Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 20/07/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social

Resolución de 27 de mayo de 2026, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, por la que se autoriza la ejecución de la nueva acometida de gas natural del proyecto que se cita. (PP. 1261/2026).

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Expediente: GN-372.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Nedgia Andalucía, S.A., con NIF A41225889, mediante escrito con fecha de entrada en esta delegación 22 de abril de 2025 y núm. de registro electrónico 202599904538503, presentó solicitud de autorización administrativa y aprobación del «Proyecto de autorización administrativa y ejecución de instalaciones para la nueva acometida de gas natural en acero DN 2” en MOP 49,5 bar a la industria HFF Protein Sur, S.L.» en el término municipal de Ayamonte (Huelva) (ref. DISCCP24070013084103), firmado el 1 de abril de 2025 por la Ingeniero Técnico Industrial doña Alejandra Risco Barba, perteneciente al COITIM, colegiado núm. 25.430. Dicha solicitud ha dado lugar a la apertura del expediente núm. GN-372.

Segundo. Las principales características de la instalación se relacionan a continuación:

1. Finalidad de la misma: Acometida de Gas Natural a la industria HFF Protein Sur, S.L., en el término municipal de Ayamonte.

2. Conexión inicial: Red existente RAB-F00C1.

- Presión: 49,5 bar.

- Diámetro: Acero 8”.

3. Conexión final: Industria HFF Protein Sur, S.L.

- Presión: 49,5 bar.

- Diámetro: Acero 2”.

4. Longitud ampliación de red: 480 m.

5. Longitud de acometida: 14 m.

6. Presupuesto total: 115.865,80 €.

Tercero. Se procedió a remitir separatas en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo: a las Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general:

- Ayuntamiento de Ayamonte.

- Sv. de Espacios Naturales Protegidos y al Servicio de Protección Ambiental de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.

- Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible.

- Edistribución Redes Digitales, S.L.U.

- Telefónica de España.

- Jazztel.

- Lyntia Networksm, S.A.

Se ha recibido respuestas por parte de:

- Dpto. de Vías Pecuarias del Sv. de Espacios Naturales Protegidos, mediante escrito de fecha 29 de julio de 2025, comunica que:

«Ha aperturado el expediente de ocupación temporal de la vía pecuaria “Vereda del camino viejo de Villarrasa” (Expte. OCU-EXT-086-25) el cual cuenta con informe técnico favorable de fecha 24 de abril de 2025 y se encuentra actualmente en trámite administrativo en la última fase del procedimiento.»

- Servicio de Protección Ambiental en el que comunica mediante escrito de fecha 28 de agosto de 2025 que:

«El Proyecto afecta parcialmente a terrenos ubicados en zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, por lo que Nedgia Andalucía, S.A., deberá obtener la correspondiente autorización de uso u ocupación de zona de servidumbre de protección, tal como establece la Ley 22/1988, de Costas, y su reglamento. Las condiciones se establecerán en la resolución que finalice el procedimiento administrativo del expediente ZSP-09/2025 en tramitación.»

- Edistribución Redes Digitales, S.L.U., mediante informe técnico de fecha 26 de septiembre de 2025 (Exp. 85170174), informan que la afección de la obra con la infraestructura de Edistribución son:

• Cruzamiento y paralelismo con línea subterránea de media tensión: Matadero_B.

• Cruzamiento y paralelismo con las salidas de BT del CD: 80394.

- Telefónica de España, mediante escrito de fecha 28 de julio de 2025, indica que:

«No tiene objeción alguna a la ejecución del proyecto referido siempre y cuando se cumpla la normativa vigente en relación con los paralelismos y cruzamientos con líneas de telecomunicación y en particular los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión. Asimismo, le recordamos que el cumplimiento de la normativa vigente tanto en fase de diseño como de ejecución es responsabilidad de la empresa que promueve los trabajos contenidos en el proyecto.»

Dándose la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia.

Cuarto. Esta solicitud de autorización administrativa ha sido sometida a un periodo de información pública en el BOP de Huelva núm. 183/25, de 25 de septiembre de 2025. Dentro del periodo de información pública no se han recibido alegaciones de particulares.

Quinto. Con fecha 27 de abril de 2026, Nedgia Andalucía, S.A., presenta la resolución de la licencia de actividad con calificación ambiental favorable, emitida por el Ayuntamiento de Ayamonte (expediente 20653/2025), con fecha 16 de abril de 2026.

Sexto. Con fecha 13 de mayo de 2026, la empresa Nedgia Andalucía, S.A., presenta aval complementario constituido el 13 de mayo de 2026 ante Banco Santander, S.A., con NIF A39000013 (Rue: CAJAVAL-EH2195-2026/500208), al ya presentado con fecha 28 de mayo de 2025, constituido el 23 de mayo de 2025 (Rue: CAJAVAL-EH2195-2025/500138), ante Caixabank, S.A., con NIF A08663619, para responder de las obligaciones derivadas de la «Autorización del proyecto de autorización administrativa y ejecución de instalaciones para la nueva acometida de gas natural en acero DN 2” en MOP 49,5 bar a la industria HFF Protein Sur, S.L., en el término municipal de Ayamonte (Huelva), núm. expediente 372-GN, núm. obra 112025594421», de acuerdo con el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y el artículo 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Séptimo. Con fecha 14 de mayo de 2026, este Servicio de Energía informó favorablemente la propuesta de resolución de la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución de la citada instalación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva es competente para dictar la presente resolución según lo dispuesto en los artículos. 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo al artículo 10 del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, modificado por Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, sobre reestructuración de Consejerías, y de conformidad con el artículo 6 del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, esta Consejería ha pasado a denominarse Consejería de Industria, Energía y Minas, por el Decreto 4/2023, de 11 de abril, y con lo previsto en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Tercero. La seguridad industrial de las instalaciones de distribución de gases combustibles está regulada, entre otras disposiciones, mediante el Real Decreto 919/2006, de 28 de junio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.

Cuarto. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 21 que la administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación.

Vistos los antecedentes de hecho, teniendo en cuenta los fundamentos de derecho y demás preceptos legales de general aplicación, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Otorgar a favor de Nedgia Andalucía, S.A., y número de identificación A41225889, autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para el proyecto «Nueva acometida de gas natural en acero DN 2” en MOP 49,5 bar a la industria HFF Protein Sur, S.L.» en el término municipal de Ayamonte (Huelva) (Ref. DISCCP24070013084103), cuyas características principales se indican en el antecedente de hecho segundo.

Segundo. Esta autorización administrativa se otorga sometida a las condiciones generales que prevén la Ley 34/1998, de 7 de octubre, el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, y bajo las condiciones especiales siguientes:

1. El plazo para llevar a cabo las instalaciones y su puesta en servicio será de un año, contados desde la fecha de publicación de esta autorización administrativa.

2. La fianza será devuelta al solicitante una vez que, autorizadas las instalaciones y construidas en los plazos que se establezcan en las autorizaciones para el montaje de las mismas, y la Delegación Territorial de Economía Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, formalice la puesta en servicio de aquellas.

3. Las instalaciones objeto de esta autorización administrativa se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el proyecto presentado por el solicitante, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente número GN-372.

4. Las instalaciones que se ejecuten cumplirán las disposiciones y normas técnicas que en general sean de aplicación y, en particular, las correspondientes al Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural, Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, Normas para su aplicación o complementarias, Reglamento de Recipientes a Presión, Reglamentos Electrotécnicos, así como cuantas la sustituyan o se dicten a nivel estatal o de esta Comunidad y le sean de aplicación.

5. El peticionario deberá solicitar la autorización administrativa correspondiente para realizar cualquier modificación del proyecto aprobado.

6. Esta Delegación Territorial podrá realizar, durante las obras y cuando se hayan acabado, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones de esta resolución. Con esta finalidad el peticionario comunicará a la Delegación Provincial la fecha de inicio de las obras, la realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante.

7. Una vez ejecutadas las obras, la empresa peticionaria solicitará de la Delegación Territorial el acta de puesta en servicio de las instalaciones, adjuntando el certificado de dirección y de finalización de obra firmado por el técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente, mediante el cual se acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y a la normativa aplicable. A este certificado se adjuntarán las actas de pruebas y controles reglamentarios.

8. El peticionario asegurará la vigilancia y el mantenimiento correctos de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que en todo momento cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

10. La presente autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones, las licencias y demás permisos de competencia municipal, provincial u otros que sean necesarios para la realización de las instalaciones autorizadas.

Tercero. Notifíquese esta resolución al peticionario y a todas aquellas Administraciones, organismo o empresas de servicio público o de servicios de interés general que emitieron condicionado técnico o debieron emitirlo en el expediente de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Huelva, 27 de mayo de 2026.- La Secretaria General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52, de 17.3.2022), la Delegada, Lucía Núñez Sánchez.

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