La Junta
Consejo de Gobierno
Corrección de errores de la Orden de 20 de febrero de 2026, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (BOJA núm. 38 C1, de 25.2.2026).
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Advertido error material o de hecho en la orden arriba referenciada, y en aplicación de lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Consejería procede a rectificar la misma en lo siguientes términos:
Página 2586/41.
Donde dice:
Los títulos de Máster de universidades extranjeras deberán estar homologados a un título de Máster oficial por una universidad española o por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Debe decir:
Los títulos de Máster de universidades extranjeras deberán estar homologados, o en su caso declarados equivalentes, a un título de Máster oficial por una universidad española o por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Página 2586/115.
Donde dice:
Para los títulos obtenidos en el extranjero, se deberá presentar certificación expedida por la Administración educativa del país en el que se obtuvo el título. Dichas certificaciones deberán, en su caso, estar traducidas oficialmente al español por un traductor jurado. Además deberá haberse concedido la correspondiente homologación por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, y el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre.
Debe decir:
Para los títulos obtenidos en el extranjero, se deberá presentar certificación expedida por la Administración educativa del país en el que se obtuvo el título. Dichas certificaciones deberán, en su caso, estar traducidas oficialmente al español por un traductor jurado. Además deberá haberse concedido la correspondiente homologación, o en su caso declaración de equivalencia, por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, y el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre.
Descargar PDFBOJA nº 86 de 07/05/2026
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