Obtener la autorización para la realización de las siguientes actuaciones, en suelo no urbanizable:
a) La observación de la fauna y flora y la observación geoatmosférica.
b) Las actividades de filmación, grabación sonora y fotografía.
c) Alpinismo o escalada clásica.
d) Cicloturismo.
e) Esquí de travesía.
f) Piragüismo en el Parque Natural.
g) Ruta ecuestre.
h) Senderismo.
i) Circulación con vehículos a motor.
j) Travesía de montaña.
Las actividades de uso público que se citan a continuación cuando se realicen por caminos, pistas forestales u otros espacios donde exista limitación de acceso o de uso:
a) Descenso de barrancos en el Parque Natural.
b) Descenso en bote en el Parque Natural.
c) Escalada deportiva.
d) Espeleología.
e) Esquí alpino.
f) Esquí nórdico.
g) Globo aerostático.
h) Hidrobob en el Parque Natural.
i) Hidrotrineo.
j) Motos de nieve.
k) Mushing.
l) Snowboard.
m) Trineos.
n) Vuelo libre (parapente, ala delta, etc.).
ñ) Vuelo sin motor (velero).
- El vivaqueo y la acampada nocturna vinculados a travesía de montaña para grupos superiores a 15 personas o que utilicen más de 3 tiendas de campaña.
- Las actividades de filmación, grabación sonora y fotografía que impliquen el uso de equipos auxiliares, tales como focos, pantallas reflectoras, generadores eléctricos u otros.
- Las actividades de uso público que se citan a continuación cuando se realicen fuera de los lugares previamente designados mediante Resolución, o en lugares designados que tengan alguna limitación de uso:
- En el Parque Natural, las romerías, fiestas populares, eventos deportivos y otras concentraciones con menos de diez años de antigüedad y aquellas de más de diez años de antigüedad en las que se produzcan modificaciones de las condiciones establecidas en la última autorización por el equipo de gestión del espacio natural. Queda exceptuada la realización de cualquier tipo de competición deportiva, prueba o exhibición organizada de esquí en cualquiera de sus modalidades que se realicen dentro de la Subzona C3, Área de esquí alpino, del Parque Natural.
Las solicitudes de autorización para realizar las actividades descritas se instruirán y resolverán mediante un procedimiento abreviado, reduciéndose a 15 días el plazo para dictar y notificar la resolución.
Para las actividades cinematográficas y fotográficas desarrolladas por empresas o con motivo del ejercicio profesional, como rodaje de películas, reportajes gráficos o anuncios publicitarios, se ha de solicitar la autorización para la realización de otras actividades en el Espacio Natural de Sierra Nevada.
DECRETO 238/2011, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y gestión de Sierra Nevada.