Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 20/04/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 13 de abril de 2026, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convoca el premio a las buenas prácticas en enseñanza bilingüe o plurilingüe en centros de Andalucía durante el curso 2025-2026.

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La promoción de una formación exhaustiva tanto en lengua materna como en lenguas extranjeras, entendida como instrumento al servicio de la mejora de la calidad educativa, constituye un objetivo prioritario de la política educativa de la Junta de Andalucía desde que en 1998 se inició de manera experimental el Programa Bilingüe mediante la creación de las primeras secciones bilingües de francés y de alemán con la finalidad de reforzar el aprendizaje de la lengua extranjera. Ya en el documento Estrategias y propuestas para la segunda modernización de Andalucía (2001), se señalaba la necesidad «del conocimiento de otras lenguas como instrumento fundamental para asegurar las posibilidades de éxito y de compartir un futuro mejor».

El Plan de Fomento del Plurilingüismo en Andalucía (en adelante PFP), aprobado en 2005, supuso un empuje en el proceso de enseñanza y aprendizaje de las lenguas extranjeras. Una de las acciones más destacadas de la Administración en relación con esta apuesta para mejorar la enseñanza y el aprendizaje de las lenguas en Andalucía es la creación del Programa Bilingüe en los centros andaluces, que comenzó en el curso 2005/2006 dentro del marco del PFP.

La enseñanza bilingüe se concibe en aquellos años, en coherencia con las directrices europeas, desde un enfoque innovador que va más allá de la mera enseñanza de una lengua y, por tanto, implica cambios metodológicos, curriculares y organizativos, al poner en primer lugar el desarrollo de la competencia comunicativa y las destrezas básicas. El enfoque AICLE proporciona la naturalidad necesaria para que se produzca un uso espontáneo del idioma en el aula, ya que las clases de las áreas no lingüísticas se convierten en una oportunidad de experimentar, utilizar y emplear habilidades comunicativas en el marco escolar.

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía establece en su artículo 4 que uno de los principios del sistema educativo andaluz es la mejora permanente del sistema educativo, potenciando su innovación y modernización, y la evaluación de todos los elementos que lo integran. Asimismo, en su artículo 5 señala como objetivos de la ley potenciar las buenas prácticas docentes y estimular y valorar la innovación educativa como medio de participación en la mejora de la enseñanza. Esta misma ley, en su sección 4, artículo 21, propone como reconocimiento, apoyo y valoración de la actividad docente la concesión de premios por contribuciones destacadas para la mejora de las prácticas educativas.

De ahí que la Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, especifique en su artículo 9 que los centros bilingües «se dotarán de un modelo metodológico, curricular y organizativo que contenga los principios del aprendizaje integrado de contenidos y lengua extranjera». Además, «elaborarán un currículo integrado de las lenguas, así como materiales para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras».

Conforme a lo anterior, siguiendo las directrices europeas, Andalucía desarrolló el Plan estratégico de desarrollo de las lenguas en Andalucía Horizonte 2020, aprobado en Acuerdo de 24 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno (en adelante PEDLA), que establecía la necesidad de un replanteamiento serio de la forma tradicional de enseñanza de las lenguas extranjeras en todos los niveles de nuestro sistema educativo, a partir de métodos y enfoques más innovadores que tomaran como referentes los objetivos e indicadores del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y que apostaran por un enfoque comunicativo, así como por el Aprendizaje Basado en Proyectos, que permite trabajar varias destrezas lingüísticas al mismo tiempo y favorece la atención a la diversidad. Igualmente reconoce que los logros del programa bilingüe en estos primeros años se deben indudablemente al esfuerzo y compromiso del profesorado implicado.

Este mismo documento recogía entre sus objetivos mejorar la metodología de enseñanza-aprendizaje aplicada por el profesorado subrayando la gran implicación y esfuerzo requeridos por parte de los docentes que deben ser reconocidos e incentivados, así como el arbitrio de medidas que pongan en valor dicho esfuerzo.

En esta línea, en julio de 2021, fue aprobada la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Educación no Universitaria en Andalucía, que tiene como finalidad mejorar la calidad de la educación impulsando un proceso de internacionalización en los centros educativos andaluces para contribuir al éxito de todo el alumnado. Este nuevo plan pretende dar un paso más en el largo camino hacia la internacionalización de la educación en Andalucía y en la promoción del aprendizaje de las lenguas extranjeras.

En consecuencia, para poner de relieve el trabajo que viene realizando el profesorado en el campo de la enseñanza bilingüe, así como para facilitar su difusión, la Consejería competente en materia de educación estableció, mediante Resolución de 2 de julio de 2018, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convoca el premio buenas prácticas en enseñanza bilingüe para el reconocimiento a centros públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía correspondiente al curso 2017-2018, con carácter anual, el reconocimiento a las buenas prácticas docentes de los centros públicos bilingües y plurilingües andaluces. Tras la consolidación de este reconocimiento a través de sus sucesivas ediciones anuales, procede ahora realizar la convocatoria para el presente curso escolar.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, esta Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado

RESUELVE

Primero. Objeto.

Efectuar la convocatoria de este premio a las buenas prácticas en enseñanza bilingüe o plurilingüe para el reconocimiento a centros públicos bilingües o plurilingües dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía que han desarrollado una buena práctica docente en el ámbito de la enseñanza bilingüe o plurilingüe durante el curso 2025-2026.

A efectos de esta convocatoria, se considerará buena práctica aquel proyecto interdisciplinar e innovador en el que se trabajen las competencias lingüísticas de manera colaborativa a través de tareas facilitadoras encaminadas a la consecución de un producto final con difusión dentro y fuera del centro educativo, y cuyas actividades sean útiles y extrapolables para otros centros docentes andaluces.

Segundo. Características del premio.

El «Premio a las Buenas Prácticas en Enseñanza Bilingüe o Plurilingüe en centros de Andalucía durante el curso 2025-2026» se otorgará en dos categorías:

• Categoría A: Centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y/o Educación Primaria.

• Categoría B: Centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y/o Formación Profesional.

Se concederán tres premios por cada una de las dos categorías, con la siguiente dotación:

1. Primer premio: Dotación económica de 3.000 euros y placa distintiva.

2. Segundo premio: Dotación económica de 2.000 euros y placa distintiva.

3. Tercer premio: Dotación económica de 1.000 euros y placa distintiva.

Tercero. Destinatarios.

Los premios están dirigidos a los centros docentes públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional, y que hayan desarrollado actuaciones de fomento del aprendizaje de lenguas extranjeras y en lenguas extranjeras durante el curso 2025-2026.

Para la participación en esta convocatoria, se establecen las siguientes condiciones:

1. Exclusividad: No podrán presentarse memorias de proyectos que hayan resultado galardonados en ediciones anteriores de este premio.

2. Limitación: Cada centro docente podrá presentar una única solicitud y un solo proyecto.

Cuarto. Características y contenido de la memoria de actuaciones

La memoria de actuaciones configurará un único documento en formato PDF (comprimido en formato ZIP si fuera necesario), con una capacidad máxima de 10 Mb. El documento tendrá una extensión máxima de 30 páginas (numeradas a una sola cara, tamaño A4), con interlineado 1,5 y fuente Arial de 12 puntos. En caso de exceder dicho límite, las páginas adicionales no serán objeto de valoración.

1. Evidencias de la práctica: Como prueba de la realización de la práctica, la memoria deberá integrar los siguientes elementos dentro del límite de páginas establecido:

a) Fotografías y gráficos: Deberán aparecer maquetados directamente en el cuerpo del documento. No se admitirán enlaces externos para la visualización de imágenes. Las imágenes insertadas tendrán formato JPG o PNG.

b) Enlace externo único: Se permitirá la inclusión de un único enlace que dirija a un vídeo resumen (máximo 3 minutos) o a un porfolio digital diseñado para una lectura o visualización estimada no superior a 5 minutos. Dicho enlace deberá presentarse al final del documento, pudiendo facilitarse mediante hipervínculo directo, código QR o ambos formatos simultáneamente. En caso de que el vídeo o porfolio exceda el tiempo de visualización establecido (3 y 5 minutos respectivamente), la comisión de valoración únicamente tendrá en cuenta el contenido incluido dentro de dichos límites temporales.

2. Estructura de la memoria: El documento se organizará conforme a los siguientes apartados:

1. Portada: Con título explícito de la buena práctica, nombre del centro, código, localidad y provincia.

2. Índice.

3. Contextualización y justificación: Resumen de la trayectoria del centro y motivación de la práctica (máximo dos páginas).

4. Cuerpo de la memoria: Desarrollo de los siguientes epígrafes, vinculados estrictamente a la práctica objeto de la convocatoria:

4.1. Descripción y validación de su eficacia didáctica.

4.2. Integración en el Proyecto Educativo de Centro. Adecuación a la realidad y necesidades del centro y de su entorno.

4.3. Innovación y creatividad.

4.4. Enseñanza bilingüe inclusiva: atención a la diversidad.

4.5. Proyección internacional.

4.6. Elaboración de material AICLE.

4.7. Implicación de la comunidad educativa y otros agentes externos.

4.8. Difusión de la buena práctica y apertura a otros entornos bilingües.

4.9. Sostenibilidad y posibilidades de adaptación.

4.10. Actividades complementarias y extraescolares.

4.11. Incorporación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 aprobada por la ONU en la práctica.

4.12. Inclusión en los planes y programas educativos desarrollados por el centro educativo.

5. Página de cierre: Incorporación del enlace/código QR al vídeo/porfolio mencionado.

En la elaboración de la memoria se deberá argumentar y aportar evidencias de todas las actuaciones. La presentación de la misma implica la aceptación íntegra de las bases de esta convocatoria. No se contempla la presentación de anexos adicionales.

3. Verificación y admisión del procedimiento.

La comisión de valoración provincial comprobará que la memoria del proyecto cumple con los requisitos técnicos y formales establecidos en este apartado para su admisión en el procedimiento.

a) Causas de exclusión: El incumplimiento de las condiciones relativas al formato del archivo (PDF/ZIP), la capacidad máxima (10 Mb), la maquetación obligatoria de fotografías dentro del documento o la inclusión de más de un enlace externo.

b) Limitación de la valoración: En caso de que la memoria exceda la extensión máxima de 30 páginas, o el material audiovisual supere los tiempos de visualización o lectura indicados en el apartado 1.b, los contenidos excedentes no serán objeto de valoración en ninguna de las fases del proceso.

Quinto. Solicitudes y plazos de la presentación de la documentación.

El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y finalizará el 31 de julio de 2026, inclusive.

Los centros que opten al premio deberán haber concluido la ejecución del proyecto presentado antes de la finalización del citado plazo de presentación de solicitudes, debiendo realizar su inscripción de conformidad con la disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La solicitud se efectuará mediante el formulario accesible por vía telemática a través del Sistema de Información Séneca desde el perfil de dirección, al que adjuntarán la memoria en formato PDF.

Para completar el proceso, se seguirá la ruta: Centro/Planes y Programas Educativos/Premios y concursos, seleccionando el año académico de la convocatoria (2025-26). Una vez cumplimentada la solicitud y subida la memoria, la persona titular de la dirección deberá firmar el documento por vía electrónica siguiendo la ruta: Séneca / Documentos que se pueden pedir/Centro/Premios y Concursos/Solicitud de Premios y Concursos. La firma se realizará mediante tarjeta DIPA o certificado digital en el apartado Utilidades/Documentos solicitados.

Sexto. Comisiones provinciales de valoración.

Para baremar las candidaturas de acuerdo con los criterios establecidos, en cada Delegación Territorial con competencias en materia de educación se constituirá una comisión formada por:

• La persona titular de la Jefatura del Servicio de Ordenación Educativa, que actuará en calidad de Presidente.

• La persona responsable de Plurilingüismo de la Delegación Territorial, que actuará como Secretario o Secretaria.

• Un asesor o asesora de formación del ámbito lingüístico de un CEP de la provincia.

• Un inspector o inspectora de referencia de centros bilingües.

Esta comisión podrá solicitar el asesoramiento de personas expertas en el ámbito de la enseñanza de lenguas extranjeras o del plurilingüismo.

Cada comisión provincial actuará de acuerdo con el siguiente procedimiento:

1. Verificación técnica y de idoneidad.

La comisión de valoración comprobará, con carácter previo a cualquier baremación, que la memoria del proyecto cumple los siguientes requisitos:

a) Idoneidad: Que el proyecto no haya sido premiado en convocatorias anteriores de este premio.

b) Formato y requisitos técnicos: Que el archivo se ajuste al formato (PDF o ZIP), capacidad (máximo 10 Mb) y maquetación interna de imágenes (JPG/PNG) establecidos en el apartado Cuarto.

c) Enlaces externos: Que se incluya un único enlace/QR según lo especificado. La inclusión de más de un enlace externo será causa de exclusión del procedimiento.

d) Extensión: Que el documento no exceda las 30 páginas. En caso de superarse, se aplicará la limitación de valoración prevista en el apartado Cuarto, no evaluándose las páginas adicionales. Lo mismo se aplicará a los tiempos de visualización del material audiovisual (3 o 5 minutos).

2. Puntuación y baremación.

Cada uno de los cuatro miembros de la comisión puntuará las memorias admitidas conforme al baremo del Anexo I. La media de las cuatro puntuaciones se redondeará hasta las diez milésimas (cuatro decimales). El Servicio de Programas Educativos Internacionales facilitará las herramientas digitales para el cálculo de dichas puntuaciones. En caso de persistir el empate, se priorizará el proyecto con mayor puntuación en el apartado 4.1 del cuerpo de la memoria. Si tras la aplicación de este criterio el empate se mantiene, la Presidencia de la comisión provincial ejercerá su voto de calidad.

3. Ordenación y bonificación.

Se elaborará una lista ordenada por puntuación en cada categoría (Infantil/Primaria y Secundaria/Bachillerato/FP). A los proyectos con una puntuación igual o superior a 2,5 puntos, se les sumará 1 punto adicional si el centro no ha sido premiado en las tres últimas convocatorias.

4. Acta de resultados e Informe cualitativo.

Se levantará acta de las valoraciones según el modelo del Anexo II. Se adjuntará al acta un informe de la memoria con mayor puntuación en cada categoría, detallando los aspectos más destacados en relación con los criterios de valoración para complementar la puntuación cuantitativa.

5. Publicidad, alegaciones y remisión.

- Publicidad provisional. La comisión hará público el listado provisional de puntuaciones en la web de la Delegación Territorial correspondiente antes del 16 de septiembre de 2026.

- Alegaciones. La dirección del centro podrá presentar alegaciones dirigidas a la presidencia de la comisión en un plazo de cinco días naturales desde el día siguiente a la publicación, a través de Ventanilla electrónica disponible en el Sistema de Información Séneca.

- Publicidad definitiva: El listado definitivo de puntuaciones se publicará en la web de la Delegación Territorial el 8 de octubre de 2026.

- Remisión de documentación: Antes del 13 de octubre de 2026, la comisión de valoración provincial remitirá al Servicio de Programas Educativos Internacionales el acta original, las dos memorias seleccionadas (una por cada categoría) y sus respectivos informes cualitativos.

Séptimo. Jurado de selección.

De acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público, en la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se constituirá un jurado regional por cada categoría para la selección de candidaturas, formado cada uno de ellos por cuatro miembros:

a) Composición del Jurado Regional de la Categoría A.

• Presidencia: Persona titular de la Jefatura del Servicio de Programas Educativos Internacionales, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado.

• Vocalías: Un técnico o técnica del Servicio de Programas Educativos Internacionales (que ejercerá las funciones de Secretaría), un responsable de plurilingüismo de las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación, y un docente en activo experto en la materia, preferiblemente pertenecientes al Cuerpo de Maestros.

b) Composición del Jurado Regional de la Categoría B.

• Presidencia: Persona titular de la Jefatura del Servicio de Programas Educativos Internacionales, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado.

• Vocalías: Un técnico del Servicio de Programas Educativos Internacionales (que ejercerá las funciones de Secretaría), un responsable de plurilingüismo de las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación, y un docente en activo experto en la materia, preferiblemente pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

El procedimiento de actuación de los dos jurados de selección será el siguiente:

1. Valoración: Cada uno de los cuatro miembros puntuará las memorias de su categoría según el baremo del Anexo I. El Servicio de Programas Educativos Internacionales facilitará las herramientas de valoración y los informes cualitativos provinciales.

2. Sesión de evaluación: El jurado se reunirá para comunicar los resultados, con las medias redondeadas a las diez milésimas. En caso de empate, se priorizará el proyecto con mayor puntuación en el apartado 4.1 del cuerpo de la memoria. De persistir el empate, se analizarán los informes cualitativos de las Delegaciones Territoriales y se decidirá por votación. En caso de que el empate se mantenga tras la votación, la Presidencia ejercerá su voto de calidad.

3. Resolución: Cada jurado elaborará una lista ordenada por puntuación y se levantará acta de la sesión.

Octavo. Fallo del jurado y resolución del procedimiento.

Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo del premio en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlo desierto si considera que ninguna de las candidaturas reúne los méritos suficientes.

El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión del premio correspondiente a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado para su resolución.

La persona titular de la Dirección General competente en materia de programas educativos internacionales hará público el fallo del jurado a través de la resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Noveno. Financiación de los premios.

1. La financiación de estos premios se realizará con cargo al servicio 03, concepto 22608 del programa 54C de la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2026 de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. La cuantía total máxima destinada será de 12.000 euros.

2. La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.

3. Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a la realización de actuaciones para el fomento de las enseñanzas bilingües o plurilingües.

4. Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente y serán dedicadas exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.

Décimo. Entrega de premios.

El acto de entrega de los premios tendrá lugar antes del 31 de diciembre de 2026.

Undécimo. Difusión y publicación de las prácticas premiadas.

Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía.

Los centros educativos deberán contar con la correspondiente autorización o licencia para el uso, difusión y publicación de los textos, imágenes, recursos multimedia y aplicaciones informáticas que se incluyan en las memorias. La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional podrá difundir los trabajos premiados a través de los medios que estime convenientes, bajo el tipo de licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA.

Las buenas prácticas premiadas se recogerán en el portal web de Programas Educativos Internacionales de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Asimismo, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se reservará el derecho de publicación de las memorias presentadas.

Duodécimo. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de abril de 2026.- La Directora General, María Estela Villalba Valdayo.

ANEXO I

Criterios de valoración de candidaturas al «Premio a las Buenas Prácticas en Enseñanza Bilingüe o Plurilingüe en centros de Andalucía durante el curso 2025-2026»

Las candidaturas se valorarán mediante la constatación de evidencias relacionadas con los indicadores de cada uno de los criterios de este Anexo I. La constatación de evidencias se valorará de 1 a 4, de la siguiente manera:

1 = Sin evidencias.

2 = Pocas evidencias.

3 = Bastantes evidencias.

4 = Evidencias totales.

Nota importante sobre la valoración: Todos los indicadores que componen este baremo se aplicarán exclusivamente a la buena práctica concreta descrita en la memoria. No serán objeto de puntuación las referencias genéricas a la trayectoria del centro, sus planes de centro o programas generales que no guarden una relación directa y acreditada con la práctica presentada a esta convocatoria.

El criterio 1) supondrá el 50% de la valoración.

El criterio 2) supondrá el 20% de la valoración.

El criterio 3) supondrá el 20% de la valoración.

El criterio 4) supondrá el 10% de la valoración.

Criterio Indicadores Aspectos que se valorarán: evidencias (1,2,3,4)
1) Interés y relevancia para el fomento del plurilingüismo. 50 %. 1.1. Descripción y validación de su eficacia didáctica. 1.1.1. Descripción (objetivos, saberes básicos, competencias específicas, criterios e instrumentos de evaluación, temporalización).
1.1.2 Análisis de la relevancia del producto final para el fomento del plurilingüismo en el centro.
1.1.3. Procedimientos de validación de la eficacia didáctica.
1.2. Integración en el Proyecto Educativo de Centro. Adecuación a la realidad y necesidades del centro y de su entorno. 1.2.1. Referencias a la manera en la que se inscribe en las actividades habituales del centro.
1.2.2. Descripción de su integración en el Currículo Integrado de las Lenguas y en el Proyecto Lingüístico de Centro.
1.2.3. Referencia a la cooperación entre ciclos, departamentos, áreas o materias.
1.2.4. Referencias al enfoque metodológico interdisciplinar.
1.2.5. Descripción de las medidas llevadas a cabo para adaptar las actuaciones desarrolladas al entorno y necesidades.
1.3. Innovación y creatividad. 1.3.1. Definición de metodologías activas.
1.3.2. Fomento de la competencia digital.
1.3.3. Determinación del uso de entornos virtuales de aprendizaje.
1.3.4. Evidencias de originalidad y creatividad en el diseño.
1.3.5. Muestras de creatividad en el producto final.
1.4. Enseñanza Bilingüe Inclusiva: atención a la diversidad. 1.4.1. Explicación del tratamiento a la diversidad. Diversidad de actividades, tareas y estrategias metodológicas de acuerdo con las necesidades y particularidades del alumnado.
1.5. Proyección internacional. 1.5.1. Descripción de proyectos de intercambios: título, fecha, nivel alumnado, centro extranjero.
1.5.2. Descripción de proyectos colaborativos con centros extranjeros (Erasmus+ y eTwinning): profesorado implicado, materia, fechas, centro extranjero.
1.5.3. Descripción de proyectos de movilidad de profesorado: profesorado implicado, materia, fechas, centro extranjero.
2) Interés de los documentos y materiales elaborados para favorecer el aprendizaje de lenguas y en lenguas extranjeras. 20%. 2.1. Elaboración de material AICLE. 2.1.1. Descripción del material AICLE elaborado: título, áreas implicadas, nivel, idioma, soporte...
2.1.2. Descripción del material AICLE elaborado para atención a la diversidad y alumnado con Necesidades Educativas de Apoyo Específico: título, áreas implicadas, nivel, idioma, contenidos, tipo de necesidades atendidas...
3) Grado de implicación de la comunidad educativa, apertura del centro a su entorno, difusión, y sostenibilidad. 20%. 3.1. Implicación de la comunidad educativa y otros agentes externos. 3.1.1. Descripción del equipo docente implicado.
3.1.2. Concreción del apoyo del equipo directivo.
3.1.3. Referencias a la implicación y participación de las familias.
3.1.4. Explicación de la participación de otros agentes externos (asociaciones, ONGs, etc.).
3.2. Difusión y apertura a otros entornos bilingües. 3.2.1. Descripción de los medios y procedimientos de difusión.
3.2.2. Resumen de las actuaciones que permiten la apertura del centro a otros centros bilingües o plurilingües.
3.3. Sostenibilidad y posibilidades de adaptación. 3.3.1. Recursos humanos para desarrollarla y mantenerla.
3.3.2. Referencias de posibilidades de adaptación a otros contextos o circunstancias.
3.4. Actividades complementarias y extraescolares 3.4.1. Detalle de actividades complementarias.
3.4.2. Detalle de actividades extraescolares asociadas.
4) Carácter transversal. Grado de incidencia de otros planes, programas y medidas desarrolladas en el centro para la mejora del plurilingüismo. 10% 4.1. Incorporación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 aprobada por la ONU. 4.1.1. Propuestas de actividades para el fomento de hábitos de vida saludable.
4.1.2. Propuestas de actividades para el fomento de la igualdad, sensibilización y prevención de la violencia de género.
4.1.3. Descripción de actuaciones para el fomento de la conciencia medioambiental.
4.1.4. Propuesta de actividades para el fomento de la cooperación, paz y convivencia.
4.2. Inclusión en los planes y programas educativos desarrollados por el centro educativo. 4.2.1. Participación del centro en el Programa de Competencia Comunicativa y su incidencia sobre la práctica presentada.
4.2.2. Participación del centro en otros programas y su incidencia sobre la práctica presentada.

ANEXO II

Acta de la comisión de valoración de las memorias presentadas al Premio a las Buenas Prácticas en Enseñanza Bilingüe o Plurilingüe en centros de Andalucía durante el curso 2025-2026

Delegación Territorial Desarrollo Educativo y Formación Profesional de .....................

En .............................., siendo las ................. horas del .......... de .................. de 2026, se reúne la comisión de valoración de las memorias presentadas al premio a las buenas prácticas en enseñanza bilingüe o plurilingüe en centros de Andalucía durante el curso 2025-2026, formada por los siguientes miembros:

Presidente/a: D/Dª

Vocal: D/Dª

Vocal: D/Dª

Secretario/a: D/Dª

El resultado de las valoraciones otorgadas (ordenadas de mayor a menor puntuación) es el siguiente:

Categoría A (centros con enseñanzas de Educación Infantil y/o Primaria)

Código centro Nombre centro Localidad Puntuación

Categoría B (centros con enseñanzas de Educación Secundaria, Bachillerato y/o Formación Profesional)

Código centro Nombre centro Localidad Puntuación

El Secretario/La Secretaria: VºBº El Presidente /La Presidenta:

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