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En este trámite ¿Que puedo hacer?
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La presente Orden tiene por objeto regular los procedimientos y criterios de elección, designación, nombramiento y sustitución de las personas integrantes de los Consejos del Agua de las Demarcaciones Hidrográficas, previstos en el artículo 17 del Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua.
Procedimiento para la elección de las personas miembros de los Consejos del Agua de las Demarcaciones Hidrográficas de las Cuencas Intracomunitarias, órganos colegiados de participación administrativa en la planificación, gestión y administración de las citadas Demarcaciones. La composición de los mismos se establece en el artículo 19 del Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua.
Las personas representantes de los distintos tipos de usos del agua serán elegidas para cada uno de los tipos de usos, por votación entre los representantes de dichos usos en los Comités de Gestión adscritos a cada Demarcación Hidrográfica, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.4.b) y en el Anexo II del Decreto 477/2015, de 17 de noviembre.
La duración del mandato será por un período de seis años renovables por períodos iguales, excepto para aquellos miembros que lo sean por razón de su cargo, cuyo mandato será mientras continúen ocupándolo.