Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 07/07/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente

Acuerdo de 1 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la enajenación de la participación de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P., en la «UTE Cox O&M, S.L.U., y Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982».

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La Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P. (en adelante «la Agencia»), es una Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 4 de diciembre de 2018, por el que se presta conformidad para que la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía actúe como medio propio personificado de la Administración de la Junta de Andalucía, y el Decreto 220/2018, de 4 de diciembre, por el que se adecúan los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, a lo previsto en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al Ordenamiento Jurídico Español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, tiene la consideración de medio propio personificado.

La «UTE Cox O&M, S.L.U., y Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982» (en adelante UTE RSU Guadalajara), se constituyó el 17 de enero de 2002 (aunque inicialmente formaban parte de la misma Abengoa Agua, S.A., y Empresa de Gestión Medioambiental, S.A.) con el objeto social de ejecutar el contrato formalizado el 25 de enero de 2002 para la adquisición de terrenos, redacción del proyecto, ejecución de las obras y explotación de un Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos en Guadalajara, y la explotación de seis Estaciones de Transferencia, como resultado de la adjudicación del concurso realizado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como las obras y servicios complementarios y accesorios al objeto principal.

La participación de cada una de las entidades en la totalidad de los beneficios o pérdidas de la UTE RSU Guadalajara, así como en los restantes riesgos, derechos y obligaciones quedó establecida en un 55% para Cox O&M, S.L.U. y el 45% restante para la Agencia.

En sesión de 29 de junio de 2020 el Consejo Rector de la Agencia autorizó la venta de los derechos que le corresponden a la Agencia en la UTE RSU Guadalajara.

Posteriormente, mediante oficio de 25 de septiembre de 2025, se solicitó a la Dirección General de Patrimonio informe respecto a la enajenación de la totalidad de la participación en la UTE RSU Guadalajara, comunicándose la existencia de interés por parte del Grupo Cox al que pertenece Cox O&M, S.L.U., y Cox T&I, S.L.U., en adquirir la participación de la Agencia, así como autorización del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la provincia de Guadalajara a la cesión del 45% de la participación de la Agencia en favor de Cox T&I, S.L.U.

La Dirección General de Patrimonio informa con fecha 5 de marzo de 2026 que al no tratarse de un valor que cotice en mercado secundario organizado, la enajenación deberá realizarse por subasta a concurso, salvo que pueda entenderse, a juicio del órgano de la agencia competente para la enajenación, que concurre alguno de los supuestos de limitación estatutaria a la libre transmisibilidad a los que se refiere el artículo 152.3.a) de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Con fecha 12 de marzo de 2026 se informa favorablemente por la Subdirección de Servicios Jurídicos de la Agencia un procedimiento de enajenación directa, negociado y sin publicidad para la enajenación de la participación de la Agencia en la UTE RSU Guadalajara.

Con fecha 25 de marzo de 2026, el Consejo Rector de la Agencia ratifica su acuerdo de 29 de junio de 2020 en cuanto a la enajenación de la participación que la Agencia tiene en la UTE RSU Guadalajara, si bien concretándose que la autorización para la venta está referida a un procedimiento de enajenación directa.

Iniciada la negociación, se recibe con fecha 20 de mayo de 2026 oferta vinculante de la sociedad Cox T&I, S.L.U., así como las oportunas aclaraciones a las consultas realizadas por la Agencia, con fecha 25 de mayo de 2026.

Con fecha 18 de junio de 2026, la Dirección General de Patrimonio emite informe favorable a la operación proyectada consiste en la enajenación total de la participación de la Agencia en la UTE RSU Guadalajara.

Como señala el informe de la Dirección General de Patrimonio «en cuanto al precio final de la participación de la Agencia, este se ha fijado mediante una valoración estática basada en el valor del activo neto real. Sin embargo, debido a la incertidumbre asociada a una provisión para riesgos y gastos a corto plazo, el precio de venta queda sujeto a un ajuste en función de la efectiva materialización de dicha provisión, conforme a los términos previamente acordados por ambas partes.

En consecuencia, nos encontramos ante un precio cierto, aunque determinable, plenamente válido en derecho. Su concreción final depende de parámetros objetivos, verificables y previamente establecidos, lo que elimina cualquier margen de discrecionalidad entre las partes y garantiza el cumplimiento del requisito legal de certeza del precio».

En tal sentido, el precio fijado para la venta a Cox T&I, S.L.U., de la totalidad de la participación de la Agencia en la UTE RSU Guadalajara es el de 1.794.843,52 euros, sin perjuicio de que pueda en el futuro ser ajustado, en relación con la provisión de 504.069,62 euros asociada a un posible nuevo convenio con ECOEMBES, cuyo resultado podría incrementar el valor final de la participación, si dicha provisión resultara innecesaria total o parcialmente, al depender de la evolución futura de los ingresos vinculados a dicho acuerdo.

Esta actuación supone una reducción de la participación del sector público andaluz en entidades que participan libremente en el mercado, continuando con el esfuerzo para alcanzar mayor eficacia, reducción de costes y racionalización.

En su virtud, a solicitud del Director Gerente de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía M.P., previo informe de la Dirección General de Patrimonio, y a propuesta conjunta del Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y de la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, de conformidad con el artículo 151 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de julio de 2026,

ACUERDA

Primero. Autorizar la enajenación de la participación que la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P. ostenta en la «UTE Cox O&M, S.L.U. y Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982» (UTE RSU Guadalajara).

Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de julio de 2026

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía, en funciones
ANTONIO SANZ CABELLO
Consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias, en funciones
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