Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 13/02/2026

1. Disposiciones generales

Universidades

Corrección de errores del Extracto de la Resolución de 20 de enero de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la contratación de joven personal investigador y personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+i, en el marco del Programa Fondo Social Europeo Plus 2021-2027 de Andalucía (BOJA núm. 20, de 30.1.2026).

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Habiéndose recibido la resolución por la que se modifican las resoluciones de la Dirección General de Planificación de la Investigación por las que se conceden subvenciones nominativas a la Universidad de Granada para la contratación de jóvenes investigadores y personal técnico de apoyo en el marco del programa Fondo Social Europeo Plus Andalucía 2021-2027 (FSE+), dentro de la prioridad de Empleo Juvenil (Resolución de 18 de diciembre de 2023, modificada por Resolución de 24 de julio de 2025, Resolución de 26 de diciembre de 2024, y todas ellas modificadas por la Resolución de 28 de noviembre de 2025), donde se modifica el resuelvo séptimo, punto 1, apartado e), de las resoluciones anteriormente indicadas relativas al requisito de no contar con experiencia laboral de los beneficiarios de los contratos ofertados.

Se modifica la redacción de los siguientes apartados del Extracto de la Resolución de 20 de enero de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la contratación de joven personal investigador y personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+i, en el marco del Programa Fondo Social Europeo Plus 2021-2027 de Andalucía, publicada el pasado 30 de enero de 2026, quedando redactados de la siguiente manera:

• Segundo, punto 1, apartado f:

No contar con experiencia laboral como titulado superior. A tal efecto, se considerará experiencia laboral como titulado superior aquella que se haya realizado en los grupos de cotización 1 y 2 definidos en la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025, o en la norma que la sustituya. No tendrán la consideración de experiencia laboral las prácticas curriculares y extracurriculares que figuren como tal en la vida laboral de la persona participante.

• Tercero. Presentación, revisión y subsanación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de diecisiete días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (30 de enero de 2026), finalizando a las 14:59 horas inclusive, del último día de plazo.

La documentación y procedimiento de presentación y registro de las solicitudes, al igual que el procedimiento de revisión y subsanación de las solicitudes presentadas, se atendrá a lo establecido en las bases de la convocatoria, disponible en la dirección indicada anteriormente.

Con objeto de cumplir con el requisito de publicidad inherente a todo proceso de selección financiado con fondos públicos, se publica esta resolución de modificación pudiendo consultarse en la web de la Universidad de Granada toda las publicaciones relativas a este procedimiento:

https://investigacion.ugr.es/recursos-humanos/garantia-juvenil

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