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En este trámite ¿Que puedo hacer?
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Objeto
Obtener la autorización previa al depósito directo de residuos en vertedero, conforme a lo dispuesto en el Decreto 73/2012, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.
Para garantizar que todos los residuos se someten a operaciones de valorización según el artículo 10 de la Directiva 2008/98/CE y conforme al Reglamento de Residuos de Andalucía, solo podrán depositarse en vertedero los rechazos o residuos procedentes de un proceso de valorización o eliminación de residuos. No obstante, esto no se aplicará a los residuos:
- Cuyo tratamiento sea técnica, medioambiental y económicamente inviable,
- No contribuya al cumplimiento de los objetivos de protección de la salud y del medio ambiente, o,
- Cuando la eliminación sin valorización esté justificada por un enfoque de ciclo de vida sobre los impactos globales de la generación y gestión de los residuos.
En estos casos, el explotador del vertedero deberá justificar estas circunstancias y deben ser autorizadas por la consejería competente en materia de medio ambiente según el artículo 129, “documentación para solicitar la autorización para el depósito directo de residuos en vertedero” del reglamento de residuos. Además, todos los residuos se someterán a operaciones de eliminación seguras que cumplan las disposiciones del reglamento de residuos sobre la protección de la salud humana y el medio ambiente.
Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.