Orden de 30 de abril de 2026, por la que se amplia la relación definitiva de entidades previstas en la Orden de 7 de abril de 2026, por la que se aprueba la relación definitiva de entidades beneficiarias y excluidas de las ayudas acogidas a la orden por la que se aprueba el Plan de Actuaciones de Emergencia para la reparación de caminos rurales e infraestructuras hidráulicas colectivas de riego dañados por las borrascas encadenadas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, la Comunidad Autónoma de Andalucía se ha visto afectada por una sucesión continuada de borrascas de alto impacto que ha dado lugar a precipitaciones extraordinarias y persistentes, con acumulados que, en amplias zonas del territorio, han superado entre los 300 y 400 litros por metro cuadrado, registrándose puntualmente valores incluso superiores en cortos periodos de tiempo. Estos episodios han afectado a distintas comarcas de la Comunidad Autónoma, con especial incidencia en las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla y afectando tanto a zonas de campiña como a áreas de sierra y a zonas regables y de alto valor agrario, así como a instalaciones del dominio público hidráulico.
La magnitud e intensidad de las lluvias ha provocado inundaciones generalizadas, saturación prolongada de los suelos, arrastres de tierras y pérdida de suelo fértil, ocasionando daños graves y generalizados en explotaciones agrícolas y ganaderas, infraestructuras de riego y sistemas productivos, comprometiendo de manera directa y significativa el potencial productivo agrario.
Asimismo, se han producido afecciones muy severas en la red de caminos rurales, con numerosos tramos destruidos o intransitables, pérdida de firmes, colapso de cunetas, pasos de agua y obras de drenaje, así como situaciones de aislamiento temporal de explotaciones, dificultando gravemente el acceso a parcelas agrícolas y ganaderas, la realización de labores esenciales y el normal desarrollo de la actividad agraria.
Además, estas borrascas también han generado daños significativos en infraestructuras hidráulicas y en el dominio público hidráulico cuya reparación resulta urgente y necesaria, incluyendo presas, azudes, estaciones de bombeo, canales, conducciones, sistemas de saneamiento, drenaje urbano y rural, así como defensas frente a avenidas. Estas circunstancias afectan de forma directa la capacidad de gestión de los recursos hídricos, el abastecimiento y saneamiento, así como la seguridad de las poblaciones y el normal desarrollo de actividades económicas vinculadas al agua.
Vista la importancia de los daños producidos por las borrascas acaecidas entre los meses de noviembre y febrero de 2026 en los caminos rurales, infraestructuras colectivas de riego, cauces, infraestructuras hidráulicas de regulación, caminos e infraestructuras de transporte asociadas a la regulación del dominio público hidráulico, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de febrero de 2026, acordó declarar desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario y pesquero, en infraestructuras hidráulicas y del dominio público hidráulico, las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En dicho acuerdo, el Consejo de Gobierno insta a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural a adoptar las medidas necesarias para paliar los efectos del desastre natural, reparando de forma inmediata los caminos rurales que se encuentren intransitables y supongan un grave peligro para la población, a la reparación de otras infraestructuras estratégicas agrarias, así como también la reparación de cauces, infraestructuras hidráulicas de regulación, caminos e infraestructuras de transporte asociadas a la regulación del dominio público hidráulico, pudiendo recurrir para ello a la tramitación de emergencia de expedientes de contratación en los términos y bajo las condiciones que se establecen en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y en el artículo 34 de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público.
Con fecha 8 de abril de 2026, se publicó en Boletin Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 7 de abril de 2026, por la que se aprueba la relación definitiva de entidades beneficiarias y excluidas de las ayudas acogidas a la orden por la que se aprueba el Plan de Actuaciones de Emergencia para la reparación de caminos rurales e infraestructuras hidráulicas colectivas de riego dañados por las borrascas encadenadas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tras omitirse entidades admitidas de la actuación en el Anexo I.A y Anexo I.B, así como de entidades excluidas de las ayudas del Anexo II.A dirigidas a inversiones para la reparación de caminos rurales de la citada Orden de 7 de abril de 2026, es necesario la inclusión de nuevas entidades en las mismas, ampliandose así la relación de entidades admitidas y excluidas.
En virtud de lo anteriormente expuesto, vista la propuesta del Director General de Producción Agrícola y Ganadera de fecha 21 de abril de 2026, y en atención a las facultades que atribuye el artículo 46 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Objeto.
Ampliar la relación definitiva de entidades previstas en el Anexo I.A, el Anexo I.B y el Anexo II.A de la Orden de 7 de abril de 2026, por la que se aprueba la relación definitiva de entidades beneficiarias y excluidas de las ayudas acogidas a la orden por la que se aprueba el Plan de Actuaciones de Emergencia para la reparación de caminos rurales e infraestructuras hidráulicas colectivas de riego dañados por las borrascas encadenadas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el Anexo I.A, el Anexo I.B y el Anexo II.A de la presente orden.
Segundo. Recursos.
Contra esta orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se publique el presente acto; o recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, respectivamente.
Tercero. Publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Se ordena la remisión de la presente orden al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación.
Cuarto. Efectos.
La presente orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de abril de 2026
| RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL | |
| Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural |
Anexo I.A.
Ampliación entidades admitidas
| EXPEDIENTE | PROVINCIA | MUNICIPIO | NOMBRE CAMINO | PRESUPUESTO TOTAL |
|---|---|---|---|---|
| PEME-23-26-0049 | JAÉN | TORREPEROJIL | CAMINO DE LOS YESEROS | 5.285,28 € |
| PEME-23-26-0031 | JAÉN | BAEZA | CAMINO DE LOS YESEROS | 150.705,98 € |
| PEME-41-26-0082 | SEVILLA | LA RODA DE ANDALUCÍA | CAMINO DE CERRO GORDO | 5.903,89 € |
| PEME-41-26-0082 | SEVILLA | LA RODA DE ANDALUCÍA | CAMINO CASERÍA VISTA HERMOSA | 4.755,02 € |
| PEME-41-26-0082 | SEVILLA | LA RODA DE ANDALUCÍA | CAMINO DE ANTEQUERA | 15.752,13 € |
Anexo I.B.
Ampliación entidades admitidas
| NÚM.EXPEDIENTE | PROVINCIA | ENTIDAD | ACTUACIÓN | PRESUPUESTO TOTAL |
|---|---|---|---|---|
| PEME-11-26-0007 | CÁDIZ | CR SAN PABLO BUCEITE-IIHH |
DAÑOS EN CANALIZACIONES, ACEQUIAS, RED DE DISTRIBUCIÓN, TOMAS Y FILTROS | 223.240,71 € |
| PEME-18-26-0106 | GRANADA | CR DE LA ACEQUIA ALTA Y BAJA DE PITRES | OBSTRUCCIÓN CANALIZACIONES Y ACEQUIAS |
224.092,36 € |
Anexo II.A.
Caminos rurales. Ampliación entidades excluidas.
| EXPEDIENTE | PROVINCIA | MUNICIPIO | NOMBRE CAMINO | CAUSA INADMISIÓN |
|---|---|---|---|---|
| PEME-41-26-0059 | SEVILLA | CASTILLO DE LAS GUARDAS | CNO. DE LAS CAÑADILLAS A BUENAVISTA Y LA OLIVA | 2, 3 |
| PEME-41-26-0059 | SEVILLA | CASTILLO DE LAS GUARDAS | CNO. DE LA VEGA DEL RONQUILLO |
2, 3 |
| PEME-41-26-0076 | SEVILLA | SANTIPONCE | CAMINO AGRARIO 6001 | 3 |
| PEME-41-26-0010 | SEVILLA | VALENCINA DE LA CONCEPCION | MATAHERRERA | 3 |
LEYENDA
Causas de inadmisibilidad
| 2 | No existe una relación directa y determinante entre los daños observados y los fenómenos meteorológicos adversos que han motivado la declaración del Consejo de Gobierno. |
| 3 | El tramo de camino no se encuentra cortado o intransitable para la circulación de vehículos ligeros (coches, motocicletas, etc.) |
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BOJA nº 87 de 08/05/2026