Solicitar a la Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos de la Consejería competente en materia de medio ambiente, la iniciación del procedimiento de declaración de árboles o arboledas singulares en el Catálogo Andaluz de Árboles y Arboledas Singulares (Artículo 49 del Decreto 23/2012, de 14 de febrero).

Órgano tramitador

Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos.

Lugar

Registro Central de la Consejería, sin perjuicio de que se puedan presentar en cualquiera de las oficinas o registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Personas afectadas

Cualquier ciudadano u organización.

Requisitos

La solicitud de iniciación del procedimiento de declaración de árboles o arboledas singulares en el Catálogo Andaluz de Árboles y Arboledas Singulares, que deberán ser declarados elementos singulares del paisaje al ser ejemplares o individuos de la flora silvestre de porte arbóreo, o de agrupaciones de los mismos que destaquen por alguna o algunas de las siguientes singularidades:

  • Morfológicas o dendrométricas.
  • Longevidad o belleza.
  • Tratarse de especies caracterizadas por su rareza, relativa tanto al número de individuos como al área de distribución, o por sus peculiaridades científicas.
  • Ubicarse en emplazamientos o en ambientes bioclimáticos o biogeográficos poco habituales.
  • Estar relacionados con acontecimientos históricos, culturales o populares relevantes.
  • Valor paisajístico.
Fecha de inicio
2021-01-01
Fecha de fin
2030-01-01
Plazo máximo de resolución/notificación

Seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud hubiese tenido su entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Documentación
  • Modelo Anexo IX del Decreto 23/2012, de 14 de febrero, debidamente cumplimentado.
  • NIF del/de la representante, en caso de no prestar su consentimiento para la consulta de sus datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
  • Acreditación de la representación que ostenta, si procede.
  • En caso de persona jurídica: NIF, Estatutos y escrituras de constitución inscrita en el registro público en el que deba figurar la entidad en razón de su naturaleza jurídica, si procede.
  • Memoria justificativa que acredite la motivación para su inclusión en el Catálogo.

Las personas interesadas tendrán derecho a no presentar aquellos documentos que ya obren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía, siempre que indique el día y procedimiento en que los presentó.

 

Modelo de solicitud (Anexo IX)

 

Normativa relacionada


Modelos
Enlace al Boletín

DECRETO 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats.

Enlace al Boletín

DECRETO 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats.