CONSULTA PÚBLICA DE LA PROPUESTA DE PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN DE SEGUNDO CICLO (2022-2027) DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS ANDALUZAS
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En este trámite ¿Que puedo hacer?
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La elaboración de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación forma parte del proceso de planificación de cada demarcación hidrográfica. La elaboración de estos Planes viene determinada por la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, cuya transposición a la normativa española se produjo a través del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación. El contenido y la tramitación de estos Planes vienen regulados en el citado R.D. estableciendo en su artículo 13 un proceso de información y consulta con una duración mínima de tres meses. Así mismo, en su artículo 16 se establece que la participación pública es un factor esencial de la planificación y, por ello, las Administraciones competentes han de fomentar la participación de las partes interesadas en el proceso de elaboración, revisión y actualización de estos planes.
Objeto
Los documentos de propuesta del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de segundo ciclo gestión de riesgo de inundación de la Demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas y su Estudio Ambiental Estratégico son sometidos, según requerimiento del artículo 13 del R.D. 903/2010, de 9 de julio, a un periodo de información y consulta pública de tres meses de duración. Durante dicho periodo cualquier persona o entidad puede formular las propuestas, observaciones y sugerencias a los documentos que considere oportunas para que sean analizadas y respondidas de manera motivada por la administración andaluza del agua y, si se considera pertinente, tenidas en cuenta en los documentos finalmente consolidados.