Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/04/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente

Acuerdo de 8 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se excluye del Catálogo de Montes de Utilidad Pública y se desafecta del dominio público forestal una superficie de 7,8014 hectáreas del Monte Público «Dehesa Boyal y Chaparral», titularidad del Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa (Sevilla).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00335969.

El 28 de mayo de 2025 se recibe en la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla solicitud del Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa de exclusión parcial de 7,8014 hectáreas del Monte Público de su titularidad denominado «Dehesa Boyal y Chaparral», incluido en el Catálogo de Utilidad Pública (CUP) con número 7 y en el Catálogo de Montes Públicos de Andalucía (CMPA) con código SE-50005-AY, por haber perdido su condición de terreno forestal.

El objeto de la solicitud es la de coordinar la realidad urbanística del municipio de Villamanrique de la Condesa con la del CUP y por extensión la del CMPA, ya que, fruto de las distintas aprobaciones urbanísticas, parte del Monte Público «Dehesa Boyal y Chaparral» pasó a ser calificado como urbano, urbanizable o apto para urbanizar, perdiendo con ello la condición legal de terreno forestal, de acuerdo al artículo 5 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, el artículo 1 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y el artículo 2.2 del Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado por Decreto 208/1997, de 9 de septiembre.

Asimismo, se hace necesario adecuar la delimitación del citado monte público a las instalaciones de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Villamanrique de la Condesa. La construcción, en su día, de la EDAR, que se declaró de interés general al integrarse en el Proyecto «Saneamiento entorno Doñana», de acuerdo con el Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero, de medidas urgentes sobre materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo, justifica la pérdida de la naturaleza forestal de los terrenos afectados por dicha obra.

Mediante Acuerdo de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, de 20 de junio de 2025, se abre un período de información pública sobre el expediente desafectación y descatalogación de 7,8014 hectáreas hectáreas de Monte Público «Dehesa Boyal y Chaparral», publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 121, de 26 de junio de 2025. Asimismo, se publicó en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa, sin que cumplido el plazo reglamentario se hayan presentado alegaciones.

Teniendo en cuenta que la descatalogación y desafectación propuesta afecta a la Reserva de la Biosfera de Doñana, el 26 de agosto de 2025, el Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla emite informe en el que concluye que el proyecto no presenta afección apreciable a la citada Reserva, al no contradecir las tres funciones (conservación, desarrollo y apoyo logístico) de las reservas de biosfera establecidas en el artículo 3 del Marco estatutario de la Red Mundial de Reservas de Biosfera.

En su informe de 14 de octubre de 2025, el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, concluye que la descatalogación y desafectación de la superficie objeto de este expediente supondría la regularización de los terrenos cuya calificación urbanística y uso se hace incompatible con la condición de monte de utilidad pública, mejorando así la gestión, por la problemática que lleva implícita la superposición de los distintos regímenes jurídicos y situaciones administrativas sobre las mismas porciones de terreno.

La Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, con fecha 23 de noviembre de 2025, emite informe, suscrito por la Secretaria General Provincial, en el que se propone la descatalogación y desafectación parcial del CUP y CMPA, del Monte Público «Dehesa Boyal y Chaparral», titularidad del Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa, para su adecuación a la realidad jurídica alterada por la aprobación de la revisión de las Normas Subsidiarias en 1994 y la construcción de la Estación Depuradora de Aguas Residuales.

Por su parte, el Servicio de Gestión Forestal Sostenible de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, con fecha 5 de febrero de 2026, informa favorablemente la exclusión del CUP y del CMPA, de una superficie de 7,8014 hectáreas del Monte Público «Dehesa Boyal y Chaparral», propiedad del Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa (Sevilla), por haber perdido los terrenos en cuestión la condición legal de monte. Dicha superficie se delimita en el plano a escalas 1:50.000 (Situación) y 1:6.000 (Detalle).

Dicho informe es remitido por el Servicio de Patrimonio de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla con objeto de continuar con el procedimiento de exclusión y desafectación.

Mediante oficio de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, de fecha 12 de febrero de 2026, se da audiencia al Ayuntamiento de Villamanrique.

El 3 de marzo de 2026, el Ayuntamiento de Villamanrique comunica que se ratifica en la solicitud de descatalogación y desafectación parcial del del Monte Público «Dehesa Boyal y Chaparral».

De acuerdo con los informes técnicos emitidos, antecedentes y la normativa específica y general de pertinente aplicación, el 11 de marzo de 2026, la Delegada Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla emite propuesta de resolución para la descatalogación del CUP y del CMPA, y consiguiente desafectación, de 7,8014 hectáreas del Monte Público «Dehesa Boyal y Chaparral», con núm. 7 del CUP y código SE-50005-AY del CMPA, propiedad del Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, de acuerdo con los artículos 16.4 y 17.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y con el artículo 22 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8 de abril de 2026,

ACUERDA

Excluir del Catálogo de Montes de Utilidad Pública y desafectar del dominio público forestal una superficie de 7,8014 hectáreas del Monte Público «Dehesa Boyal y Chaparral», titularidad del Ayuntamiento Villamanrique de la Condesa (Sevilla).

Por parte de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente se llevarán a cabo todos los trámites necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente acuerdo.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de abril de 2026

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente
Descargar PDF