- Inicio
- Presentación de la Memoria Anual de Actividades Cinegéticas
-
En este trámite ¿Que puedo hacer?
-
OBJETO
Presentar la memoria anual de las actividades cinegéticas llevadas a cabo la temporada anterior. Esta memoria tiene como finalidad asegurar el seguimiento adecuado de la ejecución de los planes técnicos de caza.
La presentación de la memoria anual de actividades cinegéticas es independiente y no implica la del plan técnico de caza, que deberá realizarse cuando corresponda.
Órgano tramitador
Delegaciones Territoriales de la Consejería.
Lugar
Delegaciones Territoriales de la Consejería.
Las personas o entidades titulares de los cotos de caza.
La presentación de la memoria anual de actividades cinegéticas se realizará exclusivamente por vía telemática a través de la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Requisitos mínimos tecnológicos para la firma electrónica de la Memoria
Para ello:
- Disponer de certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
- Sistema Operativo: Windows7
- Navegador: Internet Explorer 11
- Activar en el navegador el modo compatibilidad.
- Menú Herramientas del navegador
- Configuración de vista de compatibilidad
- Agregar sitio: juntadeandalucia.es
- Versión de java instalada: Java6 update43, versión para 32 bits.
Si tiene problemas para configurar su navegador o no dispone de las características descritas, le recomendamos, contacte con el Servicio Integrado de Atención Ciudadana a través del 954 54 44 38 o el Buzón del ciudadano.
Vigencia : Continuada
En la citada memoria anual de actividades cinegéticas se incluirán:
a) Los resultados de las capturas obtenidas, según especie y modalidad.
b) Número de cacerías celebradas según modalidades.
c) Repoblaciones y sueltas efectuadas.
d) Incidencias destacables que hayan afectado a las poblaciones de fauna cinegética y del resto de especies de la fauna silvestre.
e) En el caso de cotos deportivos, las entidades titulares deberán adjuntar a la memoria una declaración responsable en el que se acredite el cumplimiento de la obligación de reinvertir todos los gastos relacionados con la actividad cinegética íntegramente en el coto (conforme el artículo 48.3 del Reglamento de Ordenación de Caza).
f) En el caso de planes técnicos de caza acogidos a régimen de evaluación continua, se deberá aportar en la memoria, lo siguiente:
- Las transformaciones experimentadas en las poblaciones y en los hábitats, con la justificación de resultados, metodología utilizada y fecha de cómputo.
- Las modificaciones que en su caso se proponen en el aprovechamiento para los cuatro años siguientes, debidamente justificadas, para su aprobación, si procede.
Las memorias anuales de actividades cinegéticas se deberán presentar telemáticamente. En caso de no poseer certificado digital, además se deberán presentar en soporte papel.
Normativa relacionada
- Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres
- Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía.
- Orden de 13 de julio de 2007, por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza.
Enlace al Boletín
El inicio del plazo de presentación de la memoria anual dependerá de cada plan técnico de caza, debiéndose presentar antes del 15 de junio de cada año. La no presentación de esta memoria puede ser motivo de suspensión del aprovechamiento cinegético.
Delegaciones Territoriales de la Consejería.
Delegaciones Territoriales de la Consejería.
Las personas o entidades titulares de los cotos de caza.
La presentación de la memoria anual de actividades cinegéticas se realizará exclusivamente por vía telemática a través de la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Requisitos mínimos tecnológicos para la firma electrónica de la Memoria
Para ello:
- Disponer de certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
- Sistema Operativo: Windows7
- Navegador: Internet Explorer 11
- Activar en el navegador el modo compatibilidad.
- Menú Herramientas del navegador
- Configuración de vista de compatibilidad
- Agregar sitio: juntadeandalucia.es
- Versión de java instalada: Java6 update43, versión para 32 bits.
Si tiene problemas para configurar su navegador o no dispone de las características descritas, le recomendamos, contacte con el Servicio Integrado de Atención Ciudadana a través del 954 54 44 38 o el Buzón del ciudadano.
Vigencia : Continuada
En la citada memoria anual de actividades cinegéticas se incluirán:
a) Los resultados de las capturas obtenidas, según especie y modalidad.
b) Número de cacerías celebradas según modalidades.
c) Repoblaciones y sueltas efectuadas.
d) Incidencias destacables que hayan afectado a las poblaciones de fauna cinegética y del resto de especies de la fauna silvestre.
e) En el caso de cotos deportivos, las entidades titulares deberán adjuntar a la memoria una declaración responsable en el que se acredite el cumplimiento de la obligación de reinvertir todos los gastos relacionados con la actividad cinegética íntegramente en el coto (conforme el artículo 48.3 del Reglamento de Ordenación de Caza).
f) En el caso de planes técnicos de caza acogidos a régimen de evaluación continua, se deberá aportar en la memoria, lo siguiente:
- Las transformaciones experimentadas en las poblaciones y en los hábitats, con la justificación de resultados, metodología utilizada y fecha de cómputo.
- Las modificaciones que en su caso se proponen en el aprovechamiento para los cuatro años siguientes, debidamente justificadas, para su aprobación, si procede.
Las memorias anuales de actividades cinegéticas se deberán presentar telemáticamente. En caso de no poseer certificado digital, además se deberán presentar en soporte papel.
Normativa relacionada
- Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres
- Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía.
- Orden de 13 de julio de 2007, por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza.
El inicio del plazo de presentación de la memoria anual dependerá de cada plan técnico de caza, debiéndose presentar antes del 15 de junio de cada año. La no presentación de esta memoria puede ser motivo de suspensión del aprovechamiento cinegético.