Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 05/11/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Orden de 30 de octubre de 2026, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 27 de enero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025 de subvenciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo rural, relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613), correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.

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Mediante Orden de 27 de enero de 2025, se efectuó la convocatoria para el año 2025 de subvenciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo rural, relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613) correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 (BOJA número 21, de 31 de enero de 2025).

De conformidad con el apartado b) del artículo 10 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, el resuelvo séptimo de la Orden de 27 de enero de 2025, dispone que el importe del crédito presupuestario para la convocatoria de 2025 asciende a 14.000.000 euros para las operaciones relativas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.

Con posterioridad a la publicación del citado acto de convocatoria, se llevó a cabo un ajuste de los créditos disponibles en consideración a que el presupuesto asignado inicialmente a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas resultó insuficiente para atender al número de solicitudes recibidas en la convocatoria 2025. En base a ello, se dictó la Orden de 25 de noviembre de 2025, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 27 de enero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025 de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural, relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613), correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 (BOJA número 233, de 3 de diciembre de 2025), por un importe de 4.000.000 euros, ascendiendo la cuantía total del crédito disponible para la citada convocatoria a 18.000.000 euros. Todo ello, al amparo de lo dispuesto en el apartado 2 del resuelvo sexto de la Orden de 27 de enero de 2025, sin que su publicación llevara aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes para las ayudas convocadas, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución correspondiente, de conformidad con el apartado d) del artículo 10 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

No obstante, con posterioridad a la resolución de concesión se ha producido un nuevo aumento del crédito disponible por importe de 320.000 euros, por lo que de conformidad a lo previsto en el apartado 4 del resuelvo sexto de la Orden de 27 de enero de 2025, procede dictar una resolución complementaria a la de concesión de subvención, en los términos establecidos en el artículo 10.e) del citado Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

En virtud de lo expuesto, vista la propuesta de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, de fecha 22 de julio de 2026, y en ejercicio de la competencia que me confiere el Decreto 193/2026, de 30 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Aumento del crédito disponible.

Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al aumento del crédito disponible inicialmente para la convocatoria 2025, y en virtud de lo establecido en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, fijar una cuantía adicional a la consignada en el resuelvo séptimo de la Orden de 27 de enero de 2025, por la que se efectuó la convocatoria para el año 2025 de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027, por un importe de 320.000 euros, ascendiendo la cuantía total del crédito disponible para la citada convocatoria a 18.320.000 euros, con la siguiente distribución por partidas presupuestaria:

Intervención Operación Ejercicio Posición presupuestaria Dotación
6613. Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas 6613.1. Pagos compensatorios por zonas de montaña. 2025 1200110000/G/71F/77400/C4661301A4 12.347.432
6613.2. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones naturales significativas. 2025 1200110000/G/71F/77400/C4661302A4 5.198.698
6613.3. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones específicas. 2025 1200110000/G/71F/77400/C4661303A4 773.870

La dotación presupuestaria para las actuaciones objeto de convocatoria quedará, en todo caso, condicionada a la aprobación por la Comisión Europea de la versión 8 del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 y a la disponibilidad presupuestaria existente.

Segundo. Efectos.

La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y será de aplicación a todas aquellas solicitudes correspondientes a la campaña 2025.

Sevilla, 30 de octubre de 2026

RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
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