Resolución de 27 de marzo de 2026, del Rectorado de la Universidad de Málaga, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la contratación de joven personal investigador y personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+I, en el marco del Programa Fondo Social Europeo. Plus 2021-2027 de Andalucía.
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El Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) núm. 1296/2013, en su artículo 4.1) establece como uno de los objetivos específicos de este Fondo, en el marco del apoyo a las políticas sectoriales de empleo y movilidad laboral, educación e inclusión social, el mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes.
El FSE+ se configura a partir de este nuevo marco como principal instrumento de la UE para invertir en las personas y aplicar el pilar europeo de derechos sociales, contribuyendo a una Europa más social; una cohesión económica, social y territorial de conformidad con el artículo 174 TFUE y a la consecución de los objetivos marcados en la Agencia de Desarrollo Sostenible.
En este mismo sentido el Programa FSE+ 2021-2027 de Andalucía contempla dentro de la Prioridad 5 «Empleo Juvenil» la actuación de «Fomento del Empleo para personas jóvenes investigadoras y personal de apoyo a I+D», estimulando al mismo tiempo el desarrollo de proyectos de alto valor añadido y aplicación práctica en universidades y centros de I+D. En definitiva, se trata de crear nuevas oportunidades de trabajo en el sector de la I+D que ofrece un mayor potencial de generación de empleo.
Mediante Resolución de 18 de diciembre de 2023, modificada con fecha 24 de julio de 2025 y Resolución de 26 de diciembre de 2024, ambas modificadas con fecha de 28 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, se conceden subvenciones nominativas a la Universidad de Málaga para la incorporación de jóvenes investigadores y personal técnico de apoyo a la I+D+I.
Para contribuir a la consecución de este objetivo, la Universidad de Málaga convoca un total de 77 contratos para personas jóvenes investigadoras y personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+I, desempleadas menores de 30 años, conforme a los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Primero. Objeto.
1. El objeto de la presente resolución es aprobar las bases reguladoras y el proceso selectivo para la formalización de 77 contratos de trabajo de duración determinada de jóvenes investigadores y personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+I, desempleados menores de 30 años, por un importe de 6.200.000 € en la modalidad de duración determinada, para la ejecución de programas de carácter temporal cuya financiación provenga de fondos de la Unión Europea, conforme a los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
2. El tipo de contrato se ajustará a lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, debiendo enfocarse a mejorar la formación profesional del joven mediante medidas de acompañamiento mediante un tutor y un plan de formación. La duración de los contratos será de 2 años.
Segundo. Requisitos de las personas solicitantes.
Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo los establecidos en los apartados c), d) y f) del punto 1 que deberán cumplirse el día anterior a la fecha de formalización del contrato:
1. Requisitos generales.
a) Tener nacionalidad española o ser ciudadanos/as de la Unión Europea o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros/as que posean la autorización administrativa que les permita trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Las personas participantes deberán ser jóvenes residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Estar en posesión del título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente que sea requerido para la plaza ofertada, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Anexo I de esta convocatoria. En el supuesto de plazas que constan de varias titulaciones de acceso, sólo será preciso acreditar la posesión de una de ellas.
c) Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo el día anterior a la fecha de formalización del contrato laboral.
d) Tener menos de 30 años el día anterior a la fecha de formalización del contrato laboral.
e) Estar empadronado/a en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con una antelación mínima de seis meses, a contar desde la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
f) No contar con experiencia laboral como titulado superior. A tal efecto, se considerará experiencia laboral como titulado superior aquella que se haya realizado en los grupos de cotización 1 y 2 definidos en la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025, o la norma que lo sustituya. A tal efecto, no tendrán la consideración de experiencia laboral las prácticas curriculares y extracurriculares que figuren como tal en la vida laboral a la fecha de formalización del contrato laboral.
2. Requisitos específicos.
Para aquellas plazas que así lo indiquen en el Anexo I, se deberá poseer la formación o conocimientos específicos que se detallen. Estos méritos actuarán como requisito de admisión a esa plaza concreta y no serán objeto de baremación.
Tercero. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Málaga, BOUMA, finalizando a las 14:59 horas inclusive, del último día de plazo.
2. La documentación, procedimiento de presentación, revisión y subsanación de solicitudes se atendrá a lo establecido en las bases de la convocatoria.
Cuarto. Evaluación de las solicitudes.
1. Los méritos del personal candidato serán evaluados por la Comisión de Valoración, cuya composición se detalla en las bases de la convocatoria.
2. Las solicitudes serán evaluadas conforme a los siguientes criterios y subcriterios, con una puntuación máxima de 100 puntos:
| Criterio | Valoración |
|---|---|
| a) Nota media del expediente académico | 0 - 90 |
| b) Persona con discapacidad reconocida | 0 - 5 |
| b.1) Persona con discapacidad reconocida igual o mayor al 33% | 5 |
| b.2) Persona con discapacidad reconocida menor al 33% | 3 |
| c) La persona candidata sea mujer con una titulación de las comprendidas en el ámbito STEM del Anexo II | 5 |
| TOTAL | 100 |
Málaga, 27 de marzo de 2026.- El Rector, Juan Teodomiro López Navarrete.
Descargar PDFBOJA nº 63 de 01/04/2026