
Antecedentes
- La preocupación de los poderes públicos por el estado de los recursos naturales y su conservación cuenta con numerosos antecedentes históricos en España, entre los que destacan algunos fueros, códigos y ordenanzas entre los siglos VII al XV.
- Será en 1833, con la promulgación de las Ordenanzas Generales de Montes, cuando se inicie una incipiente política forestal de carácter público, que tendrá su continuación con la aprobación de sendas Leyes de Montes estatales en 1863, 1957 y, en vigor actualmente, 2003.
- En Andalucía:
- Con el traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas, marcará un hito europeo aprobando el Plan Forestal Andaluz en 1989, primero, y la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, después.
- Transcurridos más de 30 años, muchos son los cambios que han operado en la sociedad andaluza y, en consecuencia, en sus montes. La necesaria actualización de la estrategia forestal en Andalucía, se inició con unas modernas Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes, aprobadas por Orden de 13 de mayo de 2022 (BOJA de 20/05/2022), a las que ha seguido la aprobación de la Adecuación del Plan Forestal Andaluz al horizonte 2030 por Acuerdo del Consejo de Gobierno de Andalucía de 21 de noviembre de 2023 (BOJA de 24 de noviembre de 2023).
Justificación
Revisada la planificación, procede la puesta al día de la legislación con la redacción de una renovada Ley de Montes de Andalucía, que debe atender no solo a los clásicos principios de eficacia y eficiencia, sino además al más actual de simplificación administrativa, incorporando los avances de las ciencias y las técnicas forestales a esta nueva visión estratégica del sector, en aras del desarrollo socioeconómico rural y la conservación de nuestros montes.
Situación actual
Actualmente el anteproyecto de Ley está a la espera de dictamen del Consejo Económico y Social de Andalucía, una vez recibido y tras incorporar los cambios pertinentes, se enviará al Consejo Consultivo, como antesala de su presentación en el Parlamento. Se espera que el texto final sea aprobado en los próximos meses, tras incorporar las observaciones oportunas y realizar los ajustes necesarios.
- El 29/07/2023: concluyó el periodo de consultas públicas previas sobre la nueva Ley de Montes de Andalucía.
- A continuación, la Consejería inauguró un proceso participativo desarrollado en foros de participación:
- Foro de participación permanente. Un foro innovador a través del cual, los interesados podían aportar propuestas e ideas para la redacción del borrador del Anteproyecto de Ley de Montes a través una dirección de correo electrónico (leydemontes.csmaea@juntadeandalucia.es)
- El 29/11/2023: tuvo lugar en Sevilla el primer foro de participación, que dio inicio a una serie de encuentros que se irán manteniendo en lo sucesivo en distintas provincias de Andalucía con el fin de debatir presencialmente con los principales expertos a nivel nacional e internacional sobre los distintos aspectos técnicos y legales que en materia de montes puedan concernir a la futura Ley.
- El 25/06/2024 se celebró en Priego de Córdoba el segundo encuentro del foro participativo para la elaboración de la Ley de Montes de Andalucía, que se desarrolló a través de una serie de mesas de participación en las que se abordaron y debatieron diversos temas partiendo de cada uno de los títulos en que se estructura el anteproyecto de Ley, así se trataron las siguientes materias: concepto de monte, Catálogo de Montes Públicos, recursos forestales y gestión de los montes, conservación y protección, prevención de incendios y restauración, propuestas e incentivos para desarrollo forestal, estadística y extensión forestal, entre otras.
- El 26/09/2024: se firmó el Acuerdo de Inicio del procedimiento de la Ley de Montes de Andalucía con el que se puso en marcha el procedimiento para la aprobación del anteproyecto de Ley de Montes de Andalucía.
- 30/09/2024: se inició el trámite de información pública para el Anteproyecto de Ley de Montes de Andalucía. Con a misma fecha se da trámite de audiencia a las organizaciones más significativas del sector forestal y se solicitan los informes preceptivos a las distintas Consejerías y departamentos administrativos de la Junta de Andalucía , de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia, han de valorar el anteproyecto.
- 18/10/2024: se celebró en Aldeaquemada (Jaén) el tercer foro participativo para la elaboración de la Ley de Montes de Andalucía, en el que, partiendo del borrador del anteproyecto de Ley elaborado y ya sometido a información pública, se analizaron y debatieron diferentes aspectos del mismo y se realizaron nuevas propuestas por parte de los asistentes.
- 25/10/2024: concluyó el plazo de información pública y de trámite de audiencia del anteproyecto. Durante este tiempo se recibieron un total de 1468 alegaciones procedentes de 89 alegantes, entre organizaciones y particulares, siendo en su mayoría propuestas de mejoras o matizaciones que tratan de aportar mayor precisión al texto normativo. En general se aprecia una valoración bastante positiva del anteproyecto de Ley y una muy buena acogida de las principales novedades que recoge.
- 04/07/2025: tras el largo proceso necesario para el análisis detallado y estudio de cada una de las alegaciones presentadas durante el periodo de información pública y el trámite de audiencia y una vez modificado el texto para incorporar las aportaciones presentadas, se envía el nuevo borrador de la Ley de Montes al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía para su valoración e informe.
- 07/08/2025: se recibe el informe jurídico del anteproyecto de Ley, que hace una serie de consideraciones legales y propone cambios al borrador para otorgar al texto una mayor claridad y coherencia.
- 01/09/2025: una vez incorporadas al texto las innovaciones propuestas por el Gabinete Jurídico, se envía el anteproyecto de Ley al Consejo Económico y Social de Andalucía, para su valoración.
La nueva Ley de Montes de Andalucía, LEMA, pretende saldar una deuda histórica al otorgar un mayor protagonismo a los montes de propiedad privada del que les ha conferido la vigente legislación forestal hasta la fecha, contemplando incentivos a las personas propietarias.
Además, consolida la protección del dominio público forestal y de todos los montes públicos de Andalucía, como instrumentos de custodia y defensa del valioso patrimonio forestal público andaluz.
Por otro lado, se reconoce la contribución de los montes a la provisión de servicios ambientales imprescindibles para el desarrollo saludable de la sociedad, conjugando su conservación con la viabilidad del aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales y con su multifuncionalidad.
Así, la LEMA tiene por objeto establecer el régimen jurídico para la organización, uso y administración de los montes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco de la legislación básica estatal y sus principios inspiradores son los siguientes:
- La organización de los espacios forestales de modo que, satisfaciendo las necesidades de las generaciones actuales, no menoscaben las de las generaciones venideras.
- El uso y administración de los montes y de sus recursos naturales renovables como motor de desarrollo social, económico y cultural de Andalucía.
- El reconocimiento de los ecosistemas forestales andaluces como espacios esenciales de necesaria conservación para la biodiversidad, proveedores de servicios ambientales básicos y exponentes de un legado patrimonial y cultural, para beneficio de toda la sociedad.
- La eficiencia en la asignación de los recursos públicos y la consideración de la ciudadanía como aliada necesaria en el objetivo de alcanzar una gestión forestal sostenible.