Resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica adenda número dos al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el Consorcio Provincial del Agua de Málaga y el Ayuntamiento de Valle de Abdalajís (Málaga) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito territorial del municipio de Valle de Abdalajís.
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En ejecución de las facultades asignadas a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural por Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, y Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, y en el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de aguas, en virtud de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, se ha suscrito adenda número dos al Convenio con el Ayuntamiento de Valle de Abdalajís, de 23 de diciembre de 2025, que tiene por objeto la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito territorial del municipio de Valle de Abdalajís.
Dada la necesidad de su conocimiento y publicidad, conforme al artículo 31.7 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía y de acuerdo con lo establecido en la cláusula decimocuarta del convenio de 23 de diciembre de 2021, y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas,
RESUELVO
Hacer público el contenido de la adenda número dos al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el Consorcio Provincial del Agua de Málaga y el Ayuntamiento de Valle de Abdalajís (provincia de Málaga) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito territorial del municipio de Valle de Abdalajís, que se acompaña como anexo.
Sevilla, 14 de enero de 2026.- El Director General, Álvaro Real Jiménez.
ANEXO
Adenda número dos al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el Consorcio Provincial del Agua de Málaga y el Ayuntamiento de Valle de Abdalajís (provincia de Málaga) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito territorial del municipio de Valle de Abdalajís.
23 de diciembre de 2025
REUNIDOS
De una parte, don Ramón Fernández-Pacheco Monterreal, Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, actuando en nombre y representación de esta Consejería, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 13/2024, de 29 de julio, y en ejercicio de las facultades que le atribuyen los artículos 9 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
De otra, don Luis José Rodríguez Pozo, en calidad de Presidente del Consorcio Provincial del Agua de Málaga, estando facultado para la firma de la presente adenda en virtud del acuerdo de la Junta General adoptado en sesión del 19 de diciembre de 2025, interviene en representación del Consorcio según las atribuciones conferidas en virtud del artículo 13 de los Estatutos reguladores de dicho ente aprobados el 19 de diciembre de 2002.
Y de otra, doña Virgina Romero Muñoz, en calidad de Alcaldesa del Ayuntamiento de Valle de Abdalajís, estando facultada para la firma del presente Convenio en virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión del 16 de diciembre de 2025, interviene en representación del municipio según las atribuciones conferidas en virtud del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en ejercicio de las competencias que establecen para los municipios el artículo 25 de la citada ley y demás normas concordantes.
Las partes se reconocen mutuamente, en razón de la representación que ostentan, capacidad suficiente para suscribir la presente adenda, y para asumir los compromisos y obligaciones que de ella se derivan, y a tal efecto
EXPONEN
I. Que con fecha 23 de diciembre de 2021 la anterior Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el Consorcio Provincial del Agua de Málaga y el Ayuntamiento de Valle de Abdalajís suscribieron un Convenio de colaboración para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito territorial del municipio de Valle de Abdalajís.
II. Que el 17 de junio de 2025 se firmó la primera adenda al Convenio para incluir cláusulas referidas al cumplimiento de la normativa del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el que se encuentra incluida la actuación objeto de este Convenio.
III. Que el referido Convenio de colaboración en su cláusula octava, sobre su duración, establece una duración de cuatro años a contar desde la fecha de su firma, finalizando por tanto su duración el 23 de diciembre de 2025, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años adicionales de manera expresa y por escrito de las partes, siempre que se formalice con anterioridad a su fecha de vencimiento y con un plazo de preaviso de tres meses.
IV. El contrato de obras y el contrato de asistencia técnica a la dirección de obras se adjudicaron en agosto de 2023 y febrero de 2022 respectivamente (CONTR-2021-565662 y LOTE-2022-0000002259, CONTR-2020-0000092150 y LOTE-2021-0000005461 respectivamente) y se encuentran actualmente en ejecución, no siendo sin embargo previsible su total finalización dentro del plazo de duración del Convenio.
V. El importe total del Convenio se estimó en un millón novecientos ocho mil ochocientos setenta y cuatro euros con sesenta céntimos (1.908.874,60 €, incluidos el IVA 21% y el importe estimado del coste expropiatorio de 23.502,74 euros). Una vez adjudicados los contratos, el importe total del Convenio se estima en dos millones cinco mil cuatrocientos cincuenta euros con noventa y tres céntimos (2.005.450,93 euros, incluidos el IVA 21% y el importe estimado del coste expropiatorio de 23.502,74 euros), por lo que se hace necesario actualizar el apartado 1.2 de la cláusula primera y el apartado 4.3 de la cláusula cuarta del Convenio.
VI. Asimismo el apartado 4.4 de la cláusula cuarta recoge la partida presupuestaria con cargo a la cual se financian las obras: 1300208141 G/51D/61000/00 OIF2000 2014000393. Esta partida presupuestaria se ha modificado a 1200208141 G/51D/61010/00 OIF2000 2014000393 según la codificación correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural establecida en la Orden de 20 de mayo de 2025, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2026. Las anualidades estimadas han sido modificadas, siendo actualmente 2024-2026. Por lo tanto esta Adenda modificaría el apartado 4.4 de la cláusula cuarta del Convenio en ambos sentidos.
VII. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 49, apartado h), sobre la duración de los convenios, establece: «h) Plazo de vigencia del convenio teniendo en cuenta las siguientes reglas: 1.º Los convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años, salvo que normativamente se prevea un plazo superior. 2.º En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.».
VIII. Que las partes manifiestan su interés en prorrogar por cuatro años la vigencia del Convenio de colaboración de 23 de diciembre de 2021 y en modificar los apartados 1.2, 4.3 y 4.4 de las cláusulas primera y cuarta del Convenio firmado.
IX. Que la prórroga está basada en el mantenimiento de las razones que llevaron a la suscripción del Convenio y al resultado positivo obtenido de su desarrollo.
ACUERDAN
Primero. Prorrogar, en los mismos términos y condiciones que no hayan sido modificados a través de adenda, el Convenio de colaboración suscrito el 23 de diciembre de 2021 entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, el Consorcio Provincial del Agua de Málaga y el Ayuntamiento de Valle de Abdalajís para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito territorial del municipio de Valle de Abdalajís, por un plazo de cuatro años contados a partir de la fecha de finalización de su vigencia, quedando establecida la misma hasta el 23 de diciembre de 2029. La presente adenda surtirá efectos a partir de la fecha de su firma.
Segundo. Modificar el apartado 1.2 de la cláusula primera del Convenio que queda redactado como sigue:
«1.2. Las infraestructuras objeto del presente Convenio son las obras de adecuación y remodelación de la EDAR de Valle de Abdalajís (número de expediente CONTR 2021 0000565662 Lote IV) consistentes básicamente en la ejecución de las obras para la construcción de una nueva EDAR, ya que la existente sufrió daños de consideración por una fuerte avenida, al estar ubicada en zona inundable, así como un tanque de tormentas, y con una valoración estimada de dos millones cinco mil cuatrocientos cincuenta euros con noventa y tres céntimos (2.005.450,93 euros, incluidos el IVA 21% y el coste estimado de las expropiaciones de 23.502,74 euros).»
Tercero. Modificar los apartados 4.3 y 4.4 de la cláusula cuarta del Convenio que quedan redactados como siguen:
«4.3. Para la ejecución de las obras de adecuación y remodelación de la EDAR de Valle de Abdalajís el presupuesto estimado asciende a dos millones cinco mil cuatrocientos cincuenta euros con noventa y tres céntimos (2.005.450,93 euros, incluidos el IVA 21% y el coste estimado de las expropiaciones de 23.502,74 euros).»
«4.4. La partida presupuestaria, código de proyecto y anualidades estimadas son los siguientes:
Financiación con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma.
Partida presupuestaria y código de proyecto: 1200208141 G/51D/61010/00 OIF2000 2014000393.
Anualidades estimadas:
2024: 331.261,70 €.
2025: 1.104.656,42 €
2026: 546.030,07.
Coste de las expropiaciones: 23.502,74 €.
TOTAL: 2.005.450,93 €.
La distribución temporal de anualidades podrán ser sujetas a reajuste en función de las necesidades reales en el orden económico que el normal desarrollo de las infraestructuras exija.»
Cuarto. Conforme a la cláusula Duodécima del Convenio, referida a la remisión a la Cámara de Cuentas, la presente adenda una vez suscrita se remitirá electrónicamente a dicho organismo.
Quinto. La Adenda se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el plazo de diez días desde su firma.
Y en prueba de conformidad con lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares, los firmantes suscriben la presente adenda al Convenio, en la fecha de la firma.
El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, don Ramón Fernández-Pacheco Monterreal; el Presidente del Consorcio Provincial de Agua de Málaga, don Luis José Rodríguez Pozo; el Alcalde del Ayuntamiento de Valle de Abdalajís, doña Virginia Romero Muñoz.
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