Convocatoria de ayudas para el año 2021 para inversiones destinadas a incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Objeto
Comunicar a la Consejería, previamente al inicio de su ejecución, la realización de concentraciones con más de 10 años de antigüedad cuando no se produzcan modificaciones de las condiciones establecidas en la última autorización.
Queda prohibido:
- La realización de cualquier actividad de uso público, turismo activo o ecoturismo salvo las que se indiquen expresamente.
- Cicloturismo campo a través y en senderos de uso público exclusivamente peatonal.
- Las rutas ecuestres en senderos de uso público exclusivamente peatonal.
- La circulación de vehículos «campo a través».
- La circulación de motocicletas, cuatriciclos o vehículos asimilados excepto si circulan por carreteras o caminos asfaltados.
- La creación de áreas de acampada y campamentos de turismo.
- El estacionamiento para pernoctar de caravanas, autocaravanas y vehículos de características similares.
- Las nuevas romerías, fiestas populares, eventos deportivos y otras concentraciones.
- La ubicación de establecimientos permanentes o temporales de restauración tales como chiringuitos, quioscos, bares o restaurantes con excepción de instalaciones temporales de avituallamiento asociadas a eventos puntuales de carácter educativo, didáctico o recreativo, y expresamente autorizadas por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
- Las prácticas de aeromodelismo y las embarcaciones teledirigidas.
- Las actividades que impliquen el uso de aparatos de megafonía exterior con alteración de las condiciones de sosiego y silencio.
