Corrección de errores del Decreto del Presidente 9/2026, de 9 de julio, por el que se crean las Vicepresidencias y se reestructuran las Consejerías que conforman la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 12, de 9.7.2026).
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Advertidos errores en el Decreto del Presidente 9/2026, de 9 de julio, por el que se crean las Vicepresidencias y se reestructuran las Consejerías que conforman la Administración de la Junta de Andalucía, publicado en el BOJA extraordinario núm. 12, de 9 de julio de 2026, se procede a su corrección como se indica:
En el artículo 5.4
Donde dice:
«4. Se adscriben a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos la Fundación Pública Andaluza Instituto de Estudios sobre la Hacienda Pública de Andalucía y la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía “IDEA”.»
Debe decir:
«4. Se adscribe a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos la Fundación Pública Andaluza Instituto de Estudios sobre la Hacienda Pública de Andalucía.»
Artículo 6.2.
Donde dice:
«2. Se mantienen adscritas a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en virtud de la normativa vigente las siguientes entidades:
La Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía ‟AGAPA”.
El Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica ‟IFAPA”.
La Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía ‟AMAYA”, junto la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.»
Debe decir:
«2. Se mantienen adscritas a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en virtud de la normativa vigente las siguientes entidades:
La Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía ‟AGAPA”.
El Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica ‟IFAPA”.
La Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía ‟AMAYA”, asimismo adscrita a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.»
En el artículo 10.1
Donde dice:
«1. Corresponden a la Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio las competencias en las siguientes materias:
a) La de vivienda; rehabilitación; regeneración de espacios públicos urbanos y de edificios de interés arquitectónico; arquitectura; suelo; inspección en materia de vivienda; incluyendo además la propuesta de producción normativa; el fomento de la vivienda protegida; el acceso a la vivienda a precios asequibles, especialmente para colectivos vulnerables y para los jóvenes; la rehabilitación de barriadas, edificios y viviendas; la accesibilidad a las mismas; su rehabilitación energética; la investigación, desarrollo e innovación en materia de vivienda, rehabilitación y arquitectura; la superior inspección y el control de la calidad de la edificación y la construcción; la coordinación de las políticas de asistencia a personas en riesgo de pérdida de su vivienda habitual en supuestos de desahucio.
b) La de ordenación del territorio, del litoral y urbanismo, el fomento del desarrollo urbano sostenible, el desarrollo de la política de espacios libres metropolitanos y la inspección territorial y urbanística que incluye los procedimientos de restitución de la legalidad y las sanciones.»
Debe decir:
«1. Corresponden a la Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio las competencias en las siguientes materias:
a) La de vivienda; rehabilitación; regeneración de espacios públicos urbanos y de edificios de interés arquitectónico; arquitectura; suelo; inspección en materia de vivienda; incluyendo además la propuesta de producción normativa; el fomento de la vivienda protegida; el acceso a la vivienda a precios asequibles, especialmente para colectivos vulnerables y para los jóvenes; la rehabilitación de barriadas, edificios y viviendas; la accesibilidad a las mismas; su rehabilitación energética; la investigación, desarrollo e innovación en materia de vivienda, rehabilitación y arquitectura; la superior inspección y el control de la calidad de la edificación y la construcción; la coordinación de las políticas de asistencia a personas en riesgo de pérdida de su vivienda habitual en supuestos de desahucio.
b) La propuesta, desarrollo, coordinación y programación de políticas de juventud.
c) La de ordenación del territorio, del litoral y urbanismo, el fomento del desarrollo urbano sostenible, el desarrollo de la política de espacios libres metropolitanos y la inspección territorial y urbanística que incluye los procedimientos de restitución de la legalidad y las sanciones.»
En el artículo 11.3.
Donde dice:
«3. Se adscriben a la Consejería de Universidad, Industria, Energía e Innovación los siguientes:
La Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico “TRADE”.
La empresa Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. (VEIASA).
Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L. (AERÓPOLIS).
Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.»
Debe decir:
«3. Se adscriben a la Consejería de Universidad, Industria, Energía e Innovación los siguientes:
La Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico “TRADE”.
La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía “IDEA”.
La empresa Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. (VEIASA).
Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L. (AERÓPOLIS).
Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.»
Artículo 13.2.
Donde dice:
«2. Se mantiene adscrita a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente en virtud de la normativa vigente la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía ‟AMAYA”, junto a Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.»
Debe decir:
«2. Se mantiene adscrita a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente en virtud de la normativa vigente la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía «AMAYA», asimismo adscrita a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.»
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