan las normas de exención por categorías aplicables a los regímenes de ayudas a la cultura y la conservación del patrimonio que se establece en el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, con régimen prorrogado por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023.
Quinto. Importe.
La dotación presupuestaria asignada a cada una de las líneas convocadas se ha recogido en el apartado primero del presente extracto.
El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria será, según la línea a la que concurran:
- En la Línea 1: La cuantía máxima de la subvención será de 20.000,00 euros, siempre que no supere el 75% del presupuesto aceptado del proyecto.
- En la Línea 2: La cuantía máxima de la subvención que se conceda será en la sublínea 2.a de 125.000,00 euros y en las sublíneas 2.b, 2.c y 2.d de 50.000,00 euros en cada una de ellas, y en las distintas sublíneas no podrá superar el 75% del presupuesto aceptado del proyecto.
- En la Línea 3: La cuantía máxima de la subvención que se conceda será de 25.000,00 euros en la sublínea 3.a y de 15.000,00 euros en la sublínea 3.b, y en las distintas sublíneas no podrá superar el 75% del presupuesto aceptado del proyecto.
- En la Línea 4: La cuantía máxima de la subvención que se conceda será de 15.000,00 euros para la sublínea 4.a, para la sublínea 4.b de 70.000,00 euros y para la sublínea 4.c de 75.000,00 euros, la cuantía que se puede obtener en esta Línea 4 no puede representar un porcentaje superior al 75% del presupuesto aceptado del proyecto para las sublíneas 4.a y 4.c y un porcentaje no superior al 35% para la sublínea 4.b.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto, tal como está previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
El formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario para manifestar alegaciones, presentar reformulación y documentación (Anexo II) se podrán obtener en la página web
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector/promocion-teatromusicadanza.html
y en el Catálogo de procedimientos y servicios de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25969.html
Asimismo, en la web de la Agencia,
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector/promocion-teatromusicadanza.html
se pone a disposición de los solicitantes concurrentes otra serie de formularios que deberán utilizar en función de la línea de subvención a la que concurran, entre los que destacan: el modelo de presupuesto y plan de financiación, el modelo de documento para declarar la Autoría de las obras, el modelo de Declaración responsable, el modelo de Plan de gira, el modelo de Plan de programación, el modelo de Solicitud autorización de gastos vinculados y la Guía para elaborar el dossier.
El Director de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, José Ángel Vélez González.
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