Page 10 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
              Comunidad Autónoma de Andalucía
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              PRESENTACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. EJERCICIO 2022



              Tributaria de Andalucía, el Servicio Andaluz de Empleo y la Agencia de Gestión Agraria y
              Pesquera de Andalucía.



              La creación de la Agencia Tributaria de Andalucía se realiza a través de la Ley 23/2007, de 18 de
              diciembre; aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 324/2009.



              El Servicio Andaluz de Empleo, cambia su forma jurídica de Agencia Administrativa a Agencia de
              Régimen Especial a través de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público
              andaluz, y sus Estatutos se aprueban mediante el Decreto 96/2011.



              Por último, también se autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de
              Andalucía en la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público
              andaluz, aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 99/2011, de 19 de abril.




              Las tres Agencias, se configuran como Agencias de Régimen Especial de las previstas en el
              artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
              para realizar las actividades administrativas y demás funciones y competencias establecidas en
              su Ley de creación y cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le
              atribuya.


              Estas Agencias se someten al régimen de contabilidad pública, de acuerdo con lo establecido en
              el Capítulo IV del Título V del TRLGHP.




              La gestión contable y la rendición de cuentas de estas Agencias, se rige por lo dispuesto en la
              Orden de 19 de febrero de 2015 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que
              se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, sin más especialidades que las que se
              deriven de la aplicación de su Ley de creación y Estatutos.



              4. CUENTAS DE LOS CONSORCIOS DEL ARTÍCULO 4 TRLGHP



              A continuación se detallan los Consorcios recogidos en el artículo 4 del TRLGHP, exceptuados
              aquellos en proceso de liquidación y sin actividad, y a los que se refiere el artículo 12.3 de la Ley
              9/2007, de 22 de octubre.
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