Page 41 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
Comunidad Autónoma de Andalucía
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MEMORIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
virtud de la legislación del comercio aplicable, sean competencia de la Junta de
Andalucía, en los términos que establezcan los Estatutos de la Agencia.
- Colaborar, dentro de sus competencias, con los organismos equivalentes de las
Comunidades Autónomas y de la Administración del Estado. Estas funciones se
realizarán en coordinación con los departamentos competentes de la Administración de
la Junta de Andalucía y, en particular, con los órganos competentes en materia de
consumo.
- Informar los anteproyectos de ley por los que se modifique o derogue, total o
parcialmente, el presente texto legal, así como los proyectos de normas reglamentarias
que lo desarrollen.
- Informar en el plazo de un mes los anteproyectos de ley y proyectos de reglamento de la
Administración de la Junta de Andalucía que incidan en las actividades económicas, la
competencia efectiva en los mercados o a la unidad de mercado, con el objetivo de
proteger los intereses generales, especialmente de las personas consumidoras y usuarias
y para favorecer el desarrollo socioeconómico de Andalucía. A tal efecto, el órgano de la
Administración de la Junta de Andalucía encargado de la elaboración del proyecto
normativo remitirá a la Agencia la información y documentación relativa a dichas
cuestiones. Asimismo, las entidades locales podrán solicitar la emisión de este informe
en relación con sus propuestas normativas.
- Formular recomendaciones sobre materias de promoción y defensa de la competencia a
los órganos, entidades y organizaciones públicas y privadas que se establezcan en los
Estatutos de la Agencia.
- Instar a los organismos estatales de defensa de la competencia cuanto estime necesario
para el interés general de Andalucía en esta materia.
- Representar a la Comunidad Autónoma en el marco de la cooperación entre
administraciones públicas en materia de la unidad de mercado.
- Desarrollar las funciones de punto de contacto previstas en la Ley 20/2013, de 9 de
diciembre, de garantía de la unidad de mercado, o norma que la sustituya, de
conformidad con la disposición adicional segunda de la Ley 3/2014, de 1 de octubre.
- Coordinar la planificación y la evaluación periódica de la mejora de la regulación
económica andaluza para valorar su impacto en la economía andaluza y en la unidad de
mercado.
- Impulsar la regulación económica eficiente y la eliminación de trabas administrativas a
los operadores económicos, en los términos que establezcan los Estatutos de la Agencia.
- Ejercer todas aquellas facultades que le atribuyan los Estatutos de la Agencia, y demás
normativa de aplicación, así como las que le sean delegadas.
La estructura orgánica de la Agencia de la Competencia y Regulación Económica de Andalucía
es la siguiente:
- Consejo de la Competencia de Andalucía.
- Departamento de Investigación de Defensa de la Competencia de Andalucía.
- Departamento de Promoción de la Competencia y Mejora de la Regulación Económica.