Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica adenda número uno al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Válor (Granada), para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00332233.

En ejecución de las facultades asignadas a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural por Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, y Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, y en el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de aguas, en virtud de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, se ha suscrito adenda número uno al convenio con el Ayuntamiento de Válor, de 22 de diciembre de 2025, que tiene por objeto la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dada la necesidad de su conocimiento y publicidad, conforme al artículo 31.7 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía y de acuerdo con lo establecido en la cláusula decimotercera del Convenio de 29 de diciembre de 2021, y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas,

RESUELVO

Hacer público el contenido de la adenda número uno al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Válor (provincia de Granada) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se acompaña como anexo.

Sevilla, 14 de enero de 2026.- El Director General, Álvaro Real Jiménez.

ANEXO

Adenda número uno al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Válor (provincia de Granada) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía

22 de diciembre de 2025

REUNIDOS

De una parte, don Ramón Fernández-Pacheco Monterreal, Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, actuando en nombre y representación de esta Consejería, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 13/2024, de 29 de julio, y en ejercicio de las facultades que le atribuyen los artículos 9 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

De otra, don Juan Antonio Sánchez Montoro, en calidad de Alcalde del Ayuntamiento de Válor, estando facultado para la firma de la presente Adenda en virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión del día 10 de diciembre de 2025, interviene en representación del municipio según las atribuciones conferidas en virtud del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en ejercicio de las competencias que establece para los municipios el artículo 25 de la citada ley y demás normas concordantes.

Las partes se reconocen mutuamente, en razón de la representación que ostentan, capacidad suficiente para suscribir la presente Adenda, y para asumir los compromisos y obligaciones que de ella se derivan, y a tal efecto

EXPONEN

I. Con fecha 23 de diciembre de 2021, la anterior Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Válor suscribieron un convenio de colaboración para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

II. El referido Convenio de colaboración en su Cláusula octava, sobre su duración, establece una duración de cuatro años a contar desde la fecha de su firma, finalizando por tanto su duración el 23 de diciembre de 2025, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años adicionales de manera expresa y por escrito de las partes, siempre que se formalice con anterioridad a su fecha de vencimiento y con un plazo de preaviso de tres meses.

III. El contrato de obras y el contrato de asistencia técnica a la dirección de obras se adjudicaron en junio de 2023 (CONTR-2023-00000042893 y LOTE-2023-0000001784, CONTR-2021-0000736185 y LOTE-2023-000000467 respectivamente), y se encuentran actualmente en ejecución, no siendo sin embargo previsible su total finalización dentro del plazo de duración del Convenio.

IV. El importe total del Convenio se estimó en cuatrocientos cuarenta y cuatro mil sesenta y cinco euros con noventa céntimos (444.065,90 euros, incluidos el IVA 21% y el importe estimado del coste expropiatorio de 2.681,04 euros). Una vez adjudicados los contratos, el importe total del Convenio se estima en quinientos treinta y dos mil seiscientos noventa euros con noventa y cinco céntimos (532.690,95 euros, incluidos el IVA 21% y el importe estimado del coste expropiatorio de 2.681,04 euros), por lo que se hace necesario actualizar el apartado 1.3 de la Cláusula primera y el apartado 4.3 de la Cláusula cuarta del Convenio.

V. Asimismo el apartado 4.4 de la Cláusula cuarta recoge la partida presupuestaria con cargo a la cual se financian las obras: 1300208141 G/51D/61010/00 OIF2001 2020000170. Esta partida presupuestaria se ha modificado a 1200208141 G/51D/61010/18 OIF2001 2020000170 según la codificación correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural establecida en la Orden de 20 de mayo de 2025, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2026. Las anualidades estimadas han sido modificadas, siendo actualmente 2021-2026. Por lo tanto esta Adenda modificaría el apartado 4.4 de la Cláusula cuarta del Convenio en ambos sentidos.

VI. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 49, apartado h), sobre la duración de los convenios, establece: «h) Plazo de vigencia del convenio teniendo en cuenta las siguientes reglas: 1.º. Los convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años, salvo que normativamente se prevea un plazo superior. 2.º. En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción».

VII. Las partes manifiestan su interés en prorrogar por cuatro años la vigencia del Convenio de colaboración de 23 de diciembre de 2021 y en modificar los apartados 1.3, 4.3 y 4.4 de las cláusulas primera y cuarta del Convenio firmado.

VIII. La prórroga está basada en el mantenimiento de las razones que llevaron a la suscripción del Convenio y al resultado positivo obtenido de su desarrollo.

En virtud de lo anteriormente expuesto, las partes, actuando mediante las representaciones correspondientes, suscriben y formalizan la presente Adenda núm. 1 al Convenio suscrito el 23 de diciembre de 2021, cuyo objeto es adecuar el contenido de la Cláusula primera Objeto del convenio y la Cláusula cuarta Financiación de las obras y abonos de las indemnizaciones por expropiaciones de bienes y derechos afectados por las mismas, quedando vigentes el resto de cláusulas del Convenio que no se vean afectadas por esta Adenda.

ACUERDAN

Primero. Prorrogar, en los mismos términos y condiciones que no hayan sido modificados a través de la Adenda, el Convenio de colaboración suscrito el 23 de diciembre de 2021, entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Válor para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un plazo de cuatro años contados a partir de la fecha de finalización de su vigencia, quedando establecida la misma hasta el 23 de diciembre de 2029. La presente Adenda surtirá efectos a partir de la fecha de su firma.

Segundo. Modificar el apartado 1.3 de la Cláusula primera del Convenio que queda redactado como sigue:

«1.3. El importe estimado total del Convenio asciende a quinientos treinta y dos mil seiscientos noventa euros con noventa y cinco céntimos (532.690,95 euros, incluido IVA 21%).»

Tercero. Modificar los apartados 4.3 y 4.4 de la Cláusula cuarta del Convenio que quedan redactados como siguen:

«4.3. Para la ejecución de las obras de la Agrupación de vertidos y EDAR de Válor (Granada), el presupuesto estimado asciende a quinientos treinta y dos mil seiscientos noventa euros con noventa y cinco céntimos (532.690,95 euros, incluido IVA 21%), que incluye el importe estimado del coste expropiatorio, que se indica en la presente Cláusula.

4.4. La partida presupuestaria, código de proyecto y anualidades estimadas son los siguientes:

Financiación con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma.

Partida presupuestaria y código de proyecto: 1200208141 G/51D/61010/18 OIF2001 2020000170.

Anualidades estimadas:

2021: 2.681,04 €. (Coste de las expropiaciones).
2023: 7.628,31 €.
2024: 1.590,86 €.
2025: 60.626,94 €.
2026: 460.163,80 €.
Total: 532.690,95 €.

La distribución temporal de anualidades podrán ser sujetas a reajuste en función de las necesidades reales en el orden económico que el normal desarrollo de las infraestructuras exija.

Cuarto. La Adenda se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el plazo de diez días desde su firma.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares, los firmantes suscriben la presente Adenda al Convenio, en la fecha de la firma.

El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, don Ramón Fernández-Pacheco Monterreal; el Alcalde del Ayuntamiento de Válor, don Juan Antonio Sánchez Montoro.

Descargar PDF