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Modificación del Extracto de la Resolución de 29 de enero de 2026, de la Universidad de Jaén, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la contratación de joven personal investigador y personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+i, en el marco del Programa Fondo Social Europeo Plus 2021-2027 de Andalucía.
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Por Resolución de 29 de enero de 2026 del Rector de la Universidad de Jaén se aprobó la convocatoria para la contratación de personal en el marco del Programa Fondo Social Europeo Plus 2021-2027.
Con fecha de 4 febrero de 2026, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Extracto de la Resolución de 29 de enero de 2026, de la Universidad de Jaén, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la contratación de joven personal investigador y personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+i, en el marco del Programa Fondo Social Europeo Plus 2021-2027 de Andalucía. (BOJA número 23, de 4.2.2026).
Con fecha 5 de febrero de 2026, la Dirección General de Planificación de la Investigación de la Junta de Andalucía ha dictado resolución por la que se modifica la concesión de la subvención nominativa, alterando los criterios de elegibilidad de los participantes en lo relativo a la experiencia previa, restringiendo la incompatibilidad exclusivamente a los grupos de cotización 1 y 2.
Mediante Resolución de 9 de febrero de 2026, del Rector de la Universidad de Jaén, se ha publicado la modificación de las bases reguladoras y convocatoria para la contratación de joven personal investigador y personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+i, en el marco del Programa Fondo Social Europeo Plus 2021-2027 de Andalucía, cuyo texto completo puede consultarse en la web:
https://www.ujaen.es/investigacion-y-transferencia/convocatoria-2026-empleo-joven
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
Primero. Se modifica el apartado segundo, subapartado f), que queda redactado como sigue:
«Segundo. Requisitos de las personas solicitantes.
f) No contar con experiencia laboral como titulado superior. A tal efecto, se considerará experiencia laboral como titulado superior aquella que se haya realizado en los grupos de cotización 1 y 2 definidos en la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025, o en la norma que la sustituya. No tendrán la consideración de experiencia laboral las prácticas curriculares y extracurriculares que figuren como tal en la vida laboral de la persona participante.»
Segundo. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes en 15 días hábiles, a contar, a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Jaén, 9 de febrero de 2026 - El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.
Descargar PDFBOJA nº 30 de 13/02/2026
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