Resolución de 26 octubre de 2026, de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura del puesto directivo de Director/a Gerente.
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CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DIRECTIVO DE DIRECTOR/A GERENTE DE LA EMPRESA PÚBLICA PARA LA GESTIÓN DEL TURISMO Y DEL DEPORTE DE ANDALUCÍA, S.A., M.P.
La Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., sociedad mercantil dependiente de la Consejería de Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local, precisa cubrir el puesto de Director/a Gerente, mediante contrato laboral de Alta Dirección, establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
Sobre el personal directivo de las entidades del sector público andaluz, el artículo 25 de Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, establece: «1. Es personal directivo de las agencias de régimen especial, de las agencias públicas empresariales, de las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz y de los consorcios el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas. […]
El personal directivo profesional de estas entidades será designado atendiendo a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad. La valoración de esa idoneidad de los aspirantes a personal directivo profesional ha de corresponder exclusivamente a comités calificadores compuestos por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad. Asimismo, deberán quedar justificados el mérito, la capacidad y la idoneidad por las que el personal directivo profesional ha sido designado para estas entidades.»
A su vez, el artículo 18.3 de los Estatutos de La Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., establece que el Director/a Gerente tiene la consideración de personal que ejerce funciones de alta dirección a cuantos efectos legales resulte procedente.
Por último, es necesario mencionar la aplicación a la presente convocatoria el principio de publicidad mediante anuncio de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Portal de la Junta de Andalucía, y en la web de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía.
El Consejo de Administración de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., a propuesta de su Presidente, en su sesión de 22 de octubre de 2026, aprueba la convocatoria del proceso de selección con arreglo a las siguientes
B A S E S
Primera. Normas generales.
- Objeto: Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección de Director/a Gerente, de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., cuyo perfil profesional se indica seguidamente.
- Denominación: Director/a Gerente.
- Régimen laboral: Sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto).
- Descripción del puesto y atribuciones principales: La persona titular de este puesto directivo, de conformidad con lo establecido en los Estatutos, ejercerá las facultades de administración, y gestión ordinaria y, en general, las funciones ejecutivas que le sean atribuidas por delegación o apoderamiento del Consejo de Administración, sin perjuicio de las facultades reservadas a la Presidencia y al Consejo de Administración.
En particular, con las directrices que el Consejo de Administración señale y sin perjuicio de las revocaciones o nuevas delegaciones que puedan producirse, el Director/a Gerente tiene entre sus atribuciones las siguientes:
a) Dirigir la gestión del patrimonio de la sociedad.
b) Elaborar el programa de inversiones plurianuales de acuerdo con lo establecido en los planes económicos, así como el programa anual de actuación, inversión y financiación y proponer el Proyecto de Presupuestos de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
c) Aprobar la propuesta de las modificaciones presupuestarias, dando cuenta de ello al consejo de administración.
d) Disponer los gastos.
e) Dirigir y realizar los actos de administración y gestión de la sociedad.
f) Planificar y dirigir las campañas y acciones de la sociedad, tanto nacionales como internacionales, en materia de publicidad, comunicación, promoción turística y deportiva, marketing, gestión de instalaciones o cualesquiera otras necesarias o convenientes para la realización de los fines de la sociedad.
g) Representar a la sociedad en todas las sociedades en que esta participe y ante las autoridades y personal funcionario de los Centros y Dependencias del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y otras entidades públicas o privadas.
h) Realizar actos de dominio o administración de los bienes de la sociedad.
i) Nombrar apoderados generales o singulares a cualquier persona, estableciendo el contenido de los referidos apoderamientos.
j) Actuar como órgano de contratación de la empresa, a los efectos de la Ley de Contratos del Sector Público.
k) Así mismo, le corresponderán las atribuciones establecidas en los estatutos de la sociedad para la secretaría general en los casos en que este cargo no haya sido nombrado o se encuentre vacante.
La persona titular de este puesto directivo, como persona que ejercerá funciones ejecutivas de máximo nivel, estará sujeta al régimen de incompatibilidades de altos cargos previsto en la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía, y su normativa de desarrollo, por lo que en el ejercicio del cargo deberá desarrollarse en régimen de dedicación absoluta y exclusiva, siendo incompatible con cualquier otro cargo, profesión o actividad públicos o privados, incluido la docencia y los cargos electivos de representación popular en colegios, cámaras o entidades que tengan atribuidas funciones públicas, salvo las excepciones establecidas en el artículo 3 de la ley.
Para el régimen retributivo se estará a lo dispuesto en el capítulo II bis de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del personal alto cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal alto cargo y otros cargos públicos.
- El Centro de Trabajo: La sede social, se encuentra en Málaga, sita en la calle Compañía, 40, 29008. Asimismo, la entidad cuenta con otros centros de trabajo e instalaciones distribuidos por las ocho provincias andaluzas donde desarrolla sus actividades y presta sus servicios.
Segunda. Requisitos mínimos de participación.
Para ser admitidas en el proceso selectivo para la provisión del puesto de Director/a Gerente, las personas aspirantes deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos mínimos:
a) Titulación académica: Estar en posesión de una titulación universitaria superior, correspondiente a un título oficial de Grado, Licenciatura o equivalente.
b) Formación en dirección y administración de empresas: Estar en posesión de un título de Máster en Administración y Dirección de Empresas (MBA).
c) Formación en transformación digital: Haber cursado y superado un máster o programa de formación especializada en materia de transformación digital, innovación tecnológica o digitalización empresarial.
d) Formación en gestión de recursos humanos: Haber cursado y superado un máster o programa de formación especializada en dirección, gestión o desarrollo de recursos humanos.
e) Competencia lingüística: Acreditar un nivel de conocimiento y dominio del idioma inglés equivalente, como mínimo, al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Dicha competencia podrá acreditarse mediante la presentación de una certificación oficial o titulación equivalente, o bien mediante la superación de una prueba o entrevista en lengua inglesa realizada ante la Comisión de Selección, que permitirá evaluar y verificar que la persona aspirante posee el nivel de competencia lingüística exigido.
f) Experiencia profesional en dirección y gestión empresarial: Acreditar una experiencia profesional mínima de quince (15) años en funciones de dirección, gerencia, administración, gestión empresarial o asesoramiento estratégico y de gestión a empresas.
g) Experiencia en el sector turístico: Acreditar una experiencia profesional mínima de cinco (5) años en el sector turístico, en funciones vinculadas a la dirección, gestión, planificación, desarrollo, promoción o asesoramiento de empresas, entidades, proyectos o destinos turísticos, así como conocimiento y comprensión de la gestión pública del deporte en el ámbito de los eventos e instalaciones deportivas dentro de la estructura y funcionamiento del sistema deportivo andaluz.
Acreditación de los requisitos.
Todos los requisitos anteriormente señalados deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la formalización de la contratación.
Los requisitos a) b) c) d) y e) se acreditarán mediante la documentación académica, profesional y administrativa correspondiente.
Los requisitos f) y g) se acreditarán con una declaración responsable con el detalle de las funciones realizadas y períodos de realización, expresiva de la experiencia, dominios y conocimientos.
h) Cumplir los requisitos generales para poder participar en los procesos selectivos:
- Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el Órgano Administrativo nacional competente.
- Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Tercera. Aspectos a valorar.
La convocatoria dispondrá de un Comité Calificador y de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, la valoración del mérito, capacidad e idoneidad de los aspirantes al puesto de alta dirección corresponderá exclusivamente a este Comité Calificador, el cual estará compuesto por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad. Dicho comité valorará a las personas aspirantes que cumplan los requisitos, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
Habilidades propias de la alta dirección.
Habilidades tecnológicas.
Habilidades en gestión de eventos.
Habilidades en gestión de recursos humanos.
Conocimiento y comprensión del sistema deportivo andaluz.
Características personales como la capacidad comunicativa, mentalidad estratégica, iniciativa, liderazgo, etc.
Cuarta. Solicitudes de participación y documentación a presentar.
Quienes deseen participar en el proceso de selección deberán presentar la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.
b) Solicitud de Participación en el proceso de selección cumplimentada y firmada, junto con la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de conformidad con la base segunda de la presente convocatoria (Anexo I).
c) El Proyecto de Gestión en el que, en extensión no superior a dos folios formato A-4, la persona aspirante haga constar: Los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura y el esquema que propone para la organización, desarrollo de las funciones a su cargo y forma de dirección y gestión del personal a su cargo, tanto desde la perspectiva turística como en la deportiva.
La no inclusión de alguno de los documentos establecidos en los apartados a), b) y c) será por si solo causa de exclusión de la presente convocatoria de selección.
El plazo para la presentación de las solicitudes es de diez días naturales desde la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presentación de solicitudes se realizará en la sede de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., con domicilio en la calle Compañía, 40, Málaga, en horario de 9:00 a 14:00, de lunes a viernes, indicando en el sobre la referencia Director/a Gerente-Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P.
Las candidaturas podrán presentarse presencialmente, en el lugar indicado, o por correo postal a la dirección indicada.
En las candidaturas enviadas por correo postal deberá comunicarse dicho envío por correo electrónico a direccion@andalucia.org adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos dentro del plazo de los diez días naturales concedidos para la presentación de candidaturas. No se admitirán candidaturas ni documentación remitida en fechas y por vías distintas de las expuestas o que no se haya comunicado su envío conforme se establece.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección de Recursos Humanos y Sistemas de la entidad. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
Solo se admitirán las solicitudes recibidas hasta las 13:59 horas del día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado anterior.
Únicamente se tendrán en cuenta los méritos y servicios que puedan ser justificados como máximo a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.
Quinta. Órgano de selección.
El Comité Calificador designado estará compuesto por las siguientes personas:
Persona titular de la Viceconsejería de Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local.
Persona titular de la Secretaría General para el Deporte, de la Consejería de Cultura, Patrimonio Histórico y Deporte.
Persona titular de la Dirección General de Promoción e Impulso del Turismo y la Restauración, de la Consejería de Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local.
Persona titular de la Dirección General de Ordenación del Turismo y la Hostelería, de la Consejería de Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local.
La persona responsable de la Dirección de Recursos Humanos de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P.
Y la persona responsable de la Dirección de Operaciones de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., que actuará como secretaria, con voz y sin voto.
Sexta. Proceso de selección.
La convocatoria del proceso de selección será pública y tendrá una duración como máximo de dos meses para su resolución, a contar desde el día siguiente la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del correspondiente anuncio.
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
1. Preselección.
Primero: Se realizará por la unidad con competencias en gestión de recursos humanos de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A.; M.P., y se comprobará el cumplimiento de las Solicitudes de Participación respecto a los requisitos recogidos en las letras a) y h) de la base 2 de esta convocatoria.
En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones:
a) Certificación del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas en tiempo y forma. Esta certificación se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
b) Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos en las letras a) y h) de la base 2 de la convocatoria.
c) Redacción del informe de preselección de candidaturas admitidas por el cumplimiento de los requisitos a) y h) de la base 2 de la convocatoria.
Segundo: El Comité Calificador comprobará el cumplimiento de los requisitos mínimos recogidos en las letras b), c), d), e), f) y g) de la base 2 de la convocatoria de las solicitudes de participación admitidas conforme el informe referido en el apartado c) del punto anterior, procediendo a su estudio y revisión, junto con el Proyecto de Gestión que ha de acompañar obligatoriamente a las solicitudes de participación.
El Comité Calificador podrá computar hasta 50 puntos por el Proyecto de Gestión, con la siguiente distribución:
a) Los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura. Máximo 30 puntos.
b) El esquema que propone para la organización, desarrollo de las funciones a su cargo y forma de dirección y gestión del personal a su cargo. Máximo 20 puntos.
El Comité podrá en cualquier momento contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.
La documentación original acreditativa de la formación y experiencia profesional podrá ser requerida en cualquier momento del procedimiento por el Comité Calificador.
Tercero: El Comité Calificador conformará la lista de candidaturas admitidas o excluidas. Sólo serán admitidas las que cumpliendo la totalidad de los requisitos mínimos establecidos en la presente convocatoria obtengan una puntuación mínima de 30 puntos en el Proyecto de Gestión.
2. Entrevista competencial.
El Comité Calificador convocará a las personas candidatas que hayan sido admitidas, a una entrevista competencial, indicando lugar, fecha y hora de realización de la citada entrevista.
Las comunicaciones con las candidaturas serán por correo electrónico, mediante la dirección de correo electrónico indicado por la persona candidata en su solicitud.
Esta entrevista se desarrollará siguiendo el guion y estructura previamente establecidos por el Comité Calificador y será la misma para todas las personas candidatas a fin de garantizar la imparcialidad y objetividad de la misma.
A la entrevista competencial se le asignará un máximo de 50 puntos.
El Comité Calificador verificará el cumplimiento de los aspectos recogidos en la base tercera así como características personales, a través de la valoración de las siguientes competencias generales:
- Liderazgo. La persona que desempeñe un puesto directivo público debe tener capacidad de liderazgo, de persuasión hacia otras personas para hacer algo o adoptar un punto de vista, y de decisión de acciones basadas en sus convicciones. Máximo 10 puntos.
- Iniciativa. El personal directivo ha de mantener un elevado grado de actividad, establecer estándares de ejecución exigentes y persistir en su ejecución. Ha de expresar el deseo de avanzar hacia mayores cotas de desempeño. Máximo 10 puntos.
- Planificación. Capacidad para estructurar el trabajo y proveer los recursos necesarios para asegurar una eficaz ejecución de las tareas. Igualmente ha de tener la flexibilidad necesaria para gestionar lo imprevisible. Máximo 10 puntos.
- Comunicación. Las habilidades de comunicación interpersonal, de convicción y de persuasión resultan esenciales en la dirección de equipos de trabajo y en la gestión del cambio en las organizaciones. Máximo 10 puntos.
- Visión estratégica. El personal directivo debe ser capaz de pensar a largo plazo, comprendiendo escenarios complejos y previendo los posibles efectos derivados de las políticas públicas. Máximo 10 puntos.
3. Propuesta de selección.
La propuesta de selección recaerá en la candidatura que cumpliendo los requisitos haya obtenido la máxima puntuación en el proyecto de gestión y en la entrevista competencial.
En caso de empate en la puntuación total en el proceso selectivo, este será resuelto según el siguiente criterio:
- La candidatura con mayor puntuación obtenida en la entrevista competencial.
- La candidatura con mayor puntuación obtenida en el proyecto de gestión.
Séptima. Resolución del proceso y publicidad.
Los resultados del proceso selectivo se publicarán en el BOJA, y en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, así como en todos aquellos lugares donde se haya publicado la convocatoria.
El Comité Calificador remitirá al Presidente del Consejo de Administración de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., como competente para proponer el nombramiento, la propuesta de selección en la que se incluirá la candidatura que haya obtenido la mayor puntuación.
De conformidad con el apartado 2 del art. 25 de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para el año 2026, la contratación de personal directivo en las sociedades mercantiles del sector público andaluz, deberá ajustarse al modelo aprobado por la Consejería competente en materia de sector público instrumental y requerirá autorización previa de la persona titular de la Consejería a la que se encuentre adscrita la entidad, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de sector público instrumental.
Dicho informe se emitirá en el plazo de un mes desde la recepción del expediente completo, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda. Transcurrido dicho plazo sin haberse emitido el informe de la Consejería competente en materia de sector público instrumental se entenderá que el sentido del mismo es desfavorable.
Cumplimentados los trámites previstos en los apartados anteriores, el Consejo de Administración designará a la persona seleccionada para ocupar el puesto, en su caso. La persona designada suscribirá el contrato de trabajo que le vincule a la entidad, ajustado al modelo aprobado por la Consejería competente en materia de sector público instrumental.
Octava. Norma final, incidencias y recursos.
El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo. Para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de pertinente aplicación.
Málaga, 26 de octubre de 2026.- El Representante, apoderado, Antonio Muñoz Ruiz.
ANEXO I
Solicitud de participación en el proceso de selección del Director/a Gerente de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P.
1. Denominación de la categoría y/o puesto de trabajo solicitado.
Código identificativo del puesto de trabajo: P0053_0068: Director/a Gerente.
2. Datos personales.
• Primer apellido:
• Segundo apellido:
• Nombre:
• DNI/NIE:
• Nacionalidad:
• Fecha de nacimiento:
• Teléfono de contacto:
• Correo electrónico:
• Domicilio:
• Municipio:
• Código postal:
• Provincia:
*Se ha de adjuntar a esta solicitud fotocopia del DNI/NIE.
3. Requisitos exigidos para concurrir.
a) Titulación académica: Estar en posesión de una titulación universitaria superior, correspondiente a un título oficial de Grado, Licenciatura o equivalente.
b) Formación en dirección y administración de empresas: Estar en posesión de un título de Máster en Administración y Dirección de Empresas (MBA).
c) Formación en transformación digital: Haber cursado y superado un máster o programa de formación especializada en materia de transformación digital, innovación tecnológica o digitalización empresarial.
d) Formación en gestión de recursos humanos: Haber cursado y superado un máster o programa de formación especializada en dirección, gestión o desarrollo de recursos humanos.
e) Competencia lingüística: Acreditar un nivel de conocimiento y dominio del idioma inglés equivalente, como mínimo, al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Dicha competencia podrá acreditarse mediante la presentación de una certificación oficial o titulación equivalente, o bien mediante la superación de una prueba o entrevista en lengua inglesa realizada ante la Comisión de Selección, que permitirá evaluar y verificar que la persona aspirante posee el nivel de competencia lingüística exigido.
f) Experiencia profesional en dirección y gestión empresarial: Acreditar una experiencia profesional mínima de quince (15) años en funciones de dirección, gerencia, administración, gestión empresarial o asesoramiento estratégico y de gestión a empresas.
g) Experiencia en el sector turístico: Acreditar una experiencia profesional mínima de cinco (5) años en el sector turístico, en funciones vinculadas a la dirección, gestión, planificación, desarrollo, promoción o asesoramiento de empresas, entidades, proyectos o destinos turísticos, así como conocimiento y comprensión de la gestión pública del deporte en el ámbito de los eventos e instalaciones deportivas dentro de la estructura y funcionamiento del sistema deportivo andaluz.
Acreditación de los requisitos.
Todos los requisitos anteriormente señalados deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la formalización de la contratación.
Los requisitos a) b) c) d) y e) se acreditarán mediante la documentación académica, profesional y administrativa correspondiente.
Los requisitos f) y g) se acreditarán con una Declaración Responsable con el detalle de las funciones realizadas y períodos de realización, expresiva de la experiencia, dominios y conocimientos.
Se ha de adjuntar a esta solicitud, en su caso:
- C.V.
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopias del título.
- Fotocopias de los certificados de formación.
- Declaraciones responsables.
- Proyecto de Gestión.
4. Solicitud, declaración, lugar, fecha y firma.
El/la abajo firmante solicita ser admitido/a al proceso de selección a que se refiere la presente convocatoria, declara:
1. Que conoce y acepta íntegramente las bases de la convocatoria, declarando asimismo bajo su responsabilidad que los datos incluidos en la solicitud son ciertos, teniendo constancia de que la inexactitud de los datos dará lugar a la no admisión o expulsión del proceso selectivo, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que pueda incurrir.
2. Que se compromete a presentar la documentación original que, en su caso, le sea requerida, dado que los documentos adjuntos a este anexo son copias del original que obra en poder de la persona que suscribe a disposición del Área de Recursos Humanos de la Empresa.
3. Que autoriza a la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., a utilizar, a efectos de comunicaciones, los datos de contacto que ha proporcionado en su solicitud de concurrencia a la Oferta de Empleo.
4. Que autoriza que sus datos personales aportados en la solicitud y contenidos en la documentación que se acompaña sean tratados por la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., M.P., con sede en C/ Compañía, núm. 40, 29008 Málaga, para la gestión del procedimiento de selección de personal.
El /La solicitante, leídas las anteriores declaraciones firma el presente documento en prueba de conformidad.
En ……………………………… a ………… de …………………….. de 2026.
EL/LA SOLICITANTE
Fdo.:…………………………………………………
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